Documentos Clave de la Historia Política Española: Restauración, República y Franquismo

Manifiesto de Sandhurst (1874)

Clasificación

Se trata de una fuente primaria con un claro carácter político. Su autor formal es Alfonso de Borbón, futuro Alfonso XII. Sin embargo, el verdadero autor del texto es Cánovas del Castillo, político de tendencia liberal moderada que durante los años del Sexenio Democrático encabezó la defensa de la vuelta de la Casa Real de Borbón a España. Cánovas pide a un joven Alfonso (18 años) que firme la carta, con el fin de restaurar la monarquía y crear un nuevo régimen que permita superar el fracaso que supuso el Sexenio Democrático y la situación de 1874 bajo la dictadura de Serrano y los enfrentamientos bélicos en Cuba, además de los problemas con el bando carlista y los rescoldos del cantonalismo. El destinatario es el público en general, con la intención de convencer a la nación de las intenciones, siempre dentro del liberalismo, del nuevo aspirante al trono español.

Análisis

La idea principal, que además queda enmarcada durante todo el texto, es el ofrecimiento del joven Alfonso de encabezar la Restauración borbónica en España. Además, aparecen otras ideas secundarias que tratan de afianzar o apuntalar esta idea principal.

En el primer párrafo, Alfonso destaca su legitimidad al trono. Alude a la generosidad de su madre por abdicar en él. Parece claro que Isabel II, «infortunada» después de haber sido repudiada y rechazada por sus años de mal gobierno con la Revolución Gloriosa de 1868, no parece la mejor opción para encabezar la Restauración borbónica. Por tanto, Cánovas la convence para que abdique en su hijo, tratando de ofrecer una nueva imagen de la corona, que represente todas las virtudes del liberalismo.

En los dos siguientes párrafos, Alfonso hace una defensa de un sistema monárquico parlamentario, tratando de dar a entender que solo a través de las Cortes, el pueblo puede ejercer su soberanía, y solo de forma parlamentaria, es posible solucionar los problemas que acarrea España.

En el cuarto y quinto párrafo, hace alusión a «que nuestra patria lo sea de verdad», y desea que sea como «las naciones más grandes y prósperas», haciendo clara la alusión a Gran Bretaña, donde existe un sistema monárquico parlamentario y haciendo patente la necesidad de erradicar de la política las nuevas ideas como el «carlismo» o el «federalismo», a las que tilda de «sofismas pérfidos», y volver a la tradición política, respetando la propia historia de España: un Estado monárquico y centralizado.

En el último párrafo, deja claras sus aspiraciones e intenciones políticas: monárquico, católico y liberal.

Es importante la declaración religiosa, ya que España a finales del XIX seguía siendo un país eminentemente católico.

Contexto Histórico

Tras el fracaso del Sexenio Democrático (monarquía de Amadeo I, I República), el pronunciamiento de Martínez Campos el 29 de diciembre de 1874 restableció la monarquía borbónica con Alfonso XII, en un clima favorable debido al desgaste de la dictadura de Serrano, la guerra carlista, la Guerra de Cuba y el cantonalismo. Cánovas del Castillo, artífice de la Restauración, encabezó un gobierno provisional y sentó las bases de un largo periodo constitucional que comenzó con la pacificación militar (fin de la guerra carlista en 1876 y Paz de Zanjón en 1878).

Ese mismo año se aprobó una Constitución de carácter conservador y flexible, que establecía soberanía compartida entre el rey y las Cortes, una monarquía con amplios poderes (incluido el ejecutivo y legislativo), y un Estado confesional que toleraba otros cultos. Aunque proclamaba un Estado constitucional, el sistema funcionó mediante el «turnismo», alternancia pactada entre el Partido Conservador y el Liberal Fusionista, basada en fraudes como el encasillado y el caciquismo. A pesar de estas irregularidades, fue el sistema constitucional más duradero de la historia de España.

Conclusión

A pesar de las grandes intenciones de Cánovas del Castillo, el sistema de la Restauración no consiguió resolver la mayoría de los problemas de España, entre otras cuestiones por las diferentes guerras a las que tuvo que hacer frente. Sin duda, la de más hondo calado fue la Guerra de Cuba (1895-1898) que dio lugar a la pérdida de las últimas colonias y a la aparición de una crisis identitaria en España. A esta siguieron otros problemas como la Guerra de África o la crisis económica tras la Primera Guerra Mundial, por lo que Alfonso XIII terminó cediendo el poder a Miguel Primo de Rivera, que instauró una dictadura que dio fin al periodo conocido como Restauración.

Manifiesto de Alfonso XIII (1931)

Clasificación

Texto de fuente primaria, histórico, de carácter político y público. Su autor es Alfonso XIII y aparece publicado en el periódico ABC. Va dirigido a toda la nación con el fin de anunciar la renuncia y exilio del monarca tras el resultado electoral de las elecciones municipales de 1931, que daban mayoría a los socialistas y republicanos en las principales ciudades.

Análisis

En el manifiesto, el monarca explica los motivos que le han llevado a la decisión de abdicar y abandonar el país.

En el primer párrafo, Alfonso XIII reconoce que ha perdido el apoyo del pueblo español. Pese a que los partidos monárquicos han obtenido la victoria en la mayoría de los ayuntamientos, la victoria de republicanos y socialistas en capitales importantes como Madrid y Barcelona se interpretó como una victoria del republicanismo a nivel nacional, ya que en el mundo rural predominaba todavía un sistema caciquil. Cree que esa pérdida de confianza no será muy duradera, ya que él siempre ha estado al servicio del pueblo.

En el segundo párrafo, el rey admite haberse equivocado. Sin duda, se refiere a su apoyo al pronunciamiento y después a la dictadura de Miguel Primo de Rivera, que alentó aún más el descontento general y el crecimiento de las posiciones antimonárquicas en España. Si bien también dice que lo que ha hecho ha sido sin «malicia», por lo que el pueblo le entenderá.

En el tercer párrafo, deja claro que es el rey de todos los españoles, y que él es un español más. Por lo que, aun cuando cree que podría intentar imponerse provocando con ello una guerra civil, renuncia a esta exigencia que provocaría un conflicto que enfrentaría a los españoles, y este no es su deseo. Alfonso XIII no renuncia a ninguno de sus derechos como monarca español. Afirma que son derechos acumulados por la historia, en cuanto el monarca es depositario de estos derechos y no puede, por tanto, renunciar a ellos.

En el cuarto párrafo, Alfonso XIII anuncia su renuncia al trono y su exilio voluntario hasta que se celebren las elecciones generales, que él considera que serán las que le restituyan en el trono, ya que las anteriores habían sido municipales y actuar en consecuencia con los designios del pueblo. El monarca pensaba que su exilio era temporal y realmente creía que su vuelta sería rápida.

En el último párrafo, se despide afirmando que su decisión la ha tomado con la intención de beneficiar a España al tiempo que cumple con su deber como Rey.

No existe en este manifiesto un reconocimiento claro de sus errores, pues, aunque hace referencia a sus posibles culpas, al mismo tiempo se disculpa añadiendo que no ha habido mala intención en ninguno de sus actos.

Contexto Histórico

Antes

Durante el reinado de Alfonso XIII, España vivió una profunda crisis del sistema político de la Restauración. En 1923, el rey apoyó el golpe de Estado de Primo de Rivera, estableciendo una dictadura que duró hasta 1930. La caída del dictador dejó al rey muy desprestigiado. En los años siguientes, la oposición republicana, socialista y regionalista ganó fuerza.

Durante

El 12 de abril de 1931 se celebraron elecciones municipales que, aunque no eran decisivas políticamente, se interpretaron como un plebiscito sobre la monarquía. Las candidaturas republicanas ganaron en la mayoría de las ciudades. El 14 de abril, ante la presión popular y el temor a una guerra civil, Alfonso XIII decidió marcharse de España sin abdicar oficialmente. Ese mismo día se proclamó la Segunda República.

Después

Tras la salida del rey, se instauró la Segunda República (1931-1936), que impulsó importantes reformas políticas, sociales y económicas. Alfonso XIII vivió en el exilio hasta su muerte en 1941. La monarquía no fue restaurada hasta 1975, con Juan Carlos I, tras la muerte de Franco.

Conclusión

Podemos decir que cuando el monarca redacta el manifiesto pensaba que su exilio sería de carácter temporal y que pronto volvería la institución monárquica a España. Sin embargo, España durante un periodo de casi 45 años careció de rey, primero con la II República, y posteriormente con la Guerra Civil y el Franquismo. Si durante la II República las razones están claras, no lo están tanto durante el Franquismo, ya que, con la Ley de Sucesión de 1947, el régimen proclama a España como reino. Sin embargo, Juan de Borbón, hijo del anterior, se alinea con la oposición franquista. Tampoco parecía que Franco tuviera intención de acabar con la dictadura sustituyéndola por una monarquía.

Ley de Responsabilidades Políticas (1939)

Clasificación del Texto

Texto de naturaleza jurídico-política. Se trata de un documento público (BOE) de fuente primaria publicado el 13 de febrero de 1939. Su autor es Francisco Franco, dictador que impuso lo que se denominaría franquismo desde el final de la Guerra Civil (1939) hasta su muerte el 20 de noviembre de 1975. El destinatario son los ciudadanos españoles y fundamentalmente las personas contrarias al régimen o que no se habían mostrado claramente favorables. Su finalidad es dar a conocer las responsabilidades políticas de quienes se hubieran opuesto al «Movimiento Nacional», así como las consecuencias que se derivan de esto.

Análisis

El texto es parte de una ley: la Ley de Responsabilidades Políticas, publicada el 13 de febrero de 1939 (modificada parcialmente en 1942 y derogada definitivamente en 1945).

(La Ley constaba de 88 artículos, 8 disposiciones transitorias y una disposición final derogatoria. Los tres artículos del texto están dentro del Título I, Capítulo I que contiene las Declaraciones Generales).

El artículo primero separa dos momentos: desde el 1 de octubre de 1934 al 18 de agosto de 1936, que afectaba a cuantos españoles participaron en los levantamientos de octubre de 1934; y otro, que condenaba a todos los que se opusieron activa o pasivamente al Alzamiento del 18 de Julio. Aquí nos encontramos con la contradicción de que los rebeldes levantados contra la legalidad republicana acusaban a su vez de sediciosos a quienes permanecían fieles a la República. Lo más significativo es el carácter retroactivo de la ley, en un periodo donde no había guerra, ni se puede identificar con lo que posteriormente se denominará Movimiento Nacional. Este hecho se oponía a cualquier norma legal. Lo que se persigue con este artículo es la criminalización del gobierno legítimo de la República y la justificación del levantamiento militar de 1936. También se condena a cuantos no lo apoyaron. El segundo momento es a partir de 1936, en el momento que se produce el golpe de Estado, condenando a quienes no solo no lo hayan apoyado, sino también a quienes no se hayan mostrado claramente partidarios de él («pasividad»). Sin duda, es llamativa esta condena que hacía que cualquier persona pudiera ser declarada enemiga y, por lo tanto, sufrir las consecuencias que esta ley determina. Esto condujo a delaciones que muchas veces no tenían otro fin que la venganza. También deja constancia del marco de aplicación de la ley, que afectará no solo a las personas físicas sino también jurídicas.

El artículo segundo condena a cuantos apoyaron al Frente Popular, así como a los partidos y asociaciones políticas que existían antes del Alzamiento. Con este artículo se acaba con la pluralidad política, así como con los partidos nacionalistas, a los que se denomina como «separatistas», y con ello también queda clara la idea unitaria y centralista del Estado, dando por terminado cualquier intento de autonomía por parte de las regiones. Quedará consolidada la dictadura de corte fascista que se implantará tras la guerra y que con esta ley está marcando ya sus bases fundamentales: un único partido, que será la Falange; un único pensamiento, el ideario del llamado Movimiento Nacional; y un solo líder, Francisco Franco.

El Artículo 3 privaba de sus bienes tanto a personas como a los organismos proscritos. Esta ley, juntamente con la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo del 1 de marzo de 1940, constituyen los soportes jurídicos de la represión del franquismo durante esta primera etapa del régimen. La puesta en marcha de este engranaje represivo y confiscador (confiscaba los bienes materiales de los acusados) que componían ambas leyes causó verdaderos estragos entre los vencidos y los «rojos», abriendo la veda para una persecución arbitraria y extrajudicial que en la vida cotidiana desembocó a menudo en el saqueo y el pillaje. La Ley se mostró tremendamente «eficaz». Hasta octubre de 1941 se habían abierto 125.286 expedientes y unas 200.000 personas más sufrieron la «fuerza de la justicia» de esta Ley en los años siguientes. Incluso decenas de expedientes siguieron su curso hasta 1966, cuando la ley ya había sido derogada. Las sanciones que la Ley preveía eran durísimas y podían ser de tres tipos:

  • «Restrictivas de la actividad», con la inhabilitación absoluta y en especial para el ejercicio de carreras y profesiones, que abrió un amplio y selectivo proceso de depuración.
  • «Limitativas de la libertad de residencia», que conllevaba la extradición a África, el confinamiento o el destierro.
  • «Económicas», con la pérdida total o parcial de algunos bienes determinantes o pago de multas.

Caer bajo el peso de esta Ley significaba, en realidad, la «muerte civil». Los afectados, condenados por los tribunales y señalados por los vecinos, quedaban hundidos en la más absoluta de las miserias. Si alguien era acusado por su vecino, práctica bastante común nada más acabar la guerra, comenzaba todo el «proceso judicial»: se nombraba un juez instructor que debería pedir informes sobre el presunto acusado «al alcalde, jefe local de la Falange Española Tradicionalista y de las JONSS, Cura Párroco y comandante del Puesto de la Guardia Civil del pueblo en el que aquél tenga su vecindad o su último domicilio». La Ley marcaba así el círculo de autoridades de ilimitado poder coercitivo e intimidatorio, que iba a controlar durante los largos años de la paz de Franco haciendas y vidas de los ciudadanos. El alcalde, el comandante de la guardia civil y el cura se convierten en ejecutores de esta ley, constituyéndose como una fuerza temible que abarcaba el dominio político, militar y religioso respectivamente.

Contexto Histórico

Antes

En 1936, tras la victoria electoral del Frente Popular, un sector del ejército liderado por Franco se sublevó contra la República, desencadenando la Guerra Civil (1936-1939). Durante el conflicto, ambos bandos cometieron represalias, pero el bando franquista fue preparando desde el inicio su estructura represiva.

Durante

En febrero de 1939, con la guerra prácticamente ganada por Franco, se aprueba la Ley de Responsabilidades Políticas. Su objetivo era castigar a todas las personas e instituciones que hubieran apoyado al régimen republicano desde 1934. La ley aplicaba castigos retroactivos, confiscaciones de bienes y penas de prisión o muerte.

Después

La ley se aplicó de forma masiva durante los primeros años del franquismo. Junto con otros instrumentos represivos, consolidó la dictadura de Franco, que se mantuvo hasta su muerte en 1975. Las víctimas de esta represión no fueron rehabilitadas oficialmente hasta muchos años después, especialmente tras la Ley de Memoria Histórica de 2007.

Conclusión

Se puede concluir que la aplicación de esta Ley será una de las piedras angulares de la represión franquista durante su primera etapa. Lo más execrable, por encima de su ideología totalitaria y antidemocrática, fue el ensañamiento y el aniquilamiento que se llevó a cabo con los que perdieron la guerra. La Ley de Responsabilidades Políticas de 1939 no fue la única norma represiva. El sistema represivo procesal levantado tras la guerra se mantuvo durante toda la dictadura. Cuando una Ley era derogada, otra reiteraba el carácter opresor de la anterior. Es lo que pasó, por ejemplo, con la Ley de Seguridad del Estado de 29 de marzo de 1941, que, derogada seis años después, fue sustituida por el Decreto-ley de 1947 de represión del bandidaje y terrorismo, que mantenía la pena de muerte para diversos y variados delitos. Otro instrumento básico de persecución fue la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo del 1 de marzo de 1940, que tuvo mayor duración, obsesionado como estaba Franco y los que ganaron la guerra con que los males de España se debían al comunismo y la masonería. En 1963, el Tribunal de Orden Público (TOP) asume una buena parte de las atribuciones que tenía el Tribunal especial de la Ley de 1940, derogado en 1964. El Tribunal de Orden Público (TOP), piedra angular de la represión en la última etapa del franquismo, sobrevivió al propio dictador, ya que fue disuelto el 4 de enero de 1977. A través de estas leyes y otras más, el carácter represivo del franquismo se mantuvo activo durante toda su vida. Quedaba clara que no había posibilidad de reconciliación, sino que se fomentó la persecución, así como la diferenciación entre los afectos al régimen y cualquiera que pudiera ser un potencial opositor.

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