Constitución del citoplasma

EL REINADO DE ALFONSO 12:La vuelta de los BorbonesTras el golpe de general Pavía, en enero de 1874, se estableció un régimen militar bajo la presidencia del general Serrano, éste formó un Gobierno integrado por demócratas radicales y militares, que concentró todo su esfuerzo en sofocar los últimos focos cantonalistas, hacer frente al carlismo y restablecer el orden público. Se fueron eliminando los últimos focos republicanos y el sistema se convirtió en una dictadura personal. El Gobierno movilizó nuevos contingentes para el ejército y aumentó los impuestos.El 9 de enero a su llegada a España el Rey ratificaba a Cánovas que comenzó una acción de gobierno encaminada a la eliminación de las decisiones más radicales del Sexenio, la redacción de una nueva Constitución y la pacificación del país.Entre las primeras decisiones del gobierno Cánovas, hay que destacar la sustitución de gobernadores civiles, presidentes de Diputación y alcaldes por hombres afines a la Corona. Se restituyó en sus empleos, nombramientos y grados a militares y funcionarios que los habían perdido en el Sexenio, y se condecoró a los jefes y servidores de la causa alfonsina. Se decretó el cierre de periódicos, en especial de tendencia demócrata y republicana, y se dieron órdenes estrictas a los gobiernos civiles para el mantenimiento a ultranza del orden público y el control de elementos de la oposición. También se aprobaron nuevos procedimientos y tribunales para los delitos de imprenta. Se eliminaron el matrimonio civil, los juicios con jurado y se restableció el Concordato de 1851, devolviendo a la Iglesia los pocos bienes aún no vendidos y la garantía de las aportaciones del Estado a la Iglesia católica, incluido el presupuesto de culto y clero.Se trataba de una vuelta al pasado pero la aplicación de las medidas represivas fue selectiva y, en general, suave. Además, se dictó una amplia amnistía y se mantuvo el contacto con los líderes progresistas y demócratas para conseguir la aceptación de la Monarquía.——Antonio Cánovas del Castillo, clave de la Restauración, fue una persona polifacética; jurista, historiador, periodista, escritor y conferenciante, orientó su principal actividad hacia la política.. A partir de esta afirmación construyó su doctrina política y fijó los pilares del sistema:–Corona: A lo largo de la historia de España la monarquía había sido una institución permanente, pero además la clave de la Restauración se basaba en el regreso de una monarquía legítima.–Cortes: Junto con el monarca son la otra institución permanente como representación de la voluntad nacional.–Constitución: Aunque en otros tiempos no estuviese escrita es necesaria para el funcionamiento de la vida política.–Turno de partidos: Siguiendo las lecciones del parlamentarismo inglés, donde dos partidos fuertes se alternan en el poder de forma pacífica.–Habría que añadir a estos cuatro pilares básicos el Ejército, sometido al poder civil y garante del orden y la seguridad, y la Iglesia católica que habría de servir de referente moral de la sociedad.



La Constitución de 1876

La gestación de la Constitución se inicia en 1875. Una asamblea de ex senadores y diputados monárquicos elegidos por el propio Cánovas, encargó en mayo, la elaboración de un borrador a una comisión encabezada por Manuel Alonso Martínez. Esta reunión de notables fue el origen del Partido Liberal Conservador. En diciembre se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal, tal como establecía la carta vigente de 1869, pero estas fueron manipuladas desde el ministerio de la Gobernación por el ministro Romero Robledo, para asegurar una mayoría canovista. Con una elevadísima abstención, superior al 45% 331 de los 391 diputados elegidos eran gubernamentales. No es extraño que, meses después, el texto presentado por Cánovas fuese aprobado sin grandes cambios.La constitución de 1876 pretendía ser una síntesis de los textos de 1845 y 1869. Por eso era un texto de contenido ecléctico, con el objeto de permitir gobernar de manera estable a todas las tendencias y de alejar el retraimiento político y los pronunciamientos. Representa además un claro ejemplo del liberalismo doctrinario decimonónico. Los principales aspectos del texto eran los siguientes:a) La soberanía es compartida, la potestad de hacer leyes reside en las Cortes con el Rey.b) La declaración de derechos es muy amplia, recogiendo las conquistas de 1869, pero como en 1845 su concreción se remite a las leyes ordinarias que tendieron a restringirlos.c) El poder legislativo corresponde a las Cortes y al Rey, y la Corona tiene la potestad de sancionar las leyes, de vetar por una legislatura una Ley y de disolver las cámaras, en cuyo caso debe convocar nuevas elecciones en un plazo máximo de tres meses.d) Las Cortes son bicamerales, con una Cámara Alta compuesta de tres tipos de senadores: por derecho propio, por designación real y elegidos por las corporaciones y los mayores contribuyentes. Los diputados del Congreso son elegidos por sufragio directo, pero la Constitución no fija el sistema de votación.e) El poder ejecutivo lo ejerce la Corona a través de los ministros que responden ante las cámaras. El Rey elige libremente al jefe de Gobierno, que no es responsable frente a las Cortes.f) El poder judicial queda reforzado en su independencia y quedan suprimidos los fueron vascos.g) Ayuntamientos y Diputaciones quedan bajo el control gubernamental y se remite su funcionamiento a leyes orgánicas.h) La cuestión religiosa fue una vez más polémica. Se resolvió mediante el reconocimiento de la confesionalidad católica del país y la garantía del sostenimiento del culto y clero, a cambio de una libertad de creencias.

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