El Liberalismo en el Reinado de Isabel II: Partidos Políticos y Constituciones

El Reinado de Isabel II: Partidos Políticos y Constituciones

Este documento describe las características de los partidos políticos que surgieron durante el reinado de Isabel II y las constituciones que desarrollaron.

Tras la muerte de Fernando VII, el liberalismo se dividió en dos tendencias. Esta división ya se había manifestado durante el Trienio Liberal, al definirse una tendencia formada por las personalidades (doceañistas), cuyo objetivo no iba más allá de restablecer la Constitución de 1812 y las libertades básicas. Los exaltados, por su parte, querían reformar más profundamente, como ampliar el sufragio y eliminar definitivamente los restos de la sociedad del Antiguo Régimen. En 1833, dos corrientes configuraron la división del liberalismo español: el liberalismo doctrinario o moderado y el progresista.

El Liberalismo Doctrinario o Moderado

Estaba formado por una oligarquía procedente de la antigua nobleza y burgueses terratenientes. Su gran líder durante casi todo el periodo fue Narváez.

Características del Liberalismo Moderado:

  • Niega la soberanía nacional y defiende la doble representación: el poder legislativo y la soberanía son compartidos por la Corona y las Cortes.
  • Partidarios de Cortes bicamerales, con un Senado elegido por la monarquía y una Cámara de Diputados elegidos por un sufragio censitario muy restringido.
  • Defensa del centralismo administrativo.
  • El moderantismo favoreció la restricción de derechos individuales.
  • La legislación velaba por los intereses de una oligarquía.

Periodos de Gobierno Moderado:

  • 1833-1835: Comienzo de la regencia de María Cristina bajo la dirección de los doceañistas, como Martínez de la Rosa. Las medidas incluían una Carta Otorgada, que regulaba el funcionamiento de las Cortes. La soberanía era compartida Rey-Cortes, con control real, y su función se limitaba a aprobar impuestos. Tenía un sistema bicameral. El Estatuto Real de 1834 se aprueba durante la Primera Guerra Carlista.
  • 1844-1854: Década Moderada. Coincide con la mayoría de edad de Isabel II y comienza con un pronunciamiento militar que llevó al poder a Narváez. El texto legal fue la Constitución de 1845.
  • 1856-1868: Gobiernos de la Unión Liberal y del Partido Moderado. Se vuelve a la Constitución de 1845.

Constituciones Moderadas:

  • Estatuto Real de 1834:

    Se redacta en un contexto de gran tensión y de la guerra civil (Primera Guerra Carlista). Bajo el gobierno moderado de Martínez de la Rosa, debe considerarse como una Carta Otorgada. Regulaba la convocatoria de las Cortes y su funcionamiento.

  • Constitución de 1845:

    Es una constitución moderada que presenta una reforma de la de 1837. Aunque comparte la declaración de derechos, no los desarrolla.

    Características:
    • Rechaza la soberanía nacional. Establece la soberanía compartida.
    • Organiza el poder legislativo en dos cámaras.
    • No garantiza la independencia del poder judicial.
    • Establece la confesionalidad y la unidad religiosa del Estado.

El Liberalismo Progresista

Nace a comienzos de la minoría de edad de Isabel II, y su líder fue Espartero.

Contaba con el apoyo de la alta burguesía financiera e industrial y las clases medias urbanas.

Características del Liberalismo Progresista:

  • Partidarios de la soberanía nacional, y el poder legislativo recae en las Cortes bicamerales, todas ellas electivas.
  • Defendían de forma más amplia los derechos individuales.
  • Sufragio censitario (más amplio que el moderado).
  • En 1849, un sector más radical se escinde del progresismo: el Partido Demócrata, partidario del sufragio universal y que reconocía los derechos individuales y sociales (como la huelga). Convivían monárquicos y partidarios de una república unitaria, aunque menos de la república federal. No llegaron a definirse claramente hasta 1869 (tras la caída de Isabel II).

Periodos de Gobierno Progresista:

  • 1836-1843: Abarca parte de la regencia de María Cristina y la de Espartero. Apoyada en la Constitución de 1837. Se realiza la Desamortización de Mendizábal para obtener financiación para la Primera Guerra Carlista.
  • 1854-1856: Comienza con el pronunciamiento militar de la Vicalvarada, que llevó al poder a O’Donnell. Se redacta una nueva constitución en 1856 (la «Non Nata»). Se llevó a cabo una gran reforma económica, dentro de los parámetros del liberalismo, con la Desamortización de Madoz y la Ley de Ferrocarriles, entre otras.

Constituciones Progresistas:

  • Constitución de 1837:

    Elaborada tras el pronunciamiento militar conocido como la «Sargentada de la Granja», durante la regencia de María Cristina.

    • Se elaboró por consenso entre los dos sectores del liberalismo. Tiene rasgos progresistas y moderados.
    • El poder legislativo es conjunto (Cortes y Rey).
    • División de poderes:
      • Legislativo: Reside en las Cortes bicamerales.
      • Ejecutivo: Reside en el Rey.
      • Judicial: Conserva su independencia.
    • Se afirman derechos individuales.
    • El Estado tiene la obligación de mantener el culto y los sacerdotes de la Iglesia. No se prohíben otros cultos.
  • Constitución de 1856 (Non Nata):
    • El texto sigue las directrices de 1837, pero amplía la lista de derechos políticos, establece la tolerancia religiosa, limita el poder de la Corona y restringe la autoridad del Rey.
    • Reconocimiento de la soberanía nacional.
    • Restablecimiento de la Milicia Nacional.

La Unión Liberal: Un Nuevo Actor Político

Finalmente, durante el reinado de Isabel II, aparece un nuevo partido: la Unión Liberal. Nace durante el Bienio Progresista y atrajo a sectores del moderantismo y progresismo, con O’Donnell a la cabeza.

Ha pasado a la historia por su falta de doctrina y de planteamientos claros, hecho que intentaba enmascarar en los momentos en que tuvo responsabilidades de gobierno, volcándose en proyectos de modernización económica, obras públicas, etc. Recurrió a campañas militares para desviar la atención de los problemas internos, y su presencia en el poder se aseguraba mediante el pacto.

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