La cuestión social y el origen del Derecho del Trabajo: problemas, legislación y modelos europeos

ESQUEMA TEMA 2 – LA CUESTIÓN SOCIAL Y ORIGEN DEL DERECHO DEL TRABAJO

1. La cuestión social. Definición y evolución

Definición: La cuestión social es el conjunto de problemas sociales, económicos y políticos que aparecen con la Revolución Industrial y la Revolución Francesa. Por primera vez la pobreza y la miseria de los obreros no se ve como algo natural o querido por Dios, sino como consecuencia del nuevo sistema capitalista y liberal. Es cuando la sociedad se da cuenta de que el proletariado vive en condiciones inhumanas.

Elementos que la generan:

  • Económico: Revolución Industrial. Se pasa del taller artesano a la fábrica. El obrero pierde sus medios de producción y solo le queda vender su fuerza de trabajo. Jornadas de 14-16 horas, salarios de hambre, sin seguridad.
  • Social: Éxodo rural masivo. Miles de personas dejan el campo y se hacinan en las ciudades industriales (Manchester, Lille, Barcelona). Se rompen los gremios y las estructuras tradicionales. Aparece el proletariado como clase social nueva.
  • Político: La Revolución Francesa proclama libertad, igualdad y propiedad. Pero el liberalismo del Código Civil solo defiende la libertad de contrato. El obrero es «libre» para firmar pero en realidad está obligado a aceptar lo que le imponga el patrón. No hay igualdad real.

La evolución de la cuestión social:

  • Origen en la RVF (1789): se elimina el Antiguo Régimen, se proclaman derechos pero sin contenido social.
  • Década de 1830: explosión. Crisis económicas, revueltas obreras en Lyon (1831), cartismo en Inglaterra, etc. Aquí autores como Sismondi o Villeneuve empiezan a hablar de «cuestión social».
  • 1848: conversión en cuestión política. Revoluciones en toda Europa (París, Berlín, Viena). El Manifiesto Comunista de Marx y Engels. Ya no es solo pedir pan, es pedir derechos políticos, sufragio universal, derecho al trabajo y a asociarse.

2. Los problemas sociales de la proletarización

  • La pobreza: No es pobreza temporal por una mala cosecha. Es pobreza estructural. Familias enteras trabajando y aún así no pueden comer. Pauperismo. La describe Engels en La situación de la clase obrera en Inglaterra.
  • El trabajo infantil: Fundamental para entender la época. Niños de 6 a 10 años en minas de carbón, en fábricas textiles. Cobran 1/3 que un adulto, son más dóciles y caben en sitios pequeños. Sin escolarización, deformaciones físicas, accidentes.
  • El desarraigo: Concepto clave para el examen. El obrero pierde su pueblo, su familia extensa, su parroquia. Llega a la ciudad y no es nadie. Vive en barrios marginales (slums), en casas sin agua ni luz, una habitación para 6 personas. Esto genera alcoholismo como vía de escape, prostitución, delincuencia, y también la idea burguesa de «clases peligrosas». De aquí nace la necesidad de controlar y ayudar a la vez.

3. La legislación social

Es la primera respuesta del Estado. El Estado liberal decía que no debía intervenir en economía, pero tiene que hacerlo para evitar una revolución. Cada país busca una idea diferente:

Alemania – Idea del Estado Social

  • Idea del Estado social: El Estado no es solo policía que garantiza contratos, debe garantizar bienestar.
  • Lorenz von Stein (1850): Dice que el Estado solo es legítimo si hace política social. Si no ayuda a las clases bajas a ascender socialmente, habrá revolución. Introduce el concepto de «Estado social».
  • Julius Ofner: Da un paso más y formula el «Estado social y democrático de Derecho». No basta con que el Estado cumpla la ley, la ley tiene que tener contenido social y democrático.

Francia – Idea del derecho a la asistencia

  • RVF y asistencia de origen eclesiástico: Antes la Iglesia daba caridad. La Revolución nacionaliza los bienes de la Iglesia y el Estado tiene que asumir esa función.
  • 1793: La Constitución de 1793 (la jacobina, que nunca se aplicó) reconoce por primera vez el «derecho a la asistencia pública». Es un derecho del ciudadano, no una limosna.
  • 1796: Se crean las Oficinas de beneficencia para gestionar esa asistencia a nivel local.
  • 1847: Se encargan a los municipios los socorros. Es el sistema que durará todo el XIX en Francia.

Reino Unido – Idea de la legislación social

  • Derecho de pobres, siglo XVI: Inglaterra desde 1601 tiene Poor Laws. Si eres pobre y de tu parroquia, te ayudan.
  • Ley de pobres de 1834 (Poor Law Amendment Act): Reforma muy dura. Crea las workhouses (casas de trabajo). Condiciones peores que fuera para que solo entren los realmente desesperados. Principio de «menos elegibilidad». Muy criticada por los obreros.

España – De la caridad a la beneficencia

  • Paso de caridad (Iglesia) a beneficencia (Estado): Con la desamortización, el Estado confisca bienes de la Iglesia y tiene que encargarse él.
  • Ley de beneficencia de 1822: primera ley liberal, establece que los ayuntamientos deben tener hospitales y casas de misericordia.
  • Ley de 1849 y reglamento de 1852: Sistema definitivo del XIX. Divide la beneficencia en pública y privada. Ayuntamientos, Diputaciones y Estado.
  • Atención de las necesidades económicas: Todavía no se habla de derechos laborales, solo de dar de comer al que no tiene.

4. La Doctrina Social de la Iglesia (DSI)

  • Pío IX: Quanta Cura y Syllabus Errorum (1864): Lista de 80 errores modernos. Condena el liberalismo, el socialismo, el racionalismo. Es una postura defensiva, la Iglesia se siente atacada por el mundo moderno. No propone solución social.
  • León XIII: Rerum Novarum (1891): ESTA ES LA CLAVE DEL TEMA. Primera gran encíclica social. Contexto: obreros yéndose al socialismo. Dice: 1) defiende la propiedad privada frente al socialismo; 2) pero dice que el patrón no puede tratar al obrero como esclavo, debe haber salario justo; 3) el Estado debe intervenir para proteger a los débiles; 4) derecho natural a asociarse (sindicatos católicos); 5) colaboración entre clases, no lucha de clases. Es el inicio de la DSI.
  • Recepción en Europa: Francia (La Tour du Pin, sindicatos cristianos), Alemania (partido Zentrum, obispo Ketteler), España (Círculos Católicos de Obreros del Padre Vicent). Muy importante para frenar el socialismo.

5. Legislación obrera: origen, controversia y contenido

  • Controversia por el origen: ¿Democratización o lucha de clases? Autores discuten si las leyes obreras nacen porque el Estado se vuelve más democrático y bueno, o porque tiene miedo a la revolución obrera y quiere calmarla. La mayoría dice que es por las dos cosas.
  • Dependió de cada país. Motivos: en Inglaterra por presión sindical, en Alemania por estrategia de Bismarck, en España por presión internacional.
  • El origen: político (miedo a 1848 y a la Internacional), social (evitar motines y mejorar la salud pública) y económico (obreros sanos rinden más, evitar la competencia desleal de fábricas que explotan niños).
  • Contenido: dos grandes bloques que se mantienen hoy:
    1. Conflicto colectivo: derecho a asociarse, huelga, negociación colectiva, contrato de trabajo.
    2. Seguros sociales: seguro de enfermedad, accidente, vejez, paro. Lo que luego será la Seguridad Social.

6. El modelo del Reino Unido: conflicto colectivo

  • Protección de niños y mujeres: Lo primero que legisla el Parlamento. Porque da menos miedo limitar el trabajo de niños que de hombres adultos. Ej: Factory Act.
  • Leyes sobre trabajo en fábricas y minas (1833-1850): 1833 crea inspectores de fábricas; 1842 prohíbe el trabajo de mujeres y niños en minas; 1844 limita la jornada de niños a 6 h; 1847 Ten Hours Act limita a 10 h la jornada de mujeres y jóvenes.
  • Resultado: Trade Unions para negociar. En 1824 se permite asociarse, en 1871 se legalizan del todo los sindicatos, en 1875 se permite hacer huelga sin ser delito. El Estado dice: yo no regulo salarios, que negocien ellos. Modelo imitado (EEUU) y criticado (deja solo al obrero si el sindicato es débil).

7. El modelo de Alemania: seguros sociales

  • Bismarck: el Estado social y el SPD. Bismarck es canciller conservador y quiere acabar con el partido socialista SPD, que es el más fuerte de Europa. Estrategia: «Ley de antisocialistas» (represión) + seguros sociales (integración). Les quita argumentos.
  • Seguros (son obligatorios, financiados por obreros, patronos y Estado):
    • 1883: ley de seguro de enfermedad. Cajas de enfermedad, médico gratis y 50% del sueldo si estás enfermo.
    • 1884: ley de accidentes de trabajo. Si te accidentas, te paga la mutua patronal, no tienes que demandar al jefe.
    • 1889: seguro obligatorio de jubilación e invalidez. A los 70 años (casi nadie llegaba). Pensión muy baja, pero es la primera del mundo.
    • 1891: jornada laboral para mujeres y niños, y descanso dominical obligatorio.

Es el primer Estado del Bienestar moderno. Modelo que copiará toda Europa en el siglo XX, incluida España.

8. El modelo de España

Política legislativa:

  • Ley de Asociaciones (1887): Por fin se reconoce el derecho a asociarse con fines lícitos. Gracias a eso pueden nacer UGT (1888) y el PSOE, y también la patronal.
  • Legislación laboral:
    • Jornada laboral (1902): Se fija en 8 h para el Estado y se empieza a limitar en general.
    • El camino al contrato colectivo de trabajo: El Código Civil (1889) todavía trata el trabajo como arrendamiento de servicios. Sentencia del Tribunal Supremo de 1893, muy importante: dice que la huelga NO es delito si es para negociar condiciones de trabajo, no para subvertir el orden. Ley de descanso dominical (1904): por primera vez un día libre obligatorio. Ley de contrato colectivo (1906-1926), muy lenta.
    • La huelga (1907): Ley de huelgas, reconoce la huelga legal si se avisa con antelación, pero sigue habiendo muchas huelgas ilegales.
  • Legislación social:
    • Accidentes de trabajo (1900): Ley Dato, primera ley social importante en España. Responsabilidad objetiva del patrono: si te accidentas te indemniza sin tener que probar culpa. Crea el seguro.
    • Condiciones de trabajo de niños y mujeres (1900): prohíbe el trabajo a menores de 10 años y limita la jornada de menores de 14 años y de mujeres.

Política institucional

  • La Comisión de Reformas Sociales (1883-1903): Creada por Moret, liberal. Es el punto de partida de todo el Derecho del Trabajo en España.
  • Composición: tripartita (representantes del Gobierno, patronos y obreros) + intelectuales (Azcárate, Buylla). Algo muy moderno para la época.
  • Objetivo: estudiar la cuestión obrera en España. Hace encuestas enormes a obreros de todo el país. Informa, propone leyes, pero no puede legislar. Fracasa porque no tiene poder real.
  • Evolución: En 1903 se convierte en Instituto de Reformas Sociales y en 1920 en Ministerio de Trabajo. De aquí sale toda la legislación posterior.