Ideologias de diputados de las cortes de cadiz

Las Cortes de Cádiz:


Entre mayo y agosto de 1808 se habían formado en España juntas provinciales de defensa.
El mes de septiembre, alguno de sus representantes constituyeron la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, que asumió la regencia hasta la vuelta de Fernando VII, a quien tenían por el rey legítimo, y se negó a reconocer a José I Bonaparte, considerado como usurpador. La Junta Central se propuso como tarea prioritaria redactar una constitución para el Reino. A partir de este planteamiento se constituyeron dos bandos: el de los afrancesados y el de los resistentes patrióticas.
Estos últimos, a su vez, se subdividieron en dos facciones: por una parte, los liberales, que pretendían un régimen político basado en las ideas de la Revolución Francesa, por otra los absolutistas.
Integrantes de grupos sociales privilegiados (nobleza y clero

).//La constitución de las Cortes de Cádiz:

Mediante un complicado sistema de elecciones, fueron elegidos representantes de las ciudades más importantes (y de las diferentes juntas peninsulares, de las colonias americanas). En 1810 se convocaron las Cortes Generales de Cádiz.
Se reunieron 184 diputados de ideologías políticas diversas, aunque predominaban los que defendían las posiciones ilustradas o las claramente liberales. Los trabajos para redactar la constitución recibieron instrucciones directas del político ilustrado Gaspar Melchor de Jovellanos.//La constitución de 1812:
Las Cortes de Cádiz promulgaron una serie de decretos que abolían los fundamentos del Antiguo Régimen:
-Se decretó la libertad de imprenta, que suprimió la censura para los escritos públicos, pero no para los religiosos (1810).-Fueron abolidos los señoríos jurisdiccionales, a los que estaban sometidos más de la mitad de los españoles, desapareciendo, así, los conceptos de señor y vasallo (1811)-Fueron suprimidos los gremios, que impedían la innovación y la libre iniciativa económica, abriendo paso a relaciones económicas capitalistas (1813)-Se decretó la incautación y venta en  pública subasta de las tierras comunales de los municipios, de las órdenes militares y de los jesuitas (1813) como medida desamortizadora.-Fueron derogados los privilegios de la Mesta (1813), reconociendo el derecho de los pueblos a acatar sus tierras comunales y el de los vecinos sobre sus propiedades.-Fue abolida la Inquisición (1813), que impedía el normal desarrollo de la libertad de pensamiento y de la ciencia.

El 19 de marzo de 1812, tras casi dos años de trabajo, se aprobó la Constitución.
Sus 384 artículos regulaban con detalle todas las cuestiones relacionadas con la vida política y los derechos de los ciudadanos. Proclamaba la soberanía nacional, la monarquía constitucional y la función legisladora quedaba en manos de las Cortes, con una sola cámara, elegida por sufragio universal masculino. Para ser diputado se requería, sin embargo, ser propietario. Definía España como Estados unitarios  reconocía derechos y libertades políticas a todos los ciudadanos. Los diputados representaban a la nación, dividida  en provincias y municipios. Se fijaba un estado centralizado política y administrativamente; se disponía una fiscalidad común, un ejército-milicia nacional- formado por los ciudadanos. Establecía la educación primaria en todos los pueblos y declaraba al Estado Confesional, reconociendo únicamente el ejercicio de la religión católica./////El retorno de los Borbones: Fernando VII: a)La restauración de Fernando VII:
En 1814, Fernando VII regresó a España. Tanto os liberales como los  absolutistas esperaban con impaciencia el retorno del monarca. Conocido como ‘’el Deseado’’. Un grupo de setenta y nueve diputados de las Cortes de Cádiz de ideología absolutista entregaron al Rey un documento en el que solicitaban la restauración de la monarquía absolutista y la derogación de la Constitución de 1812. Este documento se conoce como el Manifiesto de los Persas//b)La derogación de la Constitución y el Sexenio Absolutista:
El 4 de mayo de 1814, Fernando VII aceptó esta propuesta de os absolutistas y decretó la derogación de la Constitución (golpe de estado del 4 de mayo). Se trataba dela primera reacción absolutista contra la incipiente revolución liberal.
El Rey, rodeado de antiliberales y con el apoyo del ejército, anuló la obra legislativa de las Cortes y promovió una dura represión contra los constitucionalistas, por lo que muchos de ellos tuvieron que exiliarse. Empezaba, así, lo que sería una constante en la historia española en los siglos XIX y XX, el exilio.
Comenzaba, así, un período de seis años en que iba a dominar el sector más reaccionario a la sociedad, con la Iglesia a la cabeza. Se restableció la Inquisición. La vuelta al absolutismo y al sistema señorial supuso la postración económica y la ruina de la Hacienda: mientras el gobierno estaba en manos de ‘’camarilla’ de ineptos amigos personales del Rey, América se independizaba y no llegaban los caudales de las Indias. Por otra parte el desprestigio de España en el extranjero era tal que no fue admitida en el sistema de tratados internacionales.//c)

El Trienio Liberal (1820-1823):

Entre 1814 y 1819 se sucedieron diversos alzamientos armados, pronunciamientos protagonizados por sectores militares partidarios de la Constitución de 1812, que siempre terminaron en fracaso (Porlier, Lacy, Mina) Pero en 1820, triunfó el encabezado por Rafael del Riego.
Riego proclamó la Constitución de 1812. Algunas ciudades , como A Coruña y Barcelona, se adhirieron a la insurrección. Fernando VII, pronunció sin convicción la frase ‘’ Marcharemos francamente, y yo el primero, por el camino constitucional’’. Se iniciaba así el período conocido como Trienio Liberal o Trienio Constitucional que se mantuvo de 1820 a 1823, en el cual Fernando VII reinó como monarca liberal en el contexto de una Europa absolutista.  Los tres años que duró el régimen liberal fueron el primer ensayo del gobierno constitucional de la historia de España. Se puso en práctica una política moderada y se intentaron llevar a cabo los principios que recogía la Constitución de 1812: libertad de prensa, derechos individuales (inviolabilidad de domicilio, derecho a voto, etc). La Iglesia, fue apartada de los órganos de poder. Los jesuitas fueron expulsados, y las órdenes monásticas, disueltas, expropiándose parte de sus posesiones territoriales. Se reanudó a venta de propiedades desamortizadas diez años antes. Aparecieron las sociedades patrióticas, especie de clubs de debate político y tuvo gran desarrollo la prensa como vehículo de la cultura liberal.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *