Los Gremios: Origen y Evolución de las Corporaciones Profesionales
Los gremios eran corporaciones profesionales constituidas por artesanos, comerciantes o industriales de una localidad, dedicados al mismo oficio. Estas organizaciones estaban sometidas tanto a la autoridad real como a la municipal.
Origen y Aparición en España
El origen de los gremios se atribuye a la institución de los collegia romanos, mientras que otros historiadores consideran que tienen su raíz en una institución germánica: las gildas, asociaciones de mercaderes.
En España, los gremios aparecen por primera vez en el siglo XII. Sin embargo, se puede hablar auténticamente de gremios organizados a partir del siglo XIV en Cataluña y Valencia, y en el siglo XV en Castilla y Andalucía, cuando estas corporaciones se perfilan claramente desde el punto de vista económico, profesional e incluso con una finalidad religiosa.
Razones para la Agrupación Gremial
Las principales razones para la agrupación de los artesanos fueron:
- Limitación de la competencia: La necesidad de limitar el número de personas dedicadas a un oficio concreto. Esto se consiguió otorgando al gremio un carácter obligatorio y realizando un examen de entrada.
- Lucha contra la industria naciente: Una forma de protegerse frente al desarrollo de la incipiente industria.
- Acceso a materias primas: Conseguir materias primas a un precio más económico.
- Control de mercado: Controlar las ventas mediante la fijación de precios y la supervisión de los productos.
- Influencia social y política: Convertirse en una fuerza de carácter social y político con influencia en las localidades donde estaban establecidos.
- Defensa de intereses: La defensa de los intereses profesionales de los artesanos ante el desarrollo de la economía.
Estructura y Funcionamiento de los Gremios
Organización Interna
Los gremios contaban con magistrados directivos, elegidos por los miembros del gremio reunidos en junta general y presididos por un representante municipal. La elección se realizaba por mayoría de votos o por insaculación (un sistema de sorteo mediante una bolsa).
También existía una junta de gobierno, compuesta por consejeros y examinadores, que ejercían una función asesora para los magistrados. El cabildo o junta general se reunía para la elección de nuevos cargos y para la rendición de cuentas de los magistrados salientes.
Los funcionarios, que actuaban como inspectores del trabajo en los talleres, controlaban la producción y se encargaban del cumplimiento de las ordenanzas emitidas por el gobierno gremial.
Jerarquía Gremial
El gremio se estructuraba en tres grados:
- Aprendiz: Etapa inicial (2-6 años), que se superaba con un examen final.
- Oficial: Categoría intermedia (2 años), a la que se accedía tras superar el examen de aprendiz.
- Maestro: El grado superior, al que se accedía tras superar la etapa de oficial. El acceso a la categoría de maestro estaba protegido corporativamente, lo que significaba que se exigían exámenes difíciles a los extranjeros.
El número de oficiales fue en aumento, lo que constituyó otro de los problemas de los gremios, especialmente la presencia de extranjeros que aspiraban a ser maestros. La finalidad de los gremios era reglamentar el trabajo para asegurar la máxima perfección de la obra y evitar la competencia desleal.
Funciones y Regulaciones
El gremio fijaba el precio de los productos y los salarios de aprendices y oficiales. Controlaba la calidad del trabajo, se encargaba del reparto de las materias primas, de la distribución del trabajo entre los diversos talleres en función de las necesidades económicas, y percibía derechos de examen, entre otras funciones.
Las penas solían ser pecuniarias (multas), y en ocasiones, las autoridades municipales establecían multas adicionales. Los municipios solían emitir ordenanzas que regulaban el funcionamiento de los gremios. La interpretación de estas ordenanzas recaía en el municipio, y en caso de litigio entre este y el gremio, lo solucionaba la audiencia real.
Decadencia y Abolición de los Gremios
Los gremios constituyeron la principal estructura de trabajo en el ámbito industrial y artesanal durante varios siglos en Europa. Su desaparición fue consecuencia de la defensa de la libertad de comercio por parte de los mercantilistas, y también de disposiciones dadas por Carlos III y Carlos IV, que prohibieron someter a los extranjeros a exámenes para ingresar en los gremios.
Disposiciones posteriores establecieron que para acceder a la condición de maestro no era necesario realizar un examen, lo cual desvirtuó la esencia de los gremios. La Revolución Francesa de 1789, y la propia Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, establecieron la libertad de industria y de comercio, aboliendo así el sistema corporativo gremial en Francia.
Causas de la Decadencia Gremial
Sin embargo, las causas principales de la decadencia de los gremios habían sido otras:
- El monopolio de los maestros en el control del sistema gremial.
- La incapacidad de los gremios para adaptarse a la revolución tecnológica y a las nuevas necesidades sociales y económicas.
- La desaparición en España de la reglamentación sobre gremios tras la declaración de libertades en Francia, y la configuración del trabajo como una actividad mucho más individualizada y libre (libertad de trabajo, de profesión y de oficio).
- La conversión de los gremios en organizaciones de privilegio, en lugar de servir a los intereses profesionales de sus miembros.
La Abolición en España
Los gremios fueron abolidos legalmente en España por una disposición aprobada por las Cortes de Cádiz en junio de 1813, aunque ya estaban «tocados de muerte» tiempo atrás.
Sin embargo, en 1814 tuvo lugar la restauración de la monarquía absolutista de Fernando VII, y este decreto anterior fue derogado por una Real Orden del 29 de junio de 1815. Con esta disposición, se restauraban las ordenanzas de los gremios y el sistema gremial se mantuvo vigente hasta el fallecimiento de Fernando VII.
Su viuda, la reina regente María Cristina de Borbón, publicó y firmó un Real Decreto el 20 de enero de 1834 que fijó de nuevo la libertad de los establecimientos industriales. Una disposición posterior, del 6 de diciembre de 1836, restableció la vigencia del Decreto de 1813, que establecía definitivamente la libertad del trabajo.