Absolutistas cortes de Cádiz


Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Las Cortes de Cádiz se reunieron en plena Guerra de la Independencia, dando comienzo con su obra a la Revolución liberal burguesa en España aprovechando el vacío de poder. Se propusieron crear un marco legal que permitiera pasar de una sociedad estamental a una liberal y acabar con el Antiguo Régimen.
Tendencias políticas en las Cortes de Cádiz.-La Junta Suprema Central asumíó tres funciones:
Organización de la resistencia:mando militar, organización del ejército, suministros y contactos con ingleses y portugueses.
Reorganización política y administrativa del país español central.

Promoción de una convocatoria a Cortes que decidieran sobre reformas necesarias y dieran a España una Constitución. Respecto a la tercera medida, se consulta a las autoridades y a los ciudadanos sobre los remedios a los males de la Patria. Se crea una «Junta de Ordenación» o «Comisión de Cortes» para llevar a cabo los temas principales: limitación del poder real, participación de la nacíón en el poder legislativo, derechos individuales y reformas sociales. -La Junta Suprema Central decide que los diputados serán elegidos por sufragio universal de varones mayores de 25 años y que habrá unas Cortes bicamerales. La Junta Central criticada por los sectores reaccionarios decide autodisolverse y el gobierno entrega un «Consejo de Regencia» compuesto por cinco miembros de talante claramente conservador: el obispo de Orense, Saavedra, Castaños, Escaño y Lardizábal. Muchas provincias ocupadas por los franceses no pudieron enviar representantes y buscaron suplentes en Cádiz. El ambiente liberal de esta ciudad propició que la mayoría de los diputados eran eclesiásticos, a continuación representantes de la burguésía como abogados, funcionarios, profesores, comerciantes y profesiones liberales, aunque también militares y nobles. Entre las opiniones todas eran liberales y el ambiente revolucionario y patriótico de Cádiz, la ciudad más cosmopólita del país, permitíó que el ideario liberal pudiera concretarse en la legislación aprobada. Los diputados patriotas estaban agrupados en dos tendencias:
Absolutistas o serviles, que defendían la soberanía real y la vuelta al Antiguo Régimen.
Liberales, la mayoría, partidarios de la soberanía nacional, querían aprobar una Constitución, siguiendo el ejemplo de la Constitución francesa de 1791. Destacaron entre ellos Diego Muñoz Torrero, José Canga Argüelles y Agustín Argüelles.

La Constitución de 1812

La primera Constitución española se promulgó el 19 de Marzo de 1812, día de San José; por eso se la conoce como la Pepa. La Constitución o ley fundamental es muy larga, se compone de un discurso preliminar y 384 artículos, que establecen la forma de Estado, de gobierno y los derechos y deberes de los españoles. En ella aparece la idea de nacíón española, definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin distinción entre los españoles de los dos hemisferios. La Nacíón unitaria se declara libre e independiente. La forma de Estado sería una monarquía -en la persona de Fernando VII- pero parlamentaria o constitucional. Sus principios fundamentales son:
Soberanía nacional, por la cual el poder está en el pueblo a través de sus representantes en Cortes.
Derechos fundamentales del individuo, como la libertad de expresión y prensa, la igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad. Estos derechos son considerados legítimos y naturales.
División de poderes en
Legislativo. Corresponde a las Cortes, que son unicamerales y gozan de amplios poderes. El Rey no puede suspenderlas ni disolverlas pero sí sancionar y promulgar las leyes, y conserva el derecho de veto suspensivo temporal.
Ejecutivo. Corresponde al Rey, cuya persona es sagrada e inviolable, pero está sometido a ciertos límites. No es responsable, pero sí sus ministros.
Judicial, que recae en los tribunales de justicia. Se establecen los principios básicos de un estado de derecho, con garantías.
Sufragio universal masculino indirecto. Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por dos años; puede serlo cualquier español mayor de 25 años; pero se requiere disponer de una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios (sufragio censitario).
Estado confesional, en el que la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.
Igualdad ante la ley. Todas las personas podrán acceder a un cargo público si su capacidad es adecuada; se valora el talento personal y no el nacimiento o el título. Es el fin de los privilegios de la sociedad estamental. Es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a la riqueza.
Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.
Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria. Con otros Decretos socioeconómicos (como la abolición de la Mesta, de la Inquisición, de los gremios, de los señoríos jurisdiccionales, de los mayorazgos y la desamortización de tierras comunales), los liberales gaditanos querían realizar reformas para liquidar los fundamentos económico-jurídicos del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden liberal en España.

Primera guerra carlista

entre 1833-1839 en EspañaContendientes: los carlistas (partidarios de don Carlos) contra los liberales (partidarios de Isabel II)Causas: durante la última década de reinado de Fernando VII, surgen desavenencias dentro de las filas absolutistas debido a la sucesión al trono, que tendrán fuertes repercusiones posteriores. Debido a la falta de heredero a la Corona, los sectores mas intransigentes se agrupan alrededor de don Carlos, hermano del rey, que ve sus esperanzas se reducen tras el nacimiento de la princesa Isabel en 1830. Esto dio lugar a la promulgación por parte del rey de la Pragmática Sanción, que abolía la Ley Sucesoria que prohibía el mandato a las mujeres. Tal medida resultó en la división de la sociedad en dos bandos, que se enfrentarían en la Primera Guerra Carlista tras la muerte de Fernando VII en 1833:Los carlistas, absolutistas y campesinos partidarios de la ley Sálica que apoyan el gobierno de Carlos María Isidro. Esto tuvo más importancia en el País Vasco, Cataluña, sur de Aragón y sobre todo Navarra. Su lema era Dios, Patria y Fueros, defendían la tradición, la vuelta al absolutismo y al Antiguo régimen junto con una defensa de las leyes locales (fueros).Guiados por personajes como el general Zumalacárregui, Maroto y Cabrera, y el cura Merino, recibieron el apoyo moral de las potencias de la Santa Alianza.Los isabelinos liberales (moderados y progresistas), burgueses y miembros del ejército que defendían la Pragmática Sanción y el reinado de Isabel Cristina. El liberalismo quería una constitución única para todo el territorio con la adaptación de los fueros al régimen liberal, lo que implicó la supresión de ciertos privilegios (aduanas, etc.) para evitar los conflictos con el estado central. Destacan generales como Narváez, Espartero y guerrilleros como Espoz y Mina.Consecuencias: El éxito de Espartero con el Convenio de Vergara le supuso la regencia tras la abdicación de MªCristina. Sin embargo, la guerra perdura hasta 1840 con Cabrera en el Maestrazgo, aun quedaba un sector que no aceptaba la paz firmada.La reina sancionaba una ley el 25 de Octubre de 1839 que confirmaba los fueros de las Provincias Vascongadas y Navarra.La subida al poder de los progresistas en 1841 trajo consigo cambios: se suprimieron las aduanas interiores y se trasladaron a la costa, se establecieron juzgados de primera instancia y otros de menor importancia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *