Guerras Carlistas y Desamortizaciones en España

(Cortas) 1er pretendiente carlista: Carlos María Isidro, moderados y progresistas, líder moderado: general Narváez, partido progresista: general Espartero, líder unión liberal: general O’Donell. Etapa Isabel II y Constitución de 1845: década moderada (Largas) Causas y consecuencias de las Guerras Carlistas: Tras la muerte de Fernando VII y la abolición de la Ley Sálica mediante la Pragmática Sanción, se desata la 1ª Guerra Carlista entre los absolutistas, liderados por Carlos María Isidro (hermano del rey), y los liberales, respaldados por la Regente María Cristina en defensa de los derechos al trono de su hija. La guerra tiene su origen en la disputa dinástica y en el conflicto de ideologías políticas opuestas. El Carlismo encuentra apoyo en zonas rurales, especialmente en el País Vasco y Navarra, amenazadas en sus fueros. Recibe ayuda de potencias absolutistas como Rusia, Prusia y Austria. En 1840, el Convenio de Vergara pone fin a la guerra con la derrota de los absolutistas, preservando parte de los fueros de Navarra y las provincias vascas. La guerra impacta en las Desamortizaciones, ya que los ingresos se destinan a la guerra en lugar de reformas necesarias, contribuyendo a la inestabilidad del Estado liberal. Además, fortalece la presencia militar en la política y acentúa los problemas del ejército español, como la macrocefalia.

  • Diferencias entre moderados y progresistas:

Moderados: defienden la soberanía compartida entre la corona y las Cortes, con un sufragio censitario muy restrictivo. Sus derechos individuales son más limitados, concediendo mayor poder ejecutivo a la corona y manteniendo una fuerte alianza con la Iglesia. Reciben apoyo principalmente de la alta burguesía, terratenientes, jerarquía eclesiástica y sectores conservadores del ejército y las clases medias. Progresistas: Defienden la soberanía nacional representada por las Cortes, con un sufragio censitario menos restrictivo. Buscan derechos individuales más amplios, minimizando el papel de la corona y limitando la influencia de la Iglesia en el Estado. Reciben apoyo de la pequeña y mediana burguesía, así como de sectores más abiertos a reformas en el ejército, las finanzas y la industria, con una mayor presencia en las ciudades.

Constitución de 1845:

En una institución muy conservadora, se proclama la soberanía compartida entre la corona y las Cortes y se le da más peso al papel de la corona. Parlamento bicameral, donde los miembros del senado son nombrados directamente por la monarquía entre los notables del reino, los miembros del Congreso son elegidos por un sufragio censitario muy restringido. Derechos individuales más limitados. Se afianzó el apoyo económico del estado de la iglesia católica. El poder judicial subordinado al ejército. Los ayuntamientos pierden autonomía. En este periodo se acentúa el centralismo y la unificación de las leyes mediante la Ley Fiscal, Código Penal, Código Civil, creación de los gobernadores civiles y militares como delegados del gobierno, y creación de la Guardia Civil.

Desamortizaciones en España

(Cortas) Desamortización durante la Regencia de María Cristina: Mendizábal, Desamortización del Bienio Progresista: Madoz, reinado de Isabel II. (Largas) Concepto de desamortización: A principios del siglo XIX la agricultura era la base de la economía en España, pero el 70% de la propiedad era amortizada, es decir, no podía venderse, enajenarse ni repartirse en herencia, (por eso también se le llamaba bienes de manos muertas). La mayor parte de las tierras estaba en manos de la Iglesia y la nobleza, que vivían de sus rentas, sin invertir en reformas ni en modernización. La desamortización consistió en liberar esas propiedades para poder ponerlas en venta. Las tierras de la nobleza estaban vinculadas mediante el mayorazgo, con la desamortización son desvinculadas o liberadas (ahora se podrían vender y comprar), pero seguirán en manos de sus propietarios. Con los bienes de la Iglesia y de los ayuntamientos el Estado expropiaba las tierras amortizadas declarándolas bienes nacionales y después las vendían en subasta pública, pudiéndose pagar en efectivo o mediante papel o títulos de la Deuda Pública. Aunque entre sus objetivos estaba un mejor reparto de la tierra, creando una clase media agraria, esto no se cumplió sino que se beneficiaron nobleza y nueva burguesía terrateniente, afianzándose los latifundios y empeorando la situación de los jornaleros.

  • Desamortización de Mendizábal:

Conocida como Desamortización eclesiástica se inició durante la Regencia de María Cristina, siendo Mendizábal Ministro de Economía, y afectó principalmente a los bienes eclesiásticos. El Estado expropiaba las tierras y las vendía en subasta pública. Fue un proceso muy lento y se vendieron por precios muy bajos y al venderse en subasta pública al mejor postor provocó que las tierras volvieran a concentrarse en manos de los más ricos: nobleza y nueva burguesía terrateniente. Esta desamortización se aceleraba cuando estaban los progresistas en el gobierno y se paralizaba cuando gobernaban los moderados. Aunque entre sus objetivos estaba un mejor reparto de la tierra, creando una clase media agraria, esto no se cumplió sino que se beneficiaron nobleza y nueva burguesía terrateniente, afianzándose los latifundios y empeorando la situación de los jornaleros.

  • Desamortización de Madoz:

Conocida como desamortización Civil, 1855, se produce durante el Bienio Progresista, siendo Madoz Ministro de Hacienda, y afectó principalmente a los bienes municipales de propios y comunes. Con ellas los ayuntamientos y los vecinos en particular perdieron una fuente importante de ingresos. Aunque se intentó que parte de las tierras llegarán a los pequeños campesinos del municipio mediante el sistema de sorteo de Las Suertes, lo cierto es que éstas acabaron igualmente en manos de los grandes propietarios. Aunque entre sus objetivos estaba un mejor reparto de la tierra, creando una clase media agraria, esto no se cumplió sino que se beneficiaron nobleza y nueva burguesía terrateniente, afianzándose los latifundios y empeorando la situación de los jornaleros.

Guerra de Independencia en España

(Cortas) Guerra de independencia: entre España y Francia, ocupación francesa, conflicto de batalla de Bailén, a favor de José I: afrancesados, gobernó durante la guerra: José I, constitución en Cádiz, ideología: principios de ilustración y liberalismo. (Largas) Causas de la Guerra de Independencia: La posición española frente al nuevo gobierno francés fue variable, desde el rechazo con Floridablanca hasta la guerra con Francia tras la ejecución de Luis XVI, cuando Godoy se convirtió en primer ministro. Tras la Paz de Basilea en 1795, comenzaron 13 años de alianza entre Francia y España contra Portugal e Inglaterra, con la derrota española en la Batalla de Trafalgar en 1805. En 1807, Napoleón decretó el bloqueo continental contra Inglaterra, y Portugal, incumpliendo esto, firmó el Tratado de Fontainebleau con España, permitiendo la entrada de tropas francesas y acordando el reparto de su territorio. Sin embargo, estas tropas, bajo Murat, se desplegaron en territorio español. Ante la llegada de tropas francesas a Madrid, Godoy aconsejó a la familia real, en Aranjuez, trasladarse a Sevilla y, si fuera necesario, huir a América. Sectores de la Corte opuestos a Godoy, como el príncipe Fernando, lideraron el Motín de Aranjuez en marzo de 1808, considerando la huida como una rendición ante Napoleón. Bandos: ejército francés apoyado por los afrancesados apoyaban y reconocían a José I como rey – patriotas: no aceptan al nuevo rey y forman levantamientos y guerrillas. Apoyar a Napoleón: como parten ideas reformistas e ilustradas, era la oportunidad de modernización y además el ejército y gobierno francés tenía buena fama ya que era imposible derrotarlo. Características constitucionales: 384 artículos se proclama la soberanía nacional, monarquía constitucional, división de poderes. Eran cortes unicamerales, elegidas por sufragio universal masculino indirecto y para ser diputado había que ser propietario. Definía España como estado unitario, se reconocían los derechos y libertades de los ciudadanos, y la nación se dividía en provincias y municipios. El estado era centralizado con una fiscalidad común, un Ejército Nacional encargado de la defensa del país y Milicias Urbanas formadas por los ciudadanos, encargadas de la defensa del nuevo Estado Liberal; se establecía la educación primaria en todos los pueblos y se declaraba el Estado Confesional, reconociendo únicamente el ejercicio de la religión católica.

La Revolución Gloriosa en España

(Cortas) Monarca destronado en la revolución la Gloriosa: Isabel II, dinastía destronada: Borbones, etapa histórica entre 1868-1874 – Constitución de 1869 – Rey Amadeo I de Saboya – 1ª República Española: Sexenio Revolucionario, presidentes 1ª República: Figueras y Pi i Margall (Largas) Objetivos de la Revolución: El Pacto de Ostende, 1866, entre progresistas y demócratas, y más tarde unionistas, reflejaban la oposición no ya sólo al gobierno sino a su reinado. Dos años después, en 1868, el pronunciamiento del almirante Topete inicia la Gloriosa, una revolución que tiene como objetivo común destronar a Isabel II. Sin embargo, serán otros dos militares: Prim y Serrano quienes encabecen la revolución. Tras la victoria de Alcolea Isabel II abandonó el país. Aunque se formaron Juntas Revolucionarias por todo el país bajo los ideales republicanos y demócratas, el poder queda definitivamente en manos de unionistas y progresistas. En definitiva, en la revolución hubo varias opciones: Desde quienes querían sólo un cambio de gobierno y de dinastía manteniendo la monarquía, quienes optan por un cambio de régimen y quienes pretendían cambios sociales significativos. Pretendía y régimen dio lugar: (la de antes)+ Dio lugar 1 a la monarquía de Amadeo I de Saboya 1870-73 y 2 a la 1ª rep feb 1873-dic 1874. Características constitucionales de 1869: Se convocan elecciones mediante sufragio universal masculino para formar Cortes Generales. La mayoría de los diputados serán monárquicos. El resto, en minoría, eran republicanos y demócratas republicanos. De estas Cortes sale la Constitución de 1869, primera Constitución democrática. Recoge el sufragio universal masculino, amplias libertades individuales, Soberanía Nacional, Sistema Bicameral, se mantiene el culto católico pero se permiten otras religiones. Se establece la forma del Estado como Monarquía parlamentaria, el rey será elegido por las Cortes y después seguiría la línea sucesoria, sus competencias serían muy limitadas. División de poderes donde el legislativo reside en las Cortes, el ejecutivo en los Ministros y el judicial en los tribunales.

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