La Restauración Borbónica en España: Un Sistema de Estabilidad Controlada
El sistema político de la Restauración Borbónica se fundamentó en el compromiso de los dos partidos dinásticos, el Partido Conservador y el Partido Liberal, de respetar la legislación aprobada por el contrario. Ambos aceptaron la monarquía como modelo de Estado, la Constitución de 1876 y el turno pacífico en el poder. Sin embargo, se diferenciaban en sus propuestas: el Partido Liberal defendía unas libertades más amplias, como la libertad de expresión o de asociación, y el sufragio universal, que sería aprobado definitivamente en 1890.
A pesar de la aprobación del sufragio universal, el régimen de la Restauración no puede definirse como democrático. Las elecciones, tanto antes como después de dicha aprobación, estuvieron manipuladas desde el poder, una premisa aceptada por ambos partidos. Así, la extensa red de caciques permitió controlar el resultado de las elecciones, garantizando un relevo organizado y pacífico en el poder. La consecuencia más evidente de este sistema fue la marginación del resto de opciones políticas, tales como republicanos, carlistas, socialistas o nacionalistas, todos ellos descartados para detentar el poder por los dos grandes partidos dinásticos.
El régimen de la Restauración funcionó durante el siglo XIX, amparado en los dos grandes líderes de los partidos dinásticos (Cánovas del Castillo por los Conservadores y Sagasta por los Liberales), el apoyo de una sociedad cansada de conflictos y el papel de árbitro ejercido primero por Alfonso XII y después por la regente María Cristina. Sin embargo, ya en el siglo XX, el sistema de la Restauración comenzó a mostrar sus debilidades, como consecuencia del aumento del peso de los partidos de la oposición, la fragmentación de los partidos dinásticos y la intromisión en la vida política del rey Alfonso XIII.
La Revolución Gloriosa de 1868 y la Constitución de 1869: El Sexenio Democrático
Causas de la Revolución de 1868
Las causas que llevaron a la Revolución de 1868, conocida como «La Gloriosa», fueron diversas y se pueden clasificar en:
- Causas Económicas:
- Deterioro de la situación económica desde principios de la década de los 60: crisis del sector textil, finalización de la red ferroviaria básica y su poca rentabilidad.
- Hundimiento de la Bolsa (1864).
- Bancarrota de Hacienda.
- Crisis de subsistencia debido a las malas cosechas (1866-67).
Todo ello trajo el descontento de los grupos dirigentes y de las clases trabajadoras.
- Causas Políticas:
- Desgaste del régimen moderado, que se apoyaba obstinadamente en figuras como Narváez y O’Donnell.
- Los gobiernos moderados actuaron con un creciente autoritarismo, respondiendo con una fuerte represión ante cualquier crítica o protesta para mantener el orden, lo que provocó una profunda crisis política.
- Los demás partidos (progresistas, demócratas) se retrajeron y no participaron en política.
- El general Prim, junto a los progresistas, se unió a los demócratas y republicanos.
- Los dirigentes obreros apoyaron el golpe, ya que vieron en la revolución una manera de conseguir sus reivindicaciones.
El Pacto de Ostende y el Estallido Revolucionario
Finalmente, en agosto de 1866, progresistas, demócratas y republicanos firmaron el Pacto de Ostende, con el que pretendían:
- Destronar a Isabel II.
- Convocar Cortes Constituyentes mediante sufragio universal.
Al año siguiente, tras la muerte de O’Donnell, la Unión Liberal (liderada por Serrano) se sumó al pacto. En 1868, con el apoyo de Prim y Serrano, el almirante Topete, al frente de la escuadra en Cádiz, se pronunció al grito de ¡Viva España con honra!, iniciando la Revolución Gloriosa. El pueblo se sumó a la revuelta, y en los días siguientes, todos los cuarteles del país se unieron a la causa.
Consecuencias Inmediatas de la Revolución
El pueblo organizó la formación de Juntas locales y provinciales, y una milicia civil: los Voluntarios de la Libertad. Tras vencer a las tropas gubernamentales en la batalla de Alcolea, se puso fin al reinado de Isabel II, que partió al exilio camino de Francia.
Se estableció un gobierno provisional encabezado por Prim y Serrano, que ordenó la disolución de las Juntas locales y provinciales, así como la disolución de los Voluntarios de la Libertad. Se designaron nuevos Ayuntamientos y Diputaciones que sustituyeran a los poderes revolucionarios. En diciembre, la normalidad imperaba en el país, y el gobierno provisional de Prim y Serrano convocó elecciones constituyentes para enero de 1869. Las elecciones fueron convocadas mediante sufragio universal masculino (varones mayores de 25 años).
Las elecciones fueron ganadas por los partidos en el gobierno: progresistas, unionistas y demócratas monárquicos, aunque también hubo presencia de dos minorías significativas: carlistas y republicanos. Al ser la mayoría partidos monárquicos, la nueva Constitución establecería una monarquía como forma de gobierno. Sin embargo, se considera la primera Constitución democrática española.
La Constitución de 1869 (5 de junio de 1869)
Esta Constitución, de carácter democrático, estableció los siguientes principios:
- Soberanía: Nacional.
- Derechos Fundamentales: Avanzada declaración de derechos individuales, garantizando:
- Inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.
- Libertad de imprenta.
- Libertad de culto.
- Libertad de enseñanza.
- Derecho de reunión y asociación.
- División de Poderes:
- Poder legislativo: Recaía en las Cortes.
- Poder ejecutivo: Ejercido por el Rey.
- Poder judicial: Correspondía a los tribunales.
- Sufragio: Universal masculino.
- Parlamento: Cortes bicamerales, con amplias atribuciones para legislar, controlar al gobierno y limitar el poder del rey.
- Forma de Gobierno: Monarquía parlamentaria limitada y hereditaria.
- Confesionalidad: Libertad de cultos, aunque el Estado se comprometía a mantener el culto y clero católico.
- Otros Datos:
- Administración Territorial: Autonomía de los gobiernos locales (Ayuntamientos y Diputaciones).
- Compromiso de reformar la situación de las colonias de ultramar.
- Período de Vigencia: 1869 hasta 1876. La Constitución de 1869 se mantuvo vigente durante el Sexenio Democrático, aunque en la I República fue aprobado un proyecto de Constitución Federal (1873) que no llegó a entrar en vigor. Con la Restauración Borbónica, la Constitución de 1869 fue reemplazada por la de 1876.