Reforma agraria liberal

1.INTRODUCCIÓN:


Según los principios de la doctrina liberal, la propiedad es sagrada, es un derecho natural en el que se sustenta la felicidad del individuo y la riqueza de las naciones.
En ese sentido, es el Estado el que tiene que garantizar esa propiedad privada que garantiza la libertad. Se trata de proporcionar las condiciones necesarias para que aumenten el número de propietarios y con la aplicación de su trabajo sobre la tierra, creciera la felicidad personal y, con ella, la riqueza nacional.
De acuerdo con estos principios, la revolución liberal burguesa del siglo XIX va a actuar sobre el sistema de tenencia y propiedad de la tierra logrando cambios significativos. 2. LA DESAMORTIZACIÓN:
La desamortización debe ser considerada como un proceso que abarca principalmente desde el reinado de Carlos IV hasta mediados del siglo XIX. Durante la primera mitad del siglo XIX la propiedad de la tierra va a estar en las mismas manos que durante el Antiguo Régimen, es decir,*En la Iglesia (sobre todo las órdenes religiosas).*La nobleza rentista.* El Estado o los municipios (bienes de propios y comunes). De ahí que se afirme que durante el Antiguo Régimen gran parte de la propiedad de la tierra estaba en manos muertas, es decir, estaban amortizadas siendo propiedad de la Iglesia o los municipios, no tributaban y tampoco podían ser vendidas.
Por lo tanto, estas tierras estaban fuera del mercado sin poder disponer libremente de ellas obstaculizándose así su capitalización y mejora.
Lo que van a pretender los diferentes gobiernos liberales del siglo XIX va a ser todo lo contrario, es decir, garantizar la propiedad libre, absoluta e individual a través del proceso desamortizador.
De esa forma se obtendrá un mayor aprovechamiento de las tierras y, junto con un mejor sistema de cultivo, el aumento de la producción agrícola y el fin de la escasez.
Como antecedente en este proceso desamortizador hay que destacar a los reformistas ilustrados del siglo XVIII que trataron mediante tímidas reformas de modificar el sistema señorial de la propiedad.
Sin embargo, no será hasta el siglo XIX cuando se produzcan los verdaderos cambios en el sistema de propiedad y tenencia de la tierra.
Para llevar a cabo estos objetivos son necesarios dos procesos como son las desvinculaciones de bienes de la nobleza y las desamortizaciones de los bienes eclesiásticos y municipales:DESVINCULACIONES
:Mediante las desvinculaciones se liberan las tierras vinculadas a determinados patrimonios de la nobleza pasando sus titulares a convertirse en propietarios.
De esa forma, las tierras podían ser vendidas libremente.
Sin embargo, para poner en marcha las desvinculaciones eran necesarias otras medidas legales previas como, por ejemplo:

Abolir los señoríos:

Eliminando así las relaciones de dominio de los señores sobre los campesinos de sus territorios convirtiendo a la tierra en una propiedad particular y libre.Supresión de mayorazgos: El mayorazgoera una institución de origen medieval para garantizar la integridad de los patrimonios de la nobleza. Los bienes eran heredados por el hijo mayor (primogénito) que quedaba como usufructuario de los bienes heredados sin poder venderlos y debiendo transmitirlos íntegros a sus herederos. De esa forma, el patrimonio familiar no se desintegraba

.

DESAMORTIZACIÓN:

A través de la desamortización el Estado nacionaliza los bienes amortizados, tanto eclesiásticos como civiles (de los municipios) para su posterior venta en subasta pública.

Los beneficios obtenidos por el Estado en esta venta pública de tierras desamortizadas fueron destinados principalmente para pagar la deuda pública.
En todo proceso desamortizador pueden distinguirse varios pasos:

*

Promulgar leyes:

Es necesario previamente que le permitan al Estado proceder con las desvinculaciones de los bienes nobiliarios y la desamortización de los bienes eclesiásticos y municipales

.* A continuación el Estado se apropia de estas tierras:

El propietario está obligado a vender las tierras al Estado por una cantidad determinada (nacionalización).
Las propiedades dejan de estar en manos muertas(fuera del mercado)

para convertirse en bienes nacionales que pueden ser vendidos libremente.* Finalmente las tierras salen a la venta en subasta pública:

Cuyos beneficios son para el Estado español.

3. EL PROCESO DESAMORTIZADOR EN ESPAÑA:

Desde 1767 (año en el que los jesuitas fueron expulsados de España por el gobierno ilustrado de Carlos III) hasta 1924 (cuando Calvo Sotelo derogó definitivamente las leyes sobre desamortización) pasaron a manos privadas en España casi 20 millones de hectáreas, es decir, el 39% de la superficie del Estado.
Hay que tener en cuenta que la desamortización se produjo de manera muy discontinua, siendo impulsada o frenada dependiendo del signo político de los diferentes gobiernos. En este largo proceso desamortizador pueden distinguirse una serie de fases
:*
Godoy(1798) ministro de Carlos IV.*
José I y de las Cortes de Cádiz (1811-1813).
*Trienio Liberal(1820-1823)*
Mendizábal (1836-1837)*
Madoz (1855).

3.1. LA DESAMORTIZACIÓN DE GODOY:

Como precedente podemos señalar la propuesta de Jovellanos en su Informe en el expediente de ley agraria (1795)
en el que se argumentaba que lo que necesitaba España no era una nueva ley que mejorase las condiciones existentes en el campo, sino la eliminación de leyes en las que se basaban los abusos propios del Antiguo Régimen.
Sin embargo, este informe no tuvo repercusiones inmediatas siendo condenado incluso por la Inquisición. La situación de la Hacienda Real durante el reinado de Carlos IV era catastrófica, a lo que había que sumar la guerra contra la Francia revolucionaria. La necesidad de recaudación condujo a Godoy a una desamortización eclesiástica (1798)
que permitía al Estado la venta en subasta pública de estos bienes. Los bienes a desamortizar eran aquellos dedicados a la beneficencia pública (hospitales, hospicios, etc.) y los beneficios de estas ventas eran ingresados en la Real Caja de Amortización con un 3% anual para sus antiguos propietarios (ese 3% era el equivalente de los beneficios que producían normalmente las fincas vendidas).

Los bienes previamente eran tasados y pasaban a subasta pública procurando dividir la propiedad para conseguir un mayor número de propietarios

También se concedió la posibilidad de desamortizar los bienes de los mayorazgos con la condición de que ingresaran en la Real Caja de Amortización. Estas medidas fueron aceptadas por el Papa en un breve del Vaticano en 1805.

3.2. DESAMORTIZACIONES DURANTE EL REINADO DE JOSÉ I Y LAS CORTES DE CÁDIZ (1811-1813)



Durante la Guerra de la Independencia (1808-1814) se llevaron a cabo nuevas medidas desamortizadoras tanto por parte del gobierno de José I como de las Cortes de Cádiz. Siguiendo a Ángel Bahamonde y Jesús A. Martínez en su obra Historia de España. Siglo XIX, Cátedra (Madrid), con la promulgación de la Constitución de 1812 se produjo una transformación radical del sistema de propiedad de la tierra propio del Antiguo Régimen.
Con el decreto de 6 de agosto de 1811 se producía la abolición del régimen señorial y los estamentos privilegiados dejaban de percibir toda una serie de rentas: tasas judiciales, cánones territoriales, monopolios de caza, pastos, molino, etc.
Este marco legal se completa con el decreto de 13 de septiembre de 1813 que, en palabras del autor Francisco Tomás y Valiente en su obra El Marco Político de la Desamortización en España, publicada en Barcelona en 1971, serviría como guía para toda la política desamortizadora que se llevó a cabo durante el siglo XIX.

Se desamortizaron los bienes comunales de los municipios, de los jesuitas, de la Inquisición y de las órdenes religiosas suprimidas. 3.3. DESAMORTIZACIÓN DURANTE EL TRIENIO LIBERAL (1820-1823)



Durante el Trienio Liberal (1820-1823) se recuperó el proyecto de transformación del sistema de propiedad de la tierra puesto en marcha en las cortes de Cádiz. En cuanto a las desvinculaciones, la ley de 11 de octubre de1820 establecía la supresión de todo tipo de vinculación de bienes, que pasaban a la categoría de propiedad libre.
Por lo que respecta a la desamortización, se consideraba un proceso necesario para solucionar los graves problemas de la Hacienda pública. El decreto de 9 de agosto de 1820 ponía a la venta en subasta pública los bienes de la Iglesia incluyendo los de la Inquisición e incluso algunos del patrimonio real (sólo quedaban excluidos los bienes del clero secular). La novedad en el proceso era la forma de pago, que no se va a realizar en metálico, sino mediante vales reales de la deuda pública.
En el año 1821 la Gaceta de Madrid publicaba la cifra de 345.872.622 reales como la cantidad total obtenida de las fincas vendidas en todo el país, cifra que A. Bahamonde y J. Martínez consideran inferior a la realidad. Todavía no existen estudios concluyentes sobre este periodo, destacando al autor González de Molina para las desamortizaciones llevadas a cabo en Andalucía oriental.Junto con el proceso desamortizador, en el Trienio Liberal (1820-1823) se va a llevar a cabo una reforma religiosa buscando conseguir más recursos para la Hacienda y liberar las tierras de manos muertas. El 6 de septiembre de 1820 se suprimía la
Compañía de Jesús y en octubre eran suprimidos todos los monasterios de las órdenes religiosas (aproximadamente 290 de un total de 308, lo que nos da una idea de la magnitud de la reforma). La desamortización llevada a cabo en este periodo puede ser considerada como un claro precedente de la de Mendizábal.

3.4. LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL (1836-1837)



Mendizábal actuó como ministro de Hacienda durante el Bienio Progresista (1835-1837).
Es también la época de la I Guerra Carlista (1833-1839) en la que se estaba decidiendo la instauración de Isabel II en el trono y, en definitiva, la continuidad del nuevo estado liberal. El objetivo era reducir la deuda pública para poder financiar la guerra carlista y sufragar los gastos de la implantación del régimen liberal.
Con la desamortización de Mendizábal se plantea definitivamente la liquidación de las estructuras fundamentales del Antiguo Régimen como son el señorío, el mayorazgo y las manos muertas. También se van a regular los derechos de producción y distribución de tierras, la supresión del diezmo y las aduanas interiores. La desamortización consistió fundamentalmente en la nacionalización y venta de propiedades en pública subasta (fincas rústicas y urbanas) y, por tanto, en el cambio de propietarios. Afectó principalmente a los bienes de la Iglesia, sobre todo de las órdenes religiosas, de ahí que se hable de desamortización eclesiástica.
Todo ello hay que encuadrarlo dentro del anticlericalismo liberal (el clero estaba vinculado al Antiguo Régimen y al bando carlista en la guerra civil).El proceso desamortizador se basó principalmente en los Decretos de 1836 y 1837. Las finalidades están explícitas en el propio decreto desamortizador de 19 de febrero de 1836 que pretende crear “una copiosa familia de propietarios”, “crear y fundar el crédito público”. También se advierte que considera a los conventos “inútiles y perjudiciales” en el sentido más anticlerical del liberalismo español.
Se establecía la supresión de instituciones religiosas y la aplicación de sus patrimonios para pagar la deuda pública del Estado.
También se fijaban los mecanismos por los que debía regirse la desamortización: en el artículo 3º la subasta pública, previa tasación, para las ventas; en el artículo 10º como forma de pago se admitía tanto el dinero en efectivo como los títulos de deuda.Este proceso, que en principio afectaba al clero regular (órdenes religiosas) sería ampliado con el decreto de 29 de julio de 1837 que suprimía también los bienes del clero secular, las instituciones religiosas femeninas y el diezmo. Sin embargo, esta ley prácticamente no se aplicó hasta 1841 (durante la regencia de Espartero) debido a la llegada al poder de los moderados que frenaron el proceso. Respecto al total de tierras vendidas, las cifras varían de unos autores a otros pero, en líneas generales, podemos decir que el volumen de ventas estuvo en torno a 3.500-4.000 millones de reales.
Por ejemplo, el autor Simón Segura ha calculado, a partir de los datos de la Gaceta de Madrid, la masa de tierras vendidas hasta 1844 en 3.273 millones de reales, una cifra inferior en 173 millones a la que aportó Madoz en su Diccionario. Por su parte, Josep Fontana eleva esa cifra a un total de 4.455 millones de reales y Rueda la incrementa en unos 500 millones más. Para el caso concreto de la provincia de Almería, el número de fincas vendidas fueron 1.136 (el 92% de ellas fincas rústicas) según los datos ofrecidos por F. Simón Segura en su obra La Desamortización Española en el Siglo XIX, publicada en 1973.Otro aspecto destacado en el nuevo sistema de propiedad de la tierra es la desvinculación, es decir, convertir una propiedad indivisible por herencia en una propiedad libre susceptible de ser vendida. El prototipo de propiedad vinculada era el mayorazgo, que permitía perpetuar el patrimonio de la nobleza a través de la herencia al hijo primogénito varón. La desvinculación había sido establecida durante el Trienio Liberal (1820-1823), pero en agosto de 1836 se restableció suprimiéndose la totalidad de los mayorazgos. A diferencia de la desamortización, la desvinculación no implicó una expropiación de propiedades, sino más bien un alivio económico para una nobleza sumida en una profunda crisis económica. Finalmente, por lo que respecta a la disolución del régimen señorial, el debate ya se planteó durante las Cortes de Cádiz y el Trienio Liberal. La abolición de los señoríos supuso el fin de los derechos jurisdiccionales y las prestaciones señoriales, pero convirtió a la nobleza en propietaria de las tierras marginando al campesinado que no pudo participar en las subastas de tierras al no tener capacidad económica. Como consecuencia del proceso desamortizador va a aparecer en España una nueva clase social propietaria de tierras como es la burguesía agraria formada por la burguesía de negocios madrileña, especuladores, altos funcionarios públicos, etc., que acceden por primera vez a la propiedad de la tierra.

3.5. LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ (1855):

El proyecto de desamortización fue presentado por el ministro de Hacienda Pascual Madoz.
Madoz era liberal progresista, impulsor de la estadística en España (autor del Diccionario Geográfico-Histórico-Estadístico de España y sus Posesiones de Ultramar, de 16 volúmenes), había sido gobernador de Barcelona y, desde 1855, ocupaba el cargo de ministro de Hacienda. A través de la Ley General de Desamortización (1855)
se pusieron a la venta todos los bienes de “manos muertas” pertenecieran a la Iglesia, al Estado, a los ayuntamientos o a otras instituciones.
Esta ley terminaba con cualquier propiedad amortizada, ya fuese urbana o rural. La ley provocó la oposición y la ruptura de relaciones diplomáticas con la Santa Sede, que estará en contra de la política progresista. La mayor novedad en esta desamortización es que se pusieron a la venta las propiedades municipales (de los ayuntamientos) que hasta ahora no se habían visto afectadas por el proceso desamortizador. Se desamortizaron los llamados bienes de propios, es decir, aquellas propiedades que pertenecían a los ayuntamientos, eran cultivadas por los vecinos del pueblo y los beneficios se empleaban en pagar los gastos del municipio, entre ellos enseñanza o higiene. También se pusieron a la venta los bienes comunes o baldíos, que eran tierras pertenecientes a la comunidad de vecinos para ser explotadas libremente (por ejemplo: tierras para el ganado, bosques, roturaciones para cosechas extras, etc.). En conjunto, la venta de este tipo de bienes supuso la mitad del total de propiedades desamortizadas.En esta ocasión, salvo contadas excepciones, sólo se aceptó el pago en metálico y no con títulos de deuda, cuyo valor estaba muy por debajo del real (valor nominal). Los beneficios de la venta de tierras eran destinados a pagar la deuda pública del Estado, el déficit del presupuesto y obras públicas. Según los datos del autor Simón Segura, el volumen de ventas ascendió a unos 870 millones de reales entre 1855 y 1856, a lo que hay que sumar más de 900 millones por la redención de censos. La redención de censos es otro aspecto novedoso de la desamortización de Madoz. Consiste en que los campesinos, sobre todo en la franja norte, accedieron a la propiedad de la tierra por primera vez debido a la eliminación de las tasas con las que estaban gravadas (disminución de impuestos).Respecto a las consecuencias de la desamortización, señalar que en la mayor parte del país los campesinos no sólo no accedieron a la propiedad de la tierra, sino que además sufrieron las consecuencias de la expropiación de bienes de propios y comunes en los municipios. Se acentuó el latifundismo (gran propiedad) en el sur de la Península, ya que las tierras puestas a la venta ocupaban grandes extensiones de terreno. En la zona norte se consolidó el minifundismo (pequeña propiedad). Los campesinos perdieron el uso de las tierras comunes y las pequeñas explotaciones campesinas se arruinaron al no poder competir con las grandes explotaciones. Este hecho significó un paso más en la frustración del campesinado andaluz al no poder acceder a la propiedad de la tierra aumentando así la conflictividad social en el campo.

4. CONSECUENCIAS DEL PROCESO DESAMORTIZADOR:


Consecuencias económicas



La tierra no quedó repartida de una manera equitativa entre los campesinos, es decir, no se llevó a cabo una verdadera reforma agraria.
El objetivo principal de las desamortizaciones era recaudar dinero para pagar la deuda pública del Estado, no para democratizar el sistema de propiedad de la tierra permitiendo el acceso a los campesinos.
No cambió el tipo de propiedad agraria, sino más bien se acentuó en cada región:
El latifundio (gran propiedad) en el sur y el minifundio (pequeña propiedad) en el norte. Sí es cierto que con la reforma agraria liberal se produjo un aumento de roturación de nuevas tierras:
La superficie cultivada pasó de 10 a 16 millones de hectáreas entre 1800-1860. El cultivo más extendido eran los cereales (80% de la superficie agrícola). Ahora bien, hay que tener en cuenta que el aumento de la producción agrícola se consiguió gracias al incremento de la superficie cultivada, no a una modernización técnica como estaba ocurriendo en otros países europeos. Respecto al pago de la deuda pública con las ventas de las tierras desamortizadas, los resultados fueron menores de los esperados, no porque los precios de las subastas fueran bajos, sino porque se pagó con deuda pública (precio inferior), sobre todo en la desamortización de Mendizábal. Tras las desamortizaciones, el poder económico de la Iglesia pasó a la burguesía agraria, la nueva propietaria. El papado rompió las relaciones diplomáticas con España además de perder gran parte de su patrimonio artístico y cultural.

Consecuencias sociales:

Va a aparecer una nueva clase social propietaria de tierras, la burguesía agraria, que intentará imitar el estilo de vida y los comportamientos de la vieja nobleza. En el lado opuesto, se va a producir la aparición de un proletariado agrícola con más de dos millones de jornaleros sometidos a unas condiciones de trabajo y de vida muy duras. Los campesinos dejan de ser colonos para convertirse en asalariados aumentando así la conflictividad social en el campo andaluz. En resumen, el proceso desamortizador fue un fracaso económico y social para las clases más humildes del campo español.

Consecuencias culturales y religiosas:

El proceso desamortizador supuso una ruptura de relaciones diplomáticas con la Iglesia. Hay que encuadrar esta idea dentro del anticlericalismo español propio de la ideología liberal del siglo XIX. En 1837 se suprimió el diezmo que percibía la Iglesia debilitándose así su poder.En el terreno cultural, los conventos se destruyeron o bien se convirtieron en edificios públicos (ejemplo: el Museo de Bellas Artes de Sevilla) dispersándose su patrimonio (obras de arte, archivos, etc.).

Valoración historiográfica:

Un debate historiográfico o valoración historiográfica es hacer un repaso de las conclusiones a las que han llegado diversos historiadores posteriores que han escrito libros sobre el tema en cuestión, en este caso la reforma agraria:

Josep Fontana considera que fue una reforma agraria frustrada, puesto que fue quitarle las tierras a los campesinos para entregarles la propiedad a la burguesía agraria.

Francisco Tomás y Valiente argumenta que el proceso se podría haber hecho de otra forma como, por ejemplo, siguiendo la propuesta de Flores Estrada con el llamado “censo enfitéutico”, es decir, ceder la tierra a los campesinos a largo plazo para ir pagando el censo y de esa forma pasaba a ser de su propiedad.


Raymond Carr califica la venta de bienes comunales como un desastre social al arrebatarle a la población rural desfavorecida su medio de vida.


Vicens Vives defiende que no fue una verdadera reforma agraria, sino una simple transferencia de los bienes de la Iglesia a las clases adineradas (burgueses, aristocracia, grandes propietarios, etc.).Sin embargo, el hecho de que la desamortización no cumpliera el objetivo de realizar una reforma agraria en profundidad no nos puede llevar a considerarla un fracaso. Cumplió algunos de sus objetivos:
Aumentar la productividad agraria, financiar la Guerra Carlista, mejorar la grave situación de la Hacienda Pública, fomentar la construcción del ferrocarril y comercializar tierras de cultivo en los mercados con los consiguientes beneficios.

5. TRANSFORMACIONES AGRARIAS Y DESAMORTIZACIÓN EN ANDALUCÍA:

ideas de A.M. Bernal expuestas en la obra Historia de Andalucía, (Vols.VII Y VIII) publicada en Planeta en 1981.
La DESAMORTIZACIÓN DE GODOY(1798)
fue muy importante en Andalucía ya que afectó a la cuarta parte del patrimonio de la Iglesia (hospitales, beneficencia, etc.) con la venta de más de 16.000 fincas entre rústicas y urbanas. La venta de estas tierras alcanzó la cifra de 381 millones de reales aproximadamente (más del 50% de lo que se obtendría posteriormente con la desamortización de Mendizábal) lo que permite hacernos una idea de la importancia del proceso. Respecto a los compradores, destaca la burguesía de negocios que (debido a la crisis del mercado americano) se lanzan a la compra de fincas sobre todo en las zonas de Cádiz y Sevilla.
Estas fincas se pagaron con títulos de deuda y a un precio medio muy elevado (60.000 reales en Cádiz y 20.000 en Sevilla). Por el contrario, en las zonas de Huelva, Jaén y Almería las fincas se pagaron con dinero en efectivo y a unos precios más bajos. En general, la desamortización de tierras se concentró en aquellas zonas más fértiles de Andalucía donde la Iglesia había tenido siempre sus bienes (campiñas del sur de Jaén, Córdoba, Sevilla, Cádiz y Vega de Granada). Durante la DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL(1836-1837)
ya se puso de manifiesto la fuerte demanda de tierras que había en Andalucía llegando a alcanzar en las subastas un 154% respecto al valor inicial de tasación. La mayor parte de ventas de tierras desamortizadas se produjo en las provincias de Sevilla y Córdoba, mientras que el menor porcentaje correspondió a Almería y Huelva. Con la DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ (1855)
, también conocida como desamortización civil, se pondrán a la venta en Andalucía los bienes del clero que todavía quedaban por desamortizar más las propiedades civiles. Para hacernos una idea de la magnitud de este proceso de desamortización civil, señalar que en Andalucía se vendieron 7.385 fincas rústicas entre 1855 y 1856. Las fincas andaluzas obtuvieron en las subastas un precio más elevado que la media nacional. Por el número de fincas vendidas, Sevilla, Córdoba, Cádiz y Jaén ocupan los primeros puestos. A Granada y Málaga le corresponden los puestos intermedios mientras que, una vez más, Huelva y Almería ocupan los últimos lugares. La venta de tierras eclesiásticas no creó latifundios nuevos, sino que reafirmó las grandes propiedades ya consolidadas. Más que una creación de nuevos latifundios, lo que se produjo fue un traspaso de titularidad. En cuanto a la desamortización civil, se incluían las propiedades de los ayuntamientos, pero no los bienes comunes. Sin embargo, los municipios presentaron estas tierras comunales como de propios, por lo que también entraron en el proceso desamortizador. En conclusión, se puede decir que la desamortización provocó en el ámbito económico un progreso pero un gran retroceso social. Analizando las CONSECUENCIAS DEL PROCESO DESAMORTIZADORen Andalucía, llegamos a la conclusión de que se hizo en beneficio de los privilegiados (esta idea es la tesis “clásica” de A.M.Bernal). Tras la desamortización, los antiguos señores se convirtieron en terratenientes mientras que los campesinos quedaron despojados de la tierra que habían trabajado durante generaciones.Tras el proceso desamortizador se va a crear un nuevo régimen agrario que va a condicionar el desarrollo agrario de Andalucía hasta nuestros días y cuyas características son:

Persistencia de la gran propiedad (latifundio)
.

Formación de una nueva clase social terrateniente que fue la auténtica beneficiaria de las transformaciones agrarias (grandes propietarios, nuevos ricos surgidos por la especulación de tierras y la vieja nobleza, que conservó su patrimonio).

Aumento de la masa de jornaleros, campesinos sin tierra, en situación de suma miseria.

Aparición de luchas campesinas como respuesta violenta a lo que el campesinado consideró siempre una usurpación de tierras y que va a configurar la historia contemporánea andaluza.

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