Sistema político ideado por canovas

T-8.- El reinado de Alfonso XII: el sistema canovista y la Constitución de 1876

El fracaso del Sexenio Democrático hará pensar en el restablecimiento de la Monarquía Constitucional Borbónica. El impulsor fue Antonio Cánovas del Castillo, político e historiador de tendencia liberal Conservadora, quien consigue la abdicación de Isabel II en su hijo Alfonso, y Crea el partido Alfonsino. Cánovas se preocupó de que la educación de Alfonso Se completara en la Academia Militar de Sandhurst en Inglaterra, país con tradición en Monarquía Constitucional; al Tiempo que buscará apoyos entre la clase política, la burguésía, los países Europeos, el Ejército y la
Iglesia (el clero español). Pero finalmente será el pronunciamiento militar, de 29 de Diciembre 1874 en Sagunto, llevado a cabo por el general Martínez Campos quien proclame rey de España a Alfonso XII.

1. El sistema canovista

Cánovas será quien Establezca los principios ideológicos Y siente las bases institucionales y Jurídicas del sistema político de la Restauración, basada en la libertad, la propiedad privada y la unidad de España. En primer lugar, apartó a los Militares de la política y buscó la pacificación Militar finalizando la Tercera Guerra Carlista en 1876, que supone la Eliminación de los fueros vascos y navarros; y firmando la Paz de Zanjón en 1878, que pondrá fin a la insurrección cubana comenzada diez años antes, en 1868.

 En segundo lugar, establecerá el bipartidismo, por lo que los dos partidos dinásticos, leales a la Corona, se turnarán pacíficamente en El Gobierno, eliminando cualquier intervención de la oposición (republicanos, Socialistas, carlistas…). El Partido Liberal Conservador, denominado “Conservador”, dirigido por Cánovas, representaba la derecha Monárquica y centró su interés en el mantenimiento del orden público. El Partido Liberal Fusionista, conocido como “Liberal”, Estaba dirigido por Práxedes Mateo Sagasta y formado por progresistas radicales y constitucionalistas del Sexenio; centró su interés en los aspectos sociales, aprobando leyes como la Del derecho de asociación y el sufragio universal masculino. La dinámica del Sistema de la Restauración consistía en cambiar de Gobierno cuando se producía Una crisis interna en éste. El Rey disolvía las Cortes y el Gobierno entrante Convocaba elecciones, que siempre ganaba debido al fraude electoral y al caciquismo.
El caciquismo constituyó el Instrumento esencial de las manipulaciones electorales. El cacique controlaba Su distrito y se encargaba de preparar las listas de los candidatos gubernamentales, Que ganaban las elecciones. Se apoyaba en su poder económico (generalmente era el propietario de las tierras Donde trabajaban los jornaleros) para condicionar el voto popular y si no lo Conseguía, recurría al fraude electoral, es decir, al control de las urnas, la Intervención de las autoridades locales, actas en blanco, “pucherazos”… Esta Era la forma de alternarse pacíficamente.

El tercer principio de La Restauración será la elaboración de la Constitución De 1876, que sería lo suficientemente flexible para que permitiera gobernar Cómodamente a los dos partidos dinásticos. El caciquismo impidió consolidar el Modelo liberal de la Constitución de 1876.

2. La Constitución de 1876

Para dar mayor Legitimidad a la nueva Constitución se convocaron Elecciones Generales Constituyentes en 1876 respetando el sufragio universal masculino que estaba Vigente, pero se manipularon para asegurar que la mayoría de diputados fuesen Canovistas, inaugurando la práctica electoral habitual de la Restauración. En Junio se aprobaba la Constitución que será, hasta el momento, la más duradera de la historia de España, pues Estará vigente hasta la dictadura de Miguel Primo de Rivera, en 1923. Fue Elaborada por Cánovas del Castillo. Era más avanzada que la de 1845, pero más conservadora Que la de 1869. Se caracterizó por su flexibilidad Y breve contenido, 13 títulos y 89 Artículos. Algunas cuestiones, al ser discutibles, como el modelo de sufragio, Quedaron supeditadas a un desarrollo legislativo posterior.

 Sus rasgos fueron:

·Establecía La soberanía compartida entre las Cortes y el Rey.

·
El Rey, cuyos Derechos eran indiscutibles, estaba por encima Del gobierno y de las Cortes, poseía atribuciones muy amplias: nombraba al Presidente y a los miembros del Consejo de Ministros, ejercía como jefe supremo del Ejército para acabar Con el golpismo; y poseía potestad Legislativa, derecho de veto y facultad de disolver Cortes.

Cortes bicamerales

. El Congreso de los Diputados era Elegido por votación popular (primero por sufragio censitario y después por el Universal masculino); el Senado Estaba compuesto por senadores de derecho propio (Grandes de España y altos Cargos del Ejercito, la Administración y la Iglesia), senadores vitalicios Nombrados por la Corona y senadores elegidos por corporaciones del Estado y por Los mayores contribuyentes. Compartían con el Rey la iniciativa legislativa.

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Derechos fundamentales Eran similares a los de la Constitución de 1869 (derecho de reuníón, asociación E imprenta), sin embargo, la mayoría se regularon por leyes posteriores.

·La religión católica era la oficial del Estado, aunque se toleraban otras, siempre que no se produjeran manifestaciones Públicas.

·Otras Cuestiones, como la administración de justicia o la articulación de la vida Municipal, se remitían a un desarrollo legislativo posterior.

El reinado de Alfonso XII (1874-1885) supondrá un período de estabilidad Política, regido por los valores conservadores de orden, propiedad y Monarquía. La mayor parte de este reinado estará en manos de los conservadores, Y se caracterizará por la no Intervención del Rey en la actividad política, aunque en algunos momentos Se le requiera, como hicieron los nacionalistas catalanes al entregarle el Memorial De Agravios
. Alfonso XII será jefe supremo de las Fuerzas Armadas Y nombrará a los jefes militares. Su popularidad se acrecentará tras su boda Con su prima María de las Mercedes y su temprana viudedad. Su segunda esposa, María Cristina de Habsburgo-Lorena, se convertirá en Reina regente tras la Prematura muerte de su marido, hasta la mayoría de edad de su hijo Alfonso XIII.

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