Tipología y Evolución de las Penas en el Derecho Histórico: Destierro, Cárcel e Ira Regia

El Exilio y el Destierro en el Derecho Histórico

El exilio o destierro se trataban históricamente como penas accesorias de otra principal. Por ejemplo, penas corporales más destierro o exilio.

Causas de Aplicación del Exilio o Destierro

  1. Por la falta de medios económicos, es decir, por no poder pagar la pena pecuniaria.
  2. Por la existencia de delitos graves (delitos contra el rey o el Estado), tales como traición al Estado, traición al rey o ira regia.

El destierro es consecuencia de la declaración de enemistad y de la ejecución de la venganza.

Implicaciones del Destierro

El destierro implica la expulsión del enemigo de la comunidad o localidad, y en situaciones graves, el exilio del reino. Para poder desterrar, se establecía un plazo de tres días o un múltiplo de tres. En caso de que el agresor o infractor no cumpliera el plazo y no saliera de su casa, se le obligaba por la fuerza.

El agresor también debía pagar una fianza, ya que tenía que probar y asegurar que no realizaría otro daño a la comunidad. Esa fianza, por lo tanto, servía para responder de daños a la comunidad mientras duraba la enemistad.

Destierro por Ira Regia vs. Enemistad

El destierro es consecuencia también de la ira regia. Esta tenía lugar cuando el rey obligaba al cumplimiento de una norma y esta no se cumplía.

  • Cuando el exilio o destierro es por incurrir en ira regia, se produce la expulsión del reino.
  • Si el exilio o destierro es por enemistad, se produce la expulsión de la comunidad o localidad.

Terminología de la Expulsión

  • Extrañamiento: Expulsión del territorio español.
  • Extradición: Expulsión del reino.
  • Exilio o Destierro: Expulsión del reino (por ira regia) o de la comunidad o localidad (por enemistad).
  • Deportación: Expulsión de un extranjero del territorio o envío a su lugar de origen por castigo o motivos políticos.
  • Relegación: Destierro a otro lugar, pero sin privación de sus derechos.
  • Proscripción: Expulsar a alguien del territorio, de su patria.

La Extradición

La extradición es una pena que se da siempre en delitos graves y es la expulsión del reino por dos situaciones:

  1. Alentar contra el Estado o el rey (por traición, falsificación de moneda, etc.).
  2. Desobediencia de un mandato del rey (ira regia).

La extradición era propia de la clase noble (ejemplo: El Cid) y llevaba aparejadas otras penas:

  • Expulsión del reino.
  • Confiscación de bienes (indirectamente los pierde su familia).
  • Pérdida de honores y oficios públicos que hubiese adquirido.

En caso de extradición de nobles, podía haber reconciliación y recuperación de la gracia regia, es decir, se volvía a la situación anterior a la enemistad (ejemplo: El Cid).

El Asilo

El asilo es la protección del rey atribuida en determinados lugares o sitios. Por ejemplo: paz de la casa, paz del camino, paz del mercado, paz de la Iglesia y paz de Dios.

Aparece en textos como el Liber Iudiciorum, el Concilio de Collanza, las Cortes de León, el Concilio de Toledo y en fueros locales como el Fuero de Ledesma.

La Privación de Libertad: La Cárcel Histórica

La privación de libertad se refiere a la cárcel. Fue muy importante, si bien en sus inicios era muy cruenta (las cárceles no mejoraron significativamente hasta el siglo XVIII).

La privación de libertad redujo las penas de muerte y corporales (un avance ya apreciado en el Derecho romano).

La Cárcel en la Alta Edad Media y la Recepción

En la Alta Edad Media, se aplicaba por falta de medios económicos (por no poder pagar penas o composiciones pecuniarias). En las cárceles se les privaba de comida y agua y se les obligaba al pago (la deuda que habían contraído).

Durante la Recepción, fue una de las penas más empleadas. Principalmente se empleaba la “pena de entrada en el cepo”, que desapareció entre los siglos XIV y XV. La cárcel era generalmente perpetua hasta los siglos XVIII y XIX. Se debatió entre los siglos XIV y XV si debía mantenerse esa perpetuidad, y al final se mantuvo la cárcel perpetua.

Después de la Recepción, con la Inquisición, se aplicaba la pena de privación de libertad. Los abusos cometidos en las cárceles eran una especie de coacciones para el pago de las deudas.

Avances en el Siglo XVI

En el siglo XVI, hubo un avance importante en la pena privativa de libertad (pues los establecimientos eran mixtos y luego se independizaron por sexos). Las cárceles de las mujeres se llamaban “cárceles de galeras”, que eran, por un lado, represivas de libertad y, por otro, servían como medio de reeducación y reinserción.

Trabajos Forzados

  • Derecho Romano: Los trabajos forzados tenían lugar en minas y galeras.
  • Derecho de la Alta Edad Media: Disminuyen, y en el siglo XVI reaparecen con la Recepción. La modalidad más frecuente era la de galeras, que podía reemplazar las penas de muerte, corporales o pecuniarias.
  • Siglo XVII: Aparecen de nuevo en minas y obras públicas (caminos, puentes, etc.).

Penas Infamantes

Son penas corporales que, al mismo tiempo, tienen la característica de ser públicas y generar escarnio (ejemplo: arrastramiento por las calles, azotes, desnudo, etc.). Implicaban la disminución o pérdida de capacidad de obrar (para ser tutor, testigo, gestión de ciertos negocios, etc.).

  • Derecho Visigodo: Se imponían a clases sociales altas y bajas. El medio a través del que se manifestaba esa pena era por medio de acciones como la decalvación (corte de pelo).
  • Alta y Baja Edad Media: Los nobles no podían recibir penas infamantes ni de sangre. Las acciones realizadas como escarnio eran:
    • La marca de letras con hierro en la frente (al testigo falso se le marcaba la “B”; al bígamo se le marcaba la “Q”).
    • Llevar soga al cuello con los pies descalzos.
    • Exposición en el rollo o picota.
    • La trasquilación en cruz.
    Estas acciones eran siempre públicas.
  • Edad Moderna: Mantuvo connotaciones de publicidad y escarnio. Con la Inquisición, las acciones incluían la decalvación (arrancar pelo o barba), afeitado, pasear la soga al cuello, colgar un San Benito (hábito de monje), etc.

Otras Tipologías de Penas

Penas de Inhabilitación para Cargos Públicos

  • Derecho Romano: Se aplicaba a altos cargos por hurto, injurias, mandato, tutela, dolo, etc. Estos eran delitos configurados en la “Tabla de Heraclio”.
  • La Recepción: Tuvo un gran desarrollo.

Penas Espirituales

La excomunión, la penitencia, etc. Aplicadas contra la falsedad, la honestidad matrimonial, etc. Estas penas se aplicaron en todas las épocas.

La Formación del Derecho Penitenciario

La pena de privación de libertad se denominaba cárcel, prisión o entrada en el cepo. Estas penas comenzaron a aplicarse cuando se desarrollaron principios que regulaban la privación de libertad, la creación de establecimientos oficiales y la existencia de normas disciplinarias.

En la Edad Media, el sistema era muy incipiente. Las cárceles todavía eran poco adecuadas. Los funcionarios locales ayudaban en la Administración de justicia. Los presos sufragaban su propia manutención (tasa de carcelaje).

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