Evolución de la Monarquía Ibérica y su Influencia en la Economía y Legislación de las Colonias Americanas

Economía Periférica y su Impacto en las Colonias Americanas

Características de la Economía Colonial

La economía de las colonias americanas se caracterizó por su dependencia de la metrópoli española. Este modelo económico, conocido como economía periférica, se basaba en la extracción de materias primas de las colonias para su envío a España, a cambio de productos manufacturados.

El control económico ejercido por España se manifestó en un monopolio de la actividad económica, lo que limitó el desarrollo de las colonias y provocó una desmonetización crónica.

Primacía de la Minería y Escaso Desarrollo del Mercado Interno

La primacía de la minería fue otro rasgo distintivo de la economía colonial. Los principales asentamientos españoles se establecieron en zonas ricas en minerales, como oro y plata. Alrededor de la minería surgieron actividades económicas subsidiarias, como la agricultura y la ganadería, pero en menor medida la industria textil.

Las grandes distancias y la falta de infraestructura de transporte dificultaron el comercio entre las colonias, lo que resultó en un escaso desarrollo del mercado interno.

Instituciones Españolas y su Influencia en América

Evolución de la Monarquía Ibérica

La historia de España se caracteriza por una sucesión de diferentes pueblos y culturas que han dejado su huella en la península. Desde los griegos, fenicios y romanos, hasta los visigodos, francos y las poblaciones celtas e iberas, España ha sido un crisol de influencias.

Periodo Hispano-godo

El primer reino organizado en España fue el periodo hispano-godo. Los visigodos elegían a su rey y lo deponían mediante la violencia, lo que generó un periodo de luchas internas.

Periodo Hispano-moro

Tras la llegada de los musulmanes a la península, se estableció el periodo hispano-moro. El califato islámico se basó en la fuerza militar y la religión, y su dominio terminó en 1492 con la reconquista española.

Periodo de los Reyes Católicos

Con la unión de los reinos de Castilla y Aragón bajo los Reyes Católicos, se introdujo el concepto religioso en el gobierno. Durante este periodo se produjeron persecuciones a judíos y moros.

Periodo Hispano-hausburgo

El periodo hispano-hausburgo se caracterizó por la descentralización política y el respeto al derecho divino y natural. Los reyes de la Casa de Habsburgo tenían un gobierno absoluto, con los tres poderes en sus manos. Las Cortes perdieron importancia tras la derrota de los comuneros por Carlos I de España y V de Alemania.

Periodo Borbónico

Durante el periodo borbónico, España implementó reformas administrativas, como la creación de intendencias. En este periodo se produjo la Revolución de Mayo en Argentina, que marcó el inicio del proceso de independencia de las colonias americanas.

Periodo Hispano-Bonaparte

La invasión napoleónica de España dio lugar al periodo hispano-Bonaparte. José Bonaparte, hermano de Napoleón, fue colocado en el trono español, mientras Fernando VII se encontraba prisionero.

Periodo Republicano

Tras la derrota de Napoleón, Fernando VII regresó al trono, pero se enfrentó a un periodo de inestabilidad política. El periodo republicano, de 1820 a 1823, fue un breve interludio en el que se estableció una república en España.

Legislación Indiana

La legislación que rigió en las colonias americanas se basó en el derecho español, que a su vez estaba compuesto por diferentes fuentes, como el derecho romano, el derecho canónico y el derecho visigodo. Las disposiciones específicas para las Indias se plasmaron en cartas reales, instrucciones y reales cédulas.

Fuero Juzgo

El Fuero Juzgo fue un código legal que tuvo gran influencia en el derecho español. Contenía disposiciones sobre derecho privado y establecía principios como la finalidad del rey y la autoridad para el beneficio del pueblo.

Fuero Real

El Fuero Real fue una adaptación de otros fueros municipales y del Fuero Juzgo. Se promulgó durante el reinado de Alfonso X y sirvió como texto legal en los tribunales reales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *