Historia de España: Constitución de 1869, Sexenio Democrático, Restauración y Fernando VII

Análisis articular de la Constitución de 1869

La Constitución de 1869 se redactó tras el triunfo de la Revolución Gloriosa de 1868, que expulsó del trono a Isabel II y dio origen al Gobierno Provisional presidido por el general Serrano y el general Prim. Las Cortes Constituyentes, elegidas por primera vez en la historia de España mediante sufragio universal masculino y de mayoría progresista, elaboraron este texto de 112 artículos que está considerado como la primera Constitución democrática española. Se inspiró en los precedentes liberales de 1812 y 1837, incorporando también influencias de la Constitución belga de 1831 y la estadounidense de 1787.

Respecto a la forma de gobierno, la Carta Magna de 1869 proclama de forma tajante la soberanía nacional y establece la monarquía parlamentaria como sistema político del Estado. No obstante, la figura del rey queda totalmente limitada en sus funciones, ya que no puede vetar las leyes ni intervenir en su elaboración, correspondiéndole únicamente promulgarlas. Durante el periodo transitorio en que el trono permaneció vacante, la Jefatura del Estado fue asumida por el general Serrano en calidad de Regente.

En cuanto a la división de poderes, el texto consagra una separación estricta entre los órganos del Estado. La potestad legislativa reside de manera exclusiva en unas Cortes bicamerales compuestas por el Congreso de los Diputados y el Senado, ambas de carácter electivo. El poder ejecutivo queda reservado al rey, pero ejercido obligatoriamente a través de un gobierno sometido al control parlamentario, mientras que el poder judicial queda encomendado en exclusiva a tribunales de justicia independientes.

La declaración de derechos de esta Constitución es la más amplia y avanzada del constitucionalismo decimonónico español. Además de reconocer las libertades tradicionales, introduce por primera vez la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, los derechos de reunión, manifestación y asociación pacífica, la libertad de residencia, de enseñanza, de industria y de expresión. Por lo que se refiere a la cuestión religiosa, la norma instaura la libertad de cultos en España.

Finalmente, el tipo de sufragio establecido para el Congreso de los Diputados, las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos fue el sufragio universal masculino para todos los varones mayores de 25 años. Para el Senado se aplicó también el sufragio universal, pero de carácter indirecto.

El periodo estuvo condicionado por los conflictos en Cuba, la Tercera Guerra Carlista y el cantonalismo. Tras el triunfo de la Revolución Gloriosa de 1868 y la aprobación de la Constitución de 1869 —que consagraba la monarquía parlamentaria democrática—, las Cortes eligieron a Amadeo I de Saboya en 1870. Su breve reinado fracasó por la inestabilidad política, el descontento social y el asesinato de su principal valedor, el general Prim.

Tras su abdicación, se proclamó en febrero de 1873 la Primera República Española, régimen caracterizado por una acusada inestabilidad institucional al sucederse cuatro presidentes en diez meses (Figueras, Pi y Margall, Salmerón y Castelar), en medio de la bancarrota estatal, la guerra carlista y la insurrección del cantonalismo.

En enero de 1874, el golpe de Estado del general Pavía dio paso a la regencia autoritaria de Serrano, concluyendo la etapa en diciembre de 1874 tras el pronunciamiento de Martínez Campos en Sagunto, que proclamó rey a Alfonso XII.

Análisis de la Viñeta Satírica de «El Motín» (27 de abril de 1884)

El análisis gráfico corresponde a una viñeta política publicada el 27 de abril de 1884 en las páginas del periódico El Motín. La composición ilustra a un alto cargo militar irrumpiendo en un cementerio y rompiendo los nichos de las sepulturas con la intención de despertar a las personas fallecidas e inscribirlas en las listas del censo electoral. La finalidad de la imagen es hacer una denuncia pública y humorística de la falsificación sistemática de las actas electorales y de la manipulación de urnas practicada durante el régimen de la Restauración Borbónica.

El desorden del Sexenio Democrático propició que las clases dominantes apoyaran la vuelta de la monarquía borbónica para garantizar la estabilidad política. Diseñado por Antonio Cánovas del Castillo, el sistema de la Restauración tomó como modelo el parlamentarismo británico con el objetivo de consolidar un régimen civil conservador y apartar al ejército de los pronunciamientos.

Su pilar normativo fue la Constitución de 1876, texto breve y flexible basado en la soberanía compartida entre el rey y las Cortes. El funcionamiento operativo del régimen descansó en el bipartidismo y el turnismo pacífico entre el Partido Conservador de Cánovas y el Partido Liberal de Sagasta.

La alternancia en el gobierno no se decidía en las urnas, sino que el monarca nombraba gabinete y se organizaba un fraude electoral sistemático mediante el pucherazo y la coacción ejercida por los caciques locales, configurando un sistema liberal de carácter pseudodemocrático.

La relevancia de las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812 y la reacción del absolutismo (1814-1833)

A) Análisis del texto

El texto es el Manifiesto de los Persas, una fuente primaria escrita en 1814 por 69 diputados absolutistas a Fernando VII, tras su regreso a España. Solicitan la derogación de la Constitución de 1812 y de las reformas de las Cortes de Cádiz, y la restauración del absolutismo. Su importancia radica en que influyó en Fernando VII, quien anuló la Constitución y restauró el Antiguo Régimen.

En el primer párrafo, los diputados critican las reformas liberales de las Cortes de Cádiz, alegando que no representan la voluntad de la nación y que han provocado desorden político.

En el segundo párrafo, defienden la monarquía absoluta, justificándola por la tradición y la ley divina, aunque afirman que el rey debe gobernar buscando el bien común.

En el tercer párrafo, piden restaurar las leyes y costumbres tradicionales, anular la Constitución de 1812 y reunir Cortes según el modelo del Antiguo Régimen.

B) Evolución del problema histórico al que se refiere el texto y su contexto

Tras las abdicaciones de Bayona y el inicio de la Guerra de la Independencia en 1808, se crearon juntas que asumieron el poder ante la ausencia de Fernando VII. En 1810 se convocaron las Cortes de Cádiz, que aprobaron reformas liberales y la Constitución de 1812, basada en la soberanía nacional, la división de poderes, la igualdad jurídica y los derechos individuales. Estas reformas pretendían acabar con el Antiguo Régimen.

La Constitución tuvo escasa vigencia debido a la oposición absolutista. En 1814, al regresar Fernando VII, el Manifiesto de los Persas le animó a derogar la Constitución y restaurar el absolutismo.

El reinado de Fernando VII se divide en tres etapas:

  • Sexenio Absolutista (1814-1820): el rey restauró el absolutismo y reprimió a los liberales, que intentaron recuperar la Constitución mediante pronunciamientos militares.
  • Trienio Liberal (1820-1823): el pronunciamiento de Riego obligó al rey a aceptar la Constitución. Se recuperaron las reformas liberales, pero la intervención de la Santa Alianza permitió restaurar el absolutismo.
  • Década Ominosa (1823-1833): Fernando VII volvió a abolir la Constitución y persiguió a los liberales. Al final de su reinado, el conflicto sucesorio entre Isabel, apoyada por los liberales, y Carlos María Isidro, apoyado por los absolutistas, preparó el enfrentamiento entre carlistas e isabelinos.

En conclusión, el reinado de Fernando VII estuvo marcado por el enfrentamiento entre liberalismo y absolutismo, que dificultó la construcción del Estado liberal en España.