Decreto de abolición de los Fueros vascos 1876

TEXTO 6: LEY DE 21 DE Julio DE 1876.
1.-Clasificación:
El origen del texto es Fuente Histórica Primaria, texto de época, perteneciente al final de 
la IIIª guerra carlista en el País Vasco en los inicios de la Restauración borbónica con 
Alfonso XII.
El contenido del texto es jurídico-político, es una ley que afecta al sistema foral vasco.
Su autor es colectivo, participa el monarca Alfonso XII junto a las Cortes con su 
presidente Antonio Cánovas del Castillo, se trata de una soberanía compartida.
El destinatario de la ley son los territorios vascos con una finalidad pública al tratarse de 
un texto jurídico y además publicado en el boletín oficial La Gaceta de Madrid.
Datado el 21 de Julio de 1876 y publicada en la Gaceta el 25 de Julio del mismo año, en 
Palacio (Madrid).
2.-Análisis:
La ley se promulgó tras el final de la tercera guerra carlista, segunda en el caso vasco, y 
decreta el final del sistema foral vasco.
Alfonso XII informa la ley elaborada y aprobada por las Cortes, donde extiende a las 
provincias vascas los deberes de la constitución, eliminando los privilegios y 
exenciones correspondientes a la exención fiscal y militar (art.1).
En el art.2, suprimen la exención militar haciendo extensible el servicio militar y la 
aportación de un cupo de hombres al ejército y en el art.3 establece que las provincias 
vascas deben pagar y aportar los impuestos al Estado, eliminando la exención fiscal.
Además el gobierno puede reformar las leyes de los Fueros cuando lo juzgue necesario 
(art.4).
3.-Contextualización
En esta tercera guerra carlista, segunda para los territorios vascos, destacó la 
participación activa del clero vasco y algunas partidas fueron lideradas por curas, 
destacando la actuación del Cura Santa Cruz, personaje controvertido, incluso entre las 
propias filas del carlismo.
El desarrollo de conflicto fue similar al anterior, donde los carlistas se hicieron con las 
zonas rurales mientras que las ciudades se manténían liberales. Finalmente los carlistas 
fueron derrotados en la batalla de Montejurra (Estella) en 1876 y como castigo se aplicó 
la Ley de Abolición Foral de 1876.
Esta ley daba por concluida la vida de los fueros vascos, eliminando los privilegios 
forales que pervivieron a la regencia de Espartero, es decir, la exención militar y la 
exención fiscal.
La abolición foral supuso la obligación de asistir al servicio militar y de aportar 
impuestos al Estado, sin embargo, el tema económico sufríó modificaciones en 1878 
con las negociaciones entre las diputaciones vascas y el presidente del gobierno 
Cánovas del Castillo. Fruto de estas negociaciones se creó el Concierto Económico que 
concedíó una autonomía fiscal y administrativa a las provincias vascas. Este concierto 
permitíó a las diputaciones provinciales vascas fijar y recaudar sus propios impuestos y 
una parte de lo recaudado era enviado a las arcas del Estado, era el denominado cupo.

Contexto hº.
La Tercera Guerra Carlista 1872-1876 estalló en el Sexenio Democrático y finalizó en 
los inicios de la Restauración borbónica.
La revolución de 1868 conocida como “La Gloriosa” acabó con el reinado isabelino y 
dio inicio a un periodo democrático que se caracterizó por la inestabilidad política 
salpicada de varios conflictos armados.
El gobierno provisional de los revolucionarios buscó una monarquía que no fuera 
borbónica y eligieron a un rey extranjero en la persona del italiano Amadeo de Saboyá, 
este nombramiento alentó los ánimos de los carlistas que deseaban al nieto de Carlos 
María Isidro como rey al trono español con el título de Carlos VII.
A esta motivación sucesoria se le uníó otra de carácter religiosa, la instauración de la Iª 
República española (1873) conllevó el establecimiento de un estado laico que chocaba 
con el fuerte sentimiento religioso católico de los carlistas.
La defensa de los fueros vascos paso a un segundo plano, ya que estos fueron 
respetados por los demócratas liberales.
Los carlistas aprovecharon la existencia de otros conflictos armados como la guerra en 
la colonia de Cuba y la revolución cantonalista para dar inicio a su levantamiento 
armado que finalizó con el nombramiento de Alfonso XII como monarca español.
4.- Importancia del texto.
La ley se aplicó tras la derrota de los carlistas como un castigo a las provincias vascas, 
y así uniformizar y centralizar el país.
Finalizaba la vida del sistema foral vasco pero se iniciaba una nueva formula 
económica, que aunque en su nacimiento fue algo temporal, actualmente esta recogida 
como un derecho en el estatuto vasco de 1979.

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