La Constitución de 1812: Principios Fundamentales y Legado
Tras la invasión de España por Napoleón a comienzos de 1808 y la abdicación de los reyes Carlos IV y Fernando VII, se produjeron revueltas y un vacío de poder que fue ocupado por juntas patrióticas locales. Estas se organizaron en juntas provinciales y, a su vez, en una Junta Suprema Central. Sin embargo, esta última no pudo hacer frente a las derrotas militares ni al hostigamiento de los absolutistas, por lo que una regencia asumió el poder.
La redacción de la Constitución se inició simultáneamente a la Guerra de la Independencia, tras la convocatoria de Cortes Generales y Extraordinarias. Estas se reunieron en Cádiz, al ser la única ciudad no ocupada por el ejército francés. Tras un año y medio de discusión, la Constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812, razón por la cual se la conoce popularmente como La Pepa.
Los diputados buscaron aunar la tradición española con el nuevo espíritu revolucionario liberal. Entre sus principios más destacables se encuentran:
- Afirmación de la soberanía nacional: el poder residía en la nación.
- División de poderes: poder legislativo (Cortes unicamerales), poder ejecutivo (en manos del rey y del gobierno por él designado) y poder judicial.
- Elección de representantes a Cortes: mediante sufragio universal masculino indirecto (eliminando el sistema estamental).
- Reconocimiento de la igualdad ante la ley y de las libertades y derechos individuales: educación, libertad de imprenta, propiedad privada, inviolabilidad del domicilio, entre otros.
- Reconocimiento de la confesionalidad católica del Estado.
- Organización territorial del Estado: en municipios y provincias, gobernadas por ayuntamientos y diputaciones electivos.
- Creación de la Milicia Nacional: un cuerpo de ciudadanos armados para defender el liberalismo.
- Establecimiento de una monarquía moderada: el rey promulgaba leyes y poseía derecho de veto transitorio.
- Libertad económica: supresión de los gremios, abolición de los señoríos, libertad de cercado de tierras, libertad de industria y de contratación, desamortización de las propiedades de manos muertas, etc.
La Constitución tuvo una aplicación limitada debido a la guerra. La restauración absolutista de Fernando VII en 1814 la abolió, pero volvió a entrar en vigor durante el Trienio Liberal (1820-1823). Finalmente, quedó sin aplicación definitiva con la Década Ominosa (1823-1833). A pesar de su intermitente vigencia, su espíritu y programa sirvieron como una referencia fundamental a lo largo de todo el siglo XIX para el liberalismo universal y para las revoluciones liberales tanto europeas como americanas.
Las Desamortizaciones Eclesiásticas y Civiles en España
Uno de los principales problemas del sector agrario español del siglo XIX era la estructura de la propiedad de la tierra. Gran parte de las tierras pertenecían a la nobleza, el clero y los municipios, y a menudo permanecían improductivas al no ser trabajadas. Para solucionar esta situación, se implementaron las políticas de desamortización.
Las desamortizaciones consistieron en la expropiación forzosa y posterior puesta en el mercado, mediante subasta pública, de tierras y bienes que hasta entonces no podían ser vendidos, hipotecados o cedidos. Este proceso significó la transformación de estos bienes en mercancías, marcando el inicio de la transición de una sociedad estamental hacia una nueva sociedad de clases capitalista.
En el contexto de las desamortizaciones, se distinguen principalmente dos grandes fases. La primera corresponde a la desamortización de Juan Álvarez Mendizábal, iniciada durante la Regencia de María Cristina y que continuó durante la Década Moderada del reinado de Isabel II. En esta fase, la mayoría de los bienes desamortizados (expresados en millones de reales de vellón) pertenecían a la Iglesia, razón por la cual se la conoce como Desamortización Eclesiástica.
Los objetivos de la Desamortización de Mendizábal fueron:
- Pagar la deuda pública.
- Conseguir fondos para afrontar la Primera Guerra Carlista.
- Crear una clase media agraria de campesinos propietarios.
Sin embargo, estos objetivos no se consiguieron plenamente: las tierras desamortizadas fueron vendidas en grandes lotes y solo pudieron ser adquiridas por nobles y burgueses con suficientes recursos. Muchos campesinos vieron empeorar su situación con la subida del alquiler de la tierra por parte de los nuevos propietarios. Además, la deuda pública no se saldó completamente y los liberales entraron en un grave conflicto con la Iglesia Católica.
La segunda gran fase corresponde a la Desamortización de Pascual Madoz, iniciada durante el Bienio Progresista (1855-1856) y que se extendió a lo largo del siglo XIX hasta el final del reinado de Isabel II. Esta desamortización afectó tanto a bienes eclesiásticos (aquellos que no habían sido desamortizados previamente por Mendizábal) como a bienes civiles, principalmente los de los municipios (baldíos y tierras comunales). Por ello, no es del todo preciso denominarla únicamente Desamortización Civil. Sus objetivos principales, además de pagar la deuda pública, eran recaudar fondos para impulsar la industrialización del país, especialmente la construcción del ferrocarril.
El Proceso de Independencia de las Colonias Americanas
El proceso de independencia de la América continental hispana se desarrolló desde la Regencia en 1810 hasta el final del reinado de Fernando VII en 1833. Las causas de la independencia fueron variadas y complejas:
- Causas económicas: El monopolio comercial y la política comercial restrictiva de la metrópoli chocaban con los intereses de las élites criollas. Además, criticaban el continuo aumento de los impuestos.
- Causas políticas: Descontento por la marginación política y administrativa de los criollos. Todas las decisiones y la elección de las principales autoridades se tomaban desde la península.
- Influencia de las revoluciones americana (1776) y francesa (1789): Sirvieron como ejemplos en la lucha por las libertades y los derechos. Figuras como Bolívar conocieron de cerca lo ocurrido en Francia.
- Apoyo del Reino Unido: Gran Bretaña prefería países independientes en América para establecer un comercio libre.
- La ocupación francesa de la península: Dificultó las comunicaciones con las colonias y mantuvo ocupadas a las tropas españolas en la lucha por expulsar a Napoleón.
- La situación en España: Aunque los criollos formaron juntas que mantuvieron relaciones con Cádiz, ni las reformas impulsadas por las Cortes de Cádiz ni la Constitución de 1812 tuvieron un impacto significativo en las colonias americanas. Además, no reconocían a las autoridades representantes de la monarquía de José I Bonaparte.
El proceso de independencia de las colonias se desarrolló en cuatro grandes fases:
- El periodo de la Regencia (1810-1814): Coincide con la Guerra de Independencia en la Península. En América se creó un vacío legal, y las autoridades americanas no acataron la monarquía de José I Bonaparte, formando juntas desvinculadas de la Junta Suprema Central. Durante esta fase, se independizaron Paraguay y las Provincias Unidas del Río de la Plata (actual Argentina).
- El Sexenio Absolutista (1814-1820): Fernando VII inició una política de intransigencia hacia las colonias, enviando buques y soldados para sofocar las revueltas. Sin embargo, esta acción generó el efecto contrario, impulsando la expansión del movimiento libertador en América. En este periodo, se independizaron Chile y parte de la Gran Colombia (actual Colombia).
- El Trienio Liberal (1820-1823): El pronunciamiento de Riego en 1820 frenó el envío de nuevas tropas españolas a América, y las que ya se encontraban en las colonias quedaron aisladas.
La Constitución Democrática de 1869: Características Esenciales
En 1868, España experimentó una profunda crisis a la que el moderantismo no fue capaz de dar solución. Ante esta situación, otros partidos liberales, encabezados por los generales Serrano y Prim, se unieron para derrocar a Isabel II. Tras un levantamiento militar con amplio apoyo popular, conocido como la Revolución Gloriosa, la reina huyó del país.
Inmediatamente se estableció un Gobierno Provisional (1868-1871), presidido por el General Serrano, y se convocaron elecciones por sufragio universal masculino. En estas elecciones venció el Partido Progresista (liderado por el General Prim), cuya tarea inicial fue la redacción de una nueva Constitución.
Se trata de un texto de 112 artículos, influido por la Constitución belga y la de Estados Unidos. Entre sus aspectos más destacables se encuentran:
- Reconocimiento de la soberanía nacional de base popular (establecido en el Preámbulo).
- Forma de gobierno: Monarquía en la que el rey poseía atribuciones similares a las recogidas en constituciones anteriores, pero sujeto a la soberanía nacional, de la cual emanaban todos los poderes del Estado. Se planteó la necesidad de una nueva dinastía, distinta a la de los Borbones.
- División de poderes: Legislativo (Cortes bicamerales: Congreso y Senado, elegidas por sufragio universal masculino, aunque solo podían ser senadores los grandes contribuyentes y las “altas capacidades”), ejecutivo y judicial.
- Sufragio universal masculino: Considerado uno de los grandes logros de la Constitución.
- Amplios derechos individuales: Regulaba incluso aquellos no mencionados de forma expresa. Entre ellos destacaban la libertad de cultos (un aspecto muy controvertido), de reunión y asociación, de residencia, de enseñanza, de expresión y la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia.
- Establecimiento de la elección democrática de ayuntamientos y diputaciones provinciales.
Esta Constitución fue la más liberal de las promulgadas en España hasta la fecha y se encontraba a la vanguardia de las constituciones europeas de su tiempo. Es considerada la primera constitución democrática en España, debido al rol central otorgado a las Cortes, que no solo legislaban, sino que también controlaban al gobierno y al monarca. Además, se anticipó varias décadas a otros países europeos en cuanto a sus logros políticos y sociales.
Sin embargo, la Constitución de 1869 no contentó a todos: los republicanos la rechazaban por mantener la monarquía, los católicos por la libertad religiosa, y los librepensadores por el mantenimiento del culto oficial. Era, en cierto modo, demasiado avanzada para unos y no lo suficiente para otros. Tras el fracaso de la nueva monarquía, encarnada en Amadeo I de Saboya (1871-1873), en 1873 se estableció un sistema republicano en España (la Primera República), que procedería a elaborar su propia Constitución.