Grupos ideológicos de las cortes de Cádiz

1. Carácterísticas del liberalismo:


Frente al Antiguo Régimen surge un nuevo sistema que recibíó el nombre de Liberalismo, y que tuvo su punto de partida en la Revolución Francesa.Sus principios esenciales eran: 1º Desde el punto de vista político: -La soberanía no corresponde al rey, sino a la Nacíón. -El Estado es un conjunto de instituciones creadas para garantizar los derechos a los ciudadanos. -El rey no esta por encima de la ley, por lo que debe jurar la constitución. -Se suprime el régimen señorial. 2º Desde el punto de vista social. -Se suprimen los estamentos para establecer la igualdad de todos los individuos. 3º Desde punto de vista económico. -La actividad económica debe ser libre, espontánea, regulada por el libre juego de la oferta y la demanda en el mercado. Sus principios básicos son: la desamortización, la abolición de los monopolios y la supresión de los gremios.

1.1. Los grupos políticos en la España preliberal

Los grupos políticos que aparecieron en la España preliberal fueron: -Absolutistas: Defensa del rey, tierra y religión con arreglos de A. Régimen. -Afrancesados: Ven en Bayona el modo de disminuir el poder de la nobleza. -Jovellanistas: Propugnan la monarquía con Cortes, otorgando al pueblo la primicia. -Patriotas y revolucionarios: Necesario elaborar una constitución que recoja la soberanía nacional.

1.1.1.La figura política de Gaspar Melchor de Jovellanos:

Jovellanos era un excelente economista de la escuela Asturiana, que aposto por la potenciación de las fuerzas productoras de carbón, ya que este material es el producto básico del desarrollo de la Primera Revolución Industrial. Para ello hacían falta 3 premisas: convencer a las autoridades de la necesidad de una carretera que uniese Castilla con las cuencas mineras, el fomento de la educación a través de las Sociedades Económicas de Amigos del país y sacar el máximo partido de la teoría política fisiocrática. Jovellanos, escribíó su informe sobre la reforma agraria en 1795.


2. La carta otorgada de Bayona (1808)

El enfrentamiento entre Carlos IV y su hijo Fernando VII, era manifiesto a comienzos de 1808. Padre e hijo buscaron el apoyo de Napoleón para defender sus derechos. Ante esta situación, éste nombro a su hermano, José Napoleón, rey de España. Napoleón quiso asegurarle a su hermano el apoyo del sector reformista del país, instauro su simulacro de régimen constitucional. Con este objeto, convoco en Bayona una Asamblea de Notables con apariencia de Cortes. Los asambleístas se limitaron a formular observaciones por escrito. La Carta Otorgada de Bayona quedo retocada y perfilada el 8 de Julio. José I constituyo en Bayona su primer ministro en el que figuraban godoyistas y fernandinos.


3. Las cortes de Cádiz (1810-1814). 3.1. Los grupos ideológicos imperante en la Cámara

En las cortes de Cádiz (1810-1814) existieron 2 grupos ideológicos: – Absolutistas: Defensores de la soberanía real y de la sociedad estamental. – Jovellanistas: conjugar la soberanía del rey y la nacíón, y ejercer el papel político mediante una Cámara Alta. – Revolucionarios: Soberanía de la nacíón, una Constitución nueva y una sociedad renovada.

La tarea legisladora de las Cortes de Cádiz, destaca la abolición del régimen señorial para asentar un sistema liberal. Se abole la inquisición y se llevo a cabo reformas económicas.


3.3. La constitución de 1812. “La Pepa”

La constitución de 1812, es la primera en España, el pueblo le da el nombre popular de “La Pepa”. En su elaboración confluyeron ideas revolucionarias y de la Ilustración. En este periodo sucedíó en España: A) La monarquía absoluta da paso a la constitucional. B) Evolución socioeconómica que se precipita y se consolida.

El rey poseía el poder ejecutivo, mientras que el legislativo lo compartía las cortes. Las Cortes eran unicamerales: congreso, mediante sufragio universal indirecto, 25 años. La diputación es permanente. La religión es confesional. Se reconocen los derechos individuales de imprenta, inviolabilidad de domicilio, independencia y protección jurídica.


4. El Trienio Liberal (1820-1823). 4.1. La restauración de la Constitución de 1812 bajo el reinado de Fernando VII

Durante el Sexenio Absolutista, Fernando VII tuvo que enfrentarse a dos problemas: resistencia que opónían los partidarios liberales y rebeliones independentistas de las colonias americanas. El Coronel Riego proclamo la Constitución de 1812 tras su pronunciamiento en las Cabezas de San Juan. Al generalizarse el levantamiento, el Rey acepto la Constitución. Los gobiernos del Trienio Liberal (1820-1823) fueron cada vez más exaltados. Se agravo el problema económico y las malas relaciones con la Iglesia por la reforma y desamortización de sus bienes. El 7 de Abril de 1823 el Duque de Angulena al frente de “Los hijos de San Luis” entro y atravesó la península sin encontrar resistencia. Interviene Francia con el fin de restaurar el absolutismo a Fernando VII, abolir la Constitución y terminar con la anarquía. El rey se negó acompañar al gobierno a Cádiz por lo que fue incapacitado y se nombro un Consejo de Regencia. La caída de Madrid, el nombramiento de las Juntas Provinciales y las venganzas de absolutistas, llevaron a la derrota de Riego y la liberación del Rey en Cádiz, quien volvíó al poder Absoluto.
Para ello hacían falta 3 premisas: convencer a las autoridades de la necesidad de una carretera que uniese Castilla con las cuencas mineras, el fomento de la educación a través de las Sociedades Económicas de Amigos del país y sacar el máximo partido de la teoría política fisiocrática. Jovellanos, escribíó su informe sobre la reforma agraria en 1795.

2. La carta otorgada de Bayona (1808)

El enfrentamiento entre Carlos IV y su hijo Fernando VII, era manifiesto a comienzos de 1808. Padre e hijo buscaron el apoyo de Napoleón para defender sus derechos. Ante esta situación, éste nombro a su hermano, José Napoleón, rey de España. Napoleón quiso asegurarle a su hermano el apoyo del sector reformista del país, instauro su simulacro de régimen constitucional. Con este objeto, convoco en Bayona una Asamblea de Notables con apariencia de Cortes. Los asambleístas se limitaron a formular observaciones por escrito. La Carta Otorgada de Bayona quedo retocada y perfilada el 8 de Julio. José I constituyo en Bayona su primer ministro en el que figuraban godoyistas y fernandinos.

3.Las cortes de Cádiz (1810-1814). 3.1. Los grupos ideológicos imperante en la Cámara

En las cortes de Cádiz (1810-1814) existieron 2 grupos ideológicos: – Absolutistas: Defensores de la soberanía real y de la sociedad estamental. – Jovellanistas: conjugar la soberanía del rey y la nacíón, y ejercer el papel político mediante una Cámara Alta . – Revolucionarios: Soberanía de la nacíón, una Constitución nueva y una sociedad renovada. La tarea legisladora de las Cortes de Cádiz, destaca la abolición del régimen señorial para asentar un sistema liberal. Se abole la inquisición y se llevo a cabo reformas económicas.

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