Quienes formaron las cortes de Cádiz

11.1.2. La Guerra de la Independencia (1808-1814)

 La salida de la familia real española en dirección a Francia, donde se debía reunir con Napoleón, enfurecíó a los madrileños, que el 2 de Mayo de 1808 se levantaron contra las fuerzas francesas ocupantes de la capital. El general francés Murat reprimíó muy duramente la revuelta, fusilando a cientos de madrileños. Al conocerse la noticia de las abdicaciones de Bayona y los sucesos de Madrid, los levantamientos antifranceses se extendieron por toda España. De los levantamientos se pasó a una guerra generalizada (1808-14), con más de 300.000 muertos. Fue una guerra nacional y popular, pero no revolucionaria (aunque en su contexto se produjera el primer intento de revolución liberal en España: las Cortes de Cádiz)
. La lucha contra los franceses acrecentó el sentimiento de pertenencia a una misma comunidad, por encima de las adscripciones regionales. Sin embargo, el ideario que hizo posible el levantamiento, extendido entre el pueblo por el bajo clero, defendía  la religión y  la monarquía, en una visión tradicional de la sociedad. 

Las fases de la guerra.1ª fase

En Junio de 1808, con el doble objetivo de reprimirlos levantamientos populares e instaurar el régimen de José Bonaparte, un ejército de 170.000 hombres se adentró en España. Algunas ciudades opusieron una tenaz resistencia (los sitios de Zaragoza y Girona)
. El ejército francés de Dupont, encargado de dominar Andalucía, se estrelló contra las milicias del general Castaños, en Bailén (Julio). Lo que obligó a las tropas francesas a retroceder hasta el Ebro. 

2ª fase

La guerra adquiríó una mayor dimensión. El emperador entró en España (Noviembre de 1808) al frente de un ejército de 250.000 para aplastar definitivamente la resistencia. El avance francés fue contundente, sólo algunas zonas de la periferia ylas áreas montañosas del centro permanecían libres después de un año de guerra.Dada su inferioridad militar ante el ejército invasor, los españoles adoptaron la guerra de guerrillas.
Los franceses dominaron las ciudades, permaneciendo sólo Cádiz sin ser conquistada, pero el campo fue dominado por las partidas guerrilleras. Esta guerra de desgaste supuso un enorme esfuerzo para Francia en hombres yrecursos (llegó a tener 350.000 soldados en España).

3ª fase

En 1812, la guerra dio un giro definitivo. Napoleón inicio la campaña de Rusia, por lo que tuvo que recurrir a tropas estacionadas en España. La retirada de efectivos franceses, permitíó que, en Julio de 1812, el general Wellington, al frente de tropas inglesas, portuguesas yespañolas,  ayudado por las partidas guerrilleras, venciera a los franceses en Arapiles, cerca de Salamanca. En 1813, los franceses  abandonaron definitivamente Madrid y llegaron hasta Vitoria, donde sufrieron una grave derrota, que se repitió en la batalla de San Marcial (Irún).  Vencido en Alemania, Napoleón llegó a un acuerdo con Femando VII, al que devolvíó la Corona de España por el Tratado de Valençay.
Las últimas tropas francesas abandonaron España 1814.

11.1.3. El Estado de José Bonaparte y los afrancesados

El decreto imperial del 4 de Junio de 1808 nombraba a José Bonaparte Rey de España. Esto formaba parte de la estrategia napoleónica de integrar España en el sistema imperial francés. El proceso se legitimaba por la capacidad de regeneración que la nueva dinastía ofrecía en contraposición al caduco Estado borbónico del Antiguo Régimen.
El primer elemento del proyecto napoleónico fue la convocatoria de una Asamblea de Notables, en Bayona encargada de aceptar el cambio de dinastía. Esta Asamblea  estuvo compuesta por individuos de las élites políticas, económicas y culturales. La misión principal de la Asamblea de Notables fue debatir la Constitución de Bayona
La Carta de Bayona, aunque establecía una Monarquía fuerte, con la mayor parte de los poderes en manos del rey, ofrecía un aire reformista de carácter ilustrado, que planteaba un gradual desmantelamiento del Antiguo Régimen, aunque se manténían ciertos privilegios estamentales, se abolíó el de jurisdicción señorial y se establecíó la igualdad ante el impuesto y el acceso a cargos públicos. Se abría la posibilidad de un embrionario control de las Cortes sobre el Monarca y se declaraban ciertos derechos individuales. En lo económico, se establecía la libertad de industria y comercio y la supresión de aduanas internas.

La Constitución de Bayona no se podrá aplicar debido a la Guerra de la Independencia

Por el estallido de la guerra, el proyecto de Napoleón para España acabó por desdoblarse en dos soluciones divergentes y contradictorias. Por un lado, se presenta una solución basada en la guerra de conquista de un territorio rebelde, era la solución de los mariscales napoleónicos, y, por otro, está la solución del rey José I que plantea un desarrollo autónomo de carácter nacional y reformista.La marcha de la guerra convertirá esta dualidad en algo permanente. Para que funcionase el Estado josefino, sin recursos propios, se hacia preciso el sostén militar y económico del Emperador, lo que significaba una continua dependencia del Gobierno de José Bonaparte de los mariscales imperiales. Pero el gran problema de este Gobierno fue que sus bases sociales españolas se redujeron a los afrancesados, los que aceptaron las renuncias de Caños IV yde Fernando VII, viendo en la política napoleónica la posibilidad de realizar la reforma necesaria para España. Procedían  de los ilustrados del XVIII y pertenecían a las élites de la sociedad (nobleza, alto clero, gran burguésía y altos funcionarios) y se sentían atraídos por el prestigio de Napoleón, porque había consolidado la revolución (burguésía) y, a su vez, había restaurado el orden.Unos dos millones de españoles se vieron obligados a prestar juramento al rey José, pero se considera que el número de auténticos afrancesados, que se expatriaron al terminar la guerra, fue de unos 12.000.


11.1.4. La revolución política en la España resistente

  Durante el mes de Mayo, en las ciudades no ocupadas por los franceses, se formaron juntas, organizaciones de carácter nacional, encargadas de dirigir  la resistencia frente a los franceses. Las juntas locales, ante el vacío de poder, dieron forma política a la insurrección popular. Sus componentes son miembros de la nobleza, del clero, de la burguésía, de las profesiones liberales. La formación de las juntas era revolucionaria en sí misma y fue el embrión de la revolución liberal,  puesto que en la práctica significó que la nacíón asumíó la soberanía por medio de las juntas, concepción del poder de abajo a arriba de carácter representativo. Aunque muchos de sus miembros no lo percibieron, pensando que su actuación no cuestionaba la soberanía absoluta del rey Fernando VII, «secuestrado» en Francia. La necesidad de coordinación entre las distintas juntas llevó a la creación de una Junta Suprema Central en Septiembre (su primer presidente fue el conde de Floridablanca). Esta Junta asumíó la soberanía de la nacíón.En la España antifrancesa se pueden distinguir las siguientes posiciones políticas. Los defensores del Antiguo Régimen (absolutistas)
, que entendían la naturaleza de la Junta Central como un Consejo de Regencia, que actuaría en nombre de Fernando VII, sin atribuciones soberanas, lo que supónía negar la soberanía nacional. Y los liberales que atribuyen un carácter revolucionario a la insurrección popular y a su expresión política en las juntas, reclamando la soberanía nacional, como principio sobre el que construir una nueva estructura política ysocioeconómica de España, basada en la soberanía nacional, las libertades individuales, la división de poderes, la igualdad jurídica, la propiedad privada ylaeconomía de mercado. Los liberales eran una minoría social e ideológica en el país, pero las circunstancias históricas les permitieron asumir la dirección política en la primera fase de la revolución liberal española durante el periodo de la Guerra de la Independencia.

11.2.1. Las Cortes de Cádiz

  La Junta Central dirigíó la marcha de la guerra y el gobierno del país. Terminó  establecíéndose en Cádiz, única gran ciudad española, a partir de 1811, libre de los franceses. Después de preparar una convocatoria a Cortes, la Junta traspasó, Enero de 1810, sus poderes a un Consejo de Regencia.
Las diferentes tendencias ideológicas de la España resistente a los franceses tenían sus propias consideraciones sobre el modelo de convocatoria de Cortes y la función que éstas debían asumir.  Para los absolutistas, las Cortes debían convocarse por el sistema tradicional (los tres estamentos por separado) y sólo tendrían que tomar medidas para obtener los recursos necesarios para la guerra. Los liberales, defensores de la soberanía nacional, plantean que la convocatoria a Cortes  debía ser a la nacíón y no a los estamentos y que la función de las Cortes sería iniciar un proceso constituyenteque transformará la España del Antiguo Régimen y configurará una nueva organización política, una estructura social y un sistema económico de carácter liberal. 
Las Cortes quedaron convocadas por la Junta Central bajo la fórmula estamental. Pero por las circunstancias de la guerra, la única convocatoria que cumplíó todos sus trámites fue la del Tercer Estado (representantes de las ciudades con voto en Cortes); mientras que las del clero yla nobleza quedaron incompletas. Los representantes que llegan son fundamentalmente miembros del Tercer Estado, yademás los que no logran alcanzar Cádiz son sustituidos por refugiados de su regíón que estaban en Cádiz, donde es predominante la opinión liberal, en una ciudad de marcado carácter comercial. Esto es lo que van a permitir que la labor legislativa de las Cortes se Oriente netamente hacia el liberalismo, la ideología de una minoría que aún no había calado en el conjunto del país. Las Cortes se reúnen el 23-24 de Septiembre de 1810. La mayoría de los diputados van a adoptar una serie de decisiones de carácter revolucionario.

Las reuniones serán en una sola cámara, por lo que se niega la representación estamental y los diputados se consideran representantes de la nacíón que es la única soberana.

Además, las Cortes se definen como poder constituyente.
Se trata de una revolución jurídica y política que tomará cuerpo con la Constitución.
 Las Cortes van a ser a partir de estos momentos el auténtico poder y lograrán que el Consejo de Regencia, donde se encontraba personalidades políticas vinculadas al absolutismo, fuera renovado, con miembros más proclives al liberalismo ya la labor constitucional de las Cortes.


11.2.2. La Constitución de 1812

Las Cortes, cuyas sesiones constituyentes se extendieron a lo largo de año y medio, promulgaron el 19 de Marzo de 1812 la Constitución, liquidando las instituciones del Antiguo Régimen. El sistema político diseñado, apoyado en la soberanía nacional, se definía como un régimen de monarquía parlamentaria, sustentado en cuatro elementos principales: división de poderes, limitación del poder real, unicameralidad y en el sufragio universal indirecto.   Los derechos individuales son recogidos a lo largo del texto constitucional. El art-4 establece que “la Nacíón está obligada a conservar y proteger por leyes, la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen”. Se contemplan también:

La igualdad jurídica

La inviolabilidad del domicilio; y la libertad de imprenta. Se establecen garantías penales y procesales (habeas corpus, protección frente a la detención arbitraria, prohibición del tormento). El art-12 expónía que: «La religión de la nacíón española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nacíón la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra».  Con lo que no reconoce la libertad religiosa. 
Lo que no impidió que la Inquisición quedara abolida por un decreto de las Cortes.
La Constitución de 1812 recogía la división de poderes.
Establece el poder ejecutivo en manos del rey y de sus secretarios de despacho, el poder legislativo en unas Cortes unicamerales y el poder judicial en unos tribunales de justicia para toda la nacíón e independientes de los otros dos poderes.  El poder legislativo quedó diseñado como la columna vertebral de todo el sistema político.  Por la aceptación del principio de la soberanía nacional la legitimidad del monarca no estaba en función del origen divino de su poder ypor tanto ilimitado, sino como poder delegado por encargo de la nacíón. El rey, cuya persona es sagrada e inviolable,no sujeta a responsabilidad, tiene atribuciones ejecutivas que consisten en la dirección del Gobierno y de la Administración y de la sanción de las leyes. Poseía un veto suspensivo durante dos años, después de los cuales estaba obligado a la sanción de la ley si las Cortes lo estimasen. El poder ejecutivo quedaba completado con la existencia de siete secretarios de Despacho (ministros), que necesariamente refrendan las órdenes del rey, y son responsables penalmente de sus actos de gobierno.Las Cortes definidas como “la reuníón de todos los diputados que representan a la nacíón”, se reservaban el poder legislativo.
Se dispónía la obligatoriedad de una sesíón anual de las Cortes durante tres meses consecutivos como mínimo. Entre los periodos de sesiones funcionaría una diputación permanente de Cortes, como garantía de continuidad. La soberanía nacional, las limitaciones al poder del rey, el principio de responsabilidad de los secretarios de Despacho y las propias atribuciones del Parlamento, diseñaban el predominio del poder legislativo dentro de ese embrionario régimen parlamentario. La Constitución establece un sistema electoral de sufragio universal indirecto, los límites de participación son de sexo yedad -varones mayores de 25 años- pero no de riqueza. Es indirecto al establecerse un sistema escalonado de compromisarios elegidos en sucesivas elecciones de parroquia, de partido y de provincia. Para ser diputado sí se incorporaba un principio censatario: se exigía una determinada renta. Los diputados elegidos, uno por cada 70.000 habitantes, serían renovados cada dos años y no podían ser secretarios de Despacho. Se diseña un nuevo modelo de organización política y administrativa a escala local y provincial.
Los ayuntamientos estarían compuestos por alcaldes y regidores (concejales). Todos los años los ciudadanos, por un sistema de sufragio universal indirecto, elegirían a unos electores que a su vez nombrarían a los representantes municipales del Ayuntamiento. Se anulaba el sistema de oficios perpetuos (cargos municipales dejados en herencia) extendido en el Antiguo Régimen. El decreto de Octubre de 1812 traspasaba la vieja jurisdicción señorial a los alcaldes constitucionales.La provincia se convierte en la instancia político-administrativa intermedia entre el Estado ylos ayuntamientos. Su forma de elección era mixta: el jefe político de la provincia ypresidente de la diputación (futuro gobernador) es nombrado por el rey, como delegado del poder central, mientras los diputados provinciales son elegidos por los ciudadanos de forma indirecta.Con respecto a la Hacienda pública, debido a la igualdad jurídica, la igualdad ante el impuesto adquiere carácter universal y proporcional a la riqueza «sin excepción ni privilegio alguno». El presupuestoordenaría los ingresos y gastos del Estado, cuya elaboración correspondería al secretario del Despacho de Hacienda, pero cuya discusión y aprobación residía en las Cortes, un control más del legislativo sobre el ejecutivo. Se plantea la contribución directa (única) como principal fuente de ingresos del Estado, en sustitución de la fiscalidad indirecta del Antiguo Régimen. La Constitución establecía un ejército permanente, con servicio militar obligatorio, encargado de la defensa exterior, yla Milicia Nacional, una milicia ciudadana, como fuerza armada en defensa de la nacíón y de la Constitución. Para que los principios constitucionales fueran calando en las generaciones siguientes, había que difundir la Constitución a partir de la enseñanza. La educación era concebida como bien público y de la que era responsable el Estado.

11.3-SUBTEMA: EL REINADO DE Fernando VII (1814-1833)11.3.1. La vuelta al absolutismo


Fernando VII a su regreso, en la primavera de 1814, con el apoyo de algunos generales restablecíó el absolutismo. La acción contrarrevolucionaria fue defendida por un grupo de diputados absolutistas, firmantes del Manifiesto de los Persas, que rechazaban la legislación gaditana. En los primeros días de Mayo de 1814, Fernando VII declaró ilegal la convocatoria de las Cortes de Cádiz y anuló toda su obra legisladora. Se trató de un auténtico Golpe de Estado, encarcelando a las autoridades constitucionales: regentes, ministros, diputados liberales.En esta acción reaccionaria, el rey contaba con la nobleza y el clero que, con la vuelta al Antiguo Régimen, esperaban recuperar sus privilegios; y, también, con el apoyo popular a Fernando VII, no tanto al absolutismo, sino a la vuelta al trono del rey, al que se le considera legítimo ocupante del mismo. La Iglesia restablecíó la Inquisición que ejercíó el control ideológico y de censura sobre el país, con la retirada de cientos de publicaciones de carácter liberal.  La contrarrevolución diseñada por la Europa del Congreso de Viena y de laSanta Alianza, tras Napoleón, respaldaba el absolutismo de Fernando VII. Los liberales que permanecen en España pasan a la clandestinidad, creando sociedades secretas, integradas por sectores civiles y militares.Estas  sociedades, para acceder al poder y acabar con el absolutismo, tenían como instrumentos de acción la conspiración civil-militar y el pronunciamiento.
Una vez que se consideraban que las condiciones estaban dadas, los militares liberales, en una localidad, al frente de las tropas que comandaban se pronunciaban.
Leían un manifiesto en el que planteaban demandas políticas al poder. Una vez pronunciadas las tropas, la trama civil de la conspiración ocupaba las instituciones políticas de la localidad, constituyendo una junta y sustituyendo a las anteriores autoridades. A partir ahí, quedaba esperar a que las guarniciones de otras localidades secundaran el pronunciamiento, si esto ocurría, el poder se veía obligado a conceder las peticiones políticas de los pronunciados; pero si no, el pronunciamiento había fracasado, y a los sublevados les esperaba el exilio, el presidio o la ejecución.

11.3.2. La evolución política entre 1814 y 1820. Primera etapa absolutista

  Al iniciarse está etapa del reinado de Fernando VII pesaban sobre España gravísimos problemas: la guerra había destruido ciudades, caminos y fábricas, y perjudicado a la agricultura y la ganadería. La inminente independencia de América privaría a España de un rico mercado, que habría podido contribuir a su despegue económico, y dotar al Estado de los medios necesarios para la reconstrucción del país. El problema de la Deuda se agravó, el Estado absoluto era incapaz, por los métodos tradicionales, de obtener los recursos necesarios para paliar el déficit, mientras los sectores privilegiados siguieran exentos del pago de impuestos. La política inmovilista de Fernando VII impedía el comienzo de la industrialización, al volver a poner en vigor las reglamentaciones gremiales. La permanencia del régimen señorial, de las vinculaciones y de la amortización tampoco permitía el desarrollo de la agricultura.  Los distintos gobiernos de Fernando VII eran incapaces de hacer frente a una situación tan grave, utilizando los instrumentos propios del Antiguo Régimen.

Los ministros absolutistas podían intentar apuntalar la Monarquía de Fernando VII, retrasando, en parte su final, pero este tenía que llegar tarde o temprano, puesto que el sistema era inviable

Entre los ministros absolutistas, se van perfilando dos tendencias políticas, aunque ninguna está dispuesta a cuestionar la soberanía absoluta del rey  ni a realizar concesiones políticas. Uno de los grupos absolutistas, los ultras o reaccionarios, no será partidario de ningún tipo de reforma del Antiguo Régimen; mientras que el otro grupo, los absolutistas reformistas, plantea la necesidad de reformas técnicas que pudieran racionalizar y poner en funcionamiento un sistema anquilosado. Estos absolutistas-reformistas son los continuadores directos del Despotismo Ilustrado del s-XVIII, pero que tras la experiencia revolucionaria europea y española, tendrán miedo a cualquier cambio político que pudiera desembocar en una nueva oleada revolucionaria. Serán, por tanto, partidarios de reformas técnicas, pero sin limitar el poder del rey.

11.3.4. La Década Absolutista (1823-1833)

 A partir de 1823, Fernando VII desató una durísima y sangrienta represión contra los liberales. Esto se acompañó de un estricto control ideológico y religioso. El ministro Calomarde suplía con su policía política la labor represiva de la Inquisiciónque el jefe militar francés impidió restaurar
  La nueva restauración absolutista de Fernando VII significó el restablecimiento del Antiguo Régimen. Pero, hasta Fernando VII, tras la experiencia del Trienio, se dio cuenta de que para solucionar los problemas del país, las posiciones ultras eran inviables, por lo que era necesario introducir algunas reformas técnicas, por lo que, a partir de 1826, los gobiernos estarán dominados por los absolutistas reformistas. En 1823 se creó el Consejo de Ministros, órgano de consulta del monarca. Durante 1823 a 1833, a pesar del predominio de los reformistas absolutistas, no existíó una dirección política firme en los gobiernos de Fernando VII para remediar los problemas de la nacíón con  instrumentos legales y económicos propios del Antiguo Régimen, lo que era inviable.
Estos gobiernos reformistas tuvieron la oposición, por un lado, de los liberales exaltados, con sus principales dirigentes en el exilio u ocultados en sociedades secretas, siempre dispuestos a preparar levantamientos que, sin de apoyo social, se saldaban con la ejecución de sus dirigentes y la mitificación de sus nombres como símbolo de la lucha por la libertad;
de otro, los realistas puros o ultras, el sector más reaccionario y clerical del absolutismo, que desconfiaban de Fernando VII, y de sus ministros reformistas.El descontento de los ultrarrealistas  se tradujo en revueltas de las partidas de voluntarios realistas.
Desde 1826, el movimiento adquiríó más fuerza y se identificó con la figura de Carlos María
Isidro, hermano del monarca y su supuesto heredero, por falta de descendencia de Fernando VII, con lo cual sólo habría que esperar la muerte del rey. Pero los más impacientes continuaron con las revueltas. En la primavera de 1827, la rebelión de los realistas «agraviados» o malcontents, triunfaba en zonas rurales de Cataluña, el alzamiento terminó siendo sofocado.


11.3.3. El Trienio Liberal  (1820-1823)


 En Enero de 1820, el comandante Rafael Riego, cerca de Cádiz, al frente de las tropas dispuestas para su traslado a América, se levantó a favor de la Constitución de 1812. El pronunciamiento encontró apoyos en otras guarniciones peninsulares. Comenzaba la segunda experiencia revolucionaria española, que duró tres años, influyendo en la vida pública en mayor grado que Cádiz, pero que se saldó con un fracaso, explicable por el escaso respaldo social y político del liberalismo en el país, aunque ya empezó a extenderse el sentimiento liberal entre algunos sectores del pueblo urbano El Rey se vio obligado a jurar, el 10 de Marzo, la Constitución de Cádiz. Fernando VII nombró un nuevo Gobierno, presidido por liberales, que proclamó una amnistía y convocó elecciones. Las Cortes se formaron con una mayoría de diputados liberales e iniciaron una importante labor legislativa. Se garantizaban los derechos y libertades de los ciudadanos, restablecíéndose la igualdad jurídica y el fin de los privilegios. La Inquisición volvíó a ser  suprimida.  Junto a la restauración política, las Cortes del Trienio recuperaron la legislación referente a las libertades económicas y de mercado. En la transformación del régimen de propiedad agraria, destacan:
-La Ley de abolición del régimen señorial (Junio 1821). La ley fue vetada por el Rey. Su tardía promulgación (Mayo de 1823) imposibilitó su puesta en práctica. –
La ley de desvinculaciones (Octubre 1820) es nueva, en Cádiz sólo se debatíó. Establecía la supresión de todo tipo de vinculación  de bienes, que pasaban a ser propiedad libre y circulante.-
El decreto de desamortización (Agosto de 1820) dispónía la venta  tierras nacionalizadas que habían pertenecido a conventos suprimidos (con menos de 24 frailes), jesuitas, Órdenes Militares, Inquisición  y algunos del patrimonio real. La venta se realizaría en pública subasta, con el objetivo de aliviar la deuda. La desamortización eclesiástica se realizó con tanta profundidad como la duración del régimen permitíó y supuso el primer intento general y sistemático llevado a la práctica.    También se dio la  liberalizaron la industria (supresión de los gremios) y el comercio.
Con la libertad de opinión nacieron numerosas tertulias y sociedades patrióticas que promovieron los primeros periódicos en defensa del orden constitucional.

Las sociedades patrióticas y la prensa fueron el instrumento de difusión de la cultura política liberal en sectores populares urbanos de las grandes ciudades

  Se reformó el ejército, suprimiendo privilegios nobiliarios y se creó la Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios, formado por clases medias, esencialmente urbanas, con el fin de garantizar el orden y defender las reformas constitucionales.
Las reformas suscitaron la oposición de Fernando VII, que paralizó todas las leyes que pudo, recurriendo al derecho de veto que le otorgaba la Constitución, conspiró de forma secreta, contra el Gobierno, con las potencias absolutistas para que estas invadiesen el país y restaurasen el absolutismo.  La aplicación de las reformas provocó la ruptura del bloque liberal en dos grupos. De un lado, los hombres que participaron en las Cortes de Cádiz, ahora moderados, denominados doceañistas, que, aprendida la lección de 1814, cuando nadie se movíó en defensa del orden constitucional, querían reformar la Constitución para restringir la plena soberanía del pueblo mediante un sufragio limitado y una cámara alta en las Cortes (con miembros de la nobleza y del clero), además de dar un mayor peso político al rey tanto en sus funciones ejecutivas, como en los aspectos legislativos, pretendiendo que el poder de elaborar las leyes estuviera tanto en Las Cortes como en el rey (fórmula de soberanía compartida)
, se trataba de integrar en un sistema liberal restringido a las élites reformistas del absolutismo. Por otro lado, los jóvenes seguidores de Riego, que se atribuían el triunfo de la revolución de 1820, los denominados exaltados defendían el sufragio universal y unas Cortes unicamerales, expresión de la soberanía nacional, además estarán más vinculados, por lo menos algunos de los exaltados, con los sectores populares urbanos.

Estas posiciones son el origen de la  fractura del liberalismo español y su división en moderados y progresistas

Hasta Julio de 1822 los gobiernos están dominados por los doceañistas.
A pesar de su cautela en introducir las reformas, los gabinetes doceañistas apenas pudieron gobernar, hostigados por la reacción absolutista y contrarrevolucionaria. En la primavera de 1821, se constituyeron numerosas partidas guerrilleras de voluntarios realistas, en defensa de Fernando VII, a quien se presentaba en la propaganda como prisionero de los liberales. La insurrección ganaba terreno en Navarra y Cataluña, donde se establecíó la Regencia de Urgell.

La escalada contrarrevolucionaria radicalizó a los liberales, que en el verano de 1822 (después de ser sofocada una sublevación absolutista de la guardia real en Madrid)

Formaron un gobierno «exaltado»

 En este contexto prácticamente de Guerra Civil entre liberales y absolutistas, en Abril de 1823 un ejército francés (los Cien Mil Hijos de San Luis, comandados por elduque de Angulema)
, respaldado por las potencias absolutistas de la Santa Alianza (la decisión de intervenir en España se tomó en el Congreso de Verona, 1822), entró en España para restablecer a Femando VII como soberano absoluto. Los franceses entraron en Madrid, mientras las Cortes, llevándose al rey, se trasladaron a Sevilla y luego a Cádiz, donde se rindieron a los franceses, liberando a Fernando VII. El rey invalidó (Octubre), toda la legislación del Trienio, y puso fin al segundo intento de revolución liberal. Para respaldar el nuevo viraje absolutista, el ejército francés permanecería en España durante 5 años.

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