Decreto abolición fueros vascos 1876

LEY DE 21 DE Julio DE 1876
O LEY ABOLITARIA DE LOS FUEROSEl texto que vamos a comentar se trata de un fragmento de la ley de 21 De Julio de 1876, concretamente de 4 artículos, es la ley abolitaria De los fueros del País Vasco. Es un texto de tipo jurídico, porque Trata de una ley. Es de carácter político y es una fuente primaria. El autor es colectivo, los autores materiales son las cortes Españolas que habían redactado la constitución un mes antes, Alfonso XII tiene poder legislativo, que sanciona la ley, hijo de Isabel II que tras el manifiesto de Sandhurst restauró la monarquía Borbónica en España. Y por último el inspirador del texto es Cánovas del Castillo que es el artífice del sistema político de la Restauración, es por tanto un texto de carácter público. El texto Va dirigido expresamente a los habitantes de las provincias de Vizcaya, Guipuzcoa y Álava en primer lugar. En segundo lugar al Resto de los habitantes de España.(Contextualización) En cuanto al momento histórico es el comienzo de la etapa de la Restauración (1874-1902) con el rey Alfonso XII y el jefe de Gobierno Cánovas del Castillo.(Análisis) La idea principal del texto es abolir los fueros vascos, los Privilegios fiscales militares especialmente de las provincias de Vizcaya, Guipuzcoa y Álava, con el fin de lograr el principio de Unidad constitucional. En cuanto a las ideas secundarias en el primer Artículo expone la obligatoriedad de formar parte del ejército de La armada española y pagar impuestos en proporción a sus Posibilidades. Según esto los habitantes de las provincias vascas Entrarían en el sistema de Quintas para ser seleccionados para ir a La guerra. Por último en el artículo 4, se indica que el estado Hará las reformas necesarias .(Comentario) La llegada al liberalismo al País Vasco producirá la primera crisis Institucional de importancia. Será con la primera guerra carlista Cuando el problema foral llegue a su mayor nivel de conflictividad. El régimen foral vasco preserva la nobleza del campo y frenaba el Desarrollo económico de la burguésía comercial vasca.
El Final de la primera Carlistada culminará con el Convenio de Vergara Cuyo compromiso obligaba al gobierno liberal a respetar el régimen Foral. La nueva ley de 25 de Octubre de 1839 confirmaba los fueros Vascos, siempre y cuando no afectaran a la unidad constitucional.

En Navarra en 1841 se firma la Ley Paccionada que equivalía al final Del régimen foral. En las provincias vascas por el contrario, no se Conseguirá llegar a un pacto. Espartero intentará uniformizar la Nacíón mediante el decreto que abolía en la práctica de los Fueros, excepto el mantenimiento de la exención fiscal, y la no Aplicación al servicio militar en el territorio vasco. La abolición Definitiva del régimen foral vasco vendrá con la derrota militar Sufrida por los carlistas en 1876. Cánovas decidíó terminar con el Régimen foral presionado en gran parte por la opinión pública que Consideraba que los fueros habían sido la causa fundamental.

Tras La pérdida de los fueros en 1876 las diputaciones consiguieron un acuerdo económico para las tres provincias. Así en adelante Recaudarían sus impuestos y entre todas entregarían una parte al Estado, es el llamado Cupo que es la constitución del País Vasco Con el estado. Este sistema se prorrogó durante los años siguientes Hasta que se hizo definitivo en el año 2002 manteniéndose hasta hoy En día. Durante la Guerra Civil española tras la conquista de Bilbao en 1937, Franco declaró a Vizcaya y a Guipuzcoa provincias Traidoras, por lo que les suprimíó inmediatamente el concierto Económico manteniéndose en Navarra y Álava. En 1981 con el regreso De la democracia estas provincias recuperaron el concierto económico Y hoy en día se coordinan su propio sistema fiscal teniendo como Intermediario al gobierno vasco.(Valoración) Este texto pone fin al régimen foral que desde la Edad Media había Concedido una situación de privilegio respecto al resto de estado de Una serie de privilegios entre los más importantes eran la exención De impuestos y la no obligación de acudir al servicio militar. Solamente quedara vigente un aspecto de la parte económica que es el Concierto económico que posteriormente pasarán a los estatutos de La economía. La pérdida de los fueros será un tema vivido con gran Intensidad con la sociedad vasca y le da origen a un sentimiento Regeneracionista que más tarde toma forma de un partido político Que recogen las aspiraciones de recuperar la esencia vasca, fundado Por Sabino Arana (fundador del PNV)

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