Análisis Estructural y Contexto Histórico de la Constitución Española de 1978

Origen y Naturaleza del Texto Constitucional

Se trata de una fuente primaria porque se redacta en el mismo tiempo que proceden los hechos. La naturaleza del texto es jurídica porque el formato en el que esté escrito este artículo es de ley, ya que forma parte de la Constitución de 1978 y, por lo tanto, el contenido será político. Este texto constitucional fue aprobado por los españoles en referéndum el 6 de diciembre de 1978, después de la etapa franquista, siendo el presidente del Gobierno Adolfo Suárez, líder de la UCD.

La autoría del texto fue colectiva, ya que fue redactado por las Cortes. Se trata de un texto público, cuyos destinatarios es la nación española. La finalidad del texto es establecer un nuevo código legal para implantar una sociedad democrática.

Articulado Fundamental y Principios Rectores

Este texto está compuesto por varios artículos no consecutivos, lo que nos permite agrupar las ideas principales del mismo. Carece de preámbulo.

Contenido Clave por Artículo

  • Artículo 1: La Constitución define a España como un Estado social y Democrático de Derecho, en el cual existe una serie de derechos como la libertad, la igualdad, el pluralismo político, reconociendo así los derechos individuales de la persona. Se reconoce al pueblo español como único depositario de la soberanía nacional y a la monarquía parlamentaria como la forma política de organizar el Estado.
  • Artículo 2: Habla de la soberanía nacional que viene a ratificar el sentido democrático del Estado español, en el cual los poderes del Estado emanan del pueblo, que delega su poder en representantes elegidos entre varios partidos políticos a través de sufragio universal.
  • Artículos 3 y 56: Hacen alusión a la monarquía parlamentaria como forma política del Estado español. Ya que el monarca puede reinar, pero sus acciones están limitadas y sometidas por los ministros, quienes determinan las responsabilidades que se le imponen al Rey.
  • Artículo 16: Se plantea a España como un Estado aconfesional en el que no hay religión oficial, estableciendo así una libertad de culto y tratando de evitar conflictos ocasionados anteriormente.
  • Artículo 45: Establece que se velará por el bien del Estado social, lo que implica cuidar el medio ambiente. Está relacionado con las nuevas corrientes que empiezan a surgir en este momento en el mundo en defensa de un desarrollo sostenible.
  • Artículo 125: Los ciudadanos podrán decidir sobre determinados procesos jurídicos, ya que la participación popular es propia de los sistemas democráticos.
  • Artículo 137: En él se hace alusión a la organización territorial del Estado español. Donde se establecen municipios, provincias y comunidades autónomas. Éstas exigirán más independencia. Pasamos así de un Estado unitario centralizado a otro descentralizado.
  • Artículo 147: Explica que los estatutos de autonomía son la base jurídica de cada comunidad autónoma. Es decir, se establece una reglamentación con la que se llevará a cabo la manera en la que se han de regir.

Contexto de la Transición Democrática

Tras la muerte de Franco en 1975 se inició en España la transición a la democracia. El Jefe de Gobierno (Carlos Arias Navarro), nombrado por Franco, presenta su dimisión al Rey y, en su lugar, es nombrado Don Adolfo Suárez. Uno de sus grandes logros fue la aprobación de la Ley para la Reforma Política, pieza clave para la transición. Supuso desarmar el régimen franquista y comenzar a montar las bases de un sistema democrático. Las Cortes franquistas aprobaron dicha Ley mediante la cual se disolvían para configurar otras elegidas por el pueblo. La Ley fue aprobada por gran mayoría de las Cortes.

Elecciones de 1977 y Pactos de la Moncloa

En 1977 se convocaron elecciones generales y constituyentes (las primeras desde 1936), en las cuales llegó a votar el 78 % del electorado. Triunfó (de forma relativa) la UCD (partido formado por una gran diversidad de personas y tendencias en torno al propio Adolfo Suárez), seguido del PSOE. Los nacionalistas obtuvieron una buena (aunque relativa) representación, siendo el más perjudicado el PCE. Ni la extrema derecha ni la Democracia Cristiana obtuvieron representación.

Uno de los más graves problemas con los que tropezó este primer gobierno fue la aguda crisis económica. Adolfo Suárez negoció con los partidos políticos, sindicatos y empresarios y logró la firma de los llamados “Pactos de la Moncloa” mediante los cuales se sacrificaron las reivindicaciones sociales para asentar la democracia. Este acuerdo fue, sin duda, el segundo de los éxitos de Adolfo Suárez. Con estos mimbres se dispuso el Parlamento a dotar a España de una Constitución. Para ello, nombró una Comisión representativa de los partidos parlamentarios. La única ausencia fue la del PNV. Logrado el consenso entre esta comisión, la tramitación de su proyecto fue rápida. Fue aprobada en 1978.

Panorama Político Previo

En 1970 el panorama político presentaba tres alternativas: unos defendían la continuidad del régimen sin Franco, otros una reforma desde las propias instituciones que combinase la democratización, y la mayoría de las suposiciones antifranquistas se inclinaba por la ruptura con el pasado dictatorial y la construcción de un nuevo sistema político de fuerzas democráticas.

Impacto de la Constitución

Durante el periodo de la nueva democracia constitucional, España ha dado un inmenso salto modernizador en su estructura política y económica y han conseguido consolidar un estado de bienestar propio de los países industrializados avanzados. La composición y estructura de la sociedad también se ha modificado profundamente, cambiando en gran medida sus pautas culturales y de comportamiento.

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