La Organización Política: Regímenes y Estructuras Estatales
Regímenes Políticos: La Democracia
Los Estados, definidos por su territorio y población, se rigen por un conjunto de normas e instituciones que dan lugar a distintos regímenes políticos.
Un sistema democrático se basa en los principios de libertad individual e igualdad ante la ley, y se caracteriza por la división de poderes:
- Poder Legislativo: Redacta y aprueba las leyes.
- Poder Judicial: Administra la justicia.
- Poder Ejecutivo: Aplica las políticas y las leyes, y está representado por un presidente y su Gobierno.
En los sistemas democráticos, la soberanía reside en el pueblo, que elige a sus representantes políticos en las elecciones a través del sufragio universal (todos los ciudadanos mayores de edad tienen derecho a voto). En España, existen elecciones municipales, autonómicas, generales y europeas. Además, se pueden celebrar consultas extraordinarias, denominadas referéndums, a través de las cuales se realiza una consulta directa a los ciudadanos sobre una cuestión concreta. Las democracias suelen ser multipartidistas, es decir, diferentes partidos políticos compiten por el voto de la ciudadanía durante las elecciones. Presentan candidatos y un programa de gobierno que incluye propuestas políticas, sociales, culturales, económicas, etc. Cuando alcanzan el poder, gobiernan durante un periodo determinado; en España, este periodo es de 4 años. Los partidos que no están en el poder ejercen la oposición. Podemos encontrar democracias estables y consolidadas, como en muchos Estados occidentales, y democracias menos estables o poco consolidadas, como por ejemplo Rusia.
Tipos de Estados
- Según el reparto del poder sobre el territorio:
- Estados centralizados: La administración central asume todos los poderes del Estado.
- Estados descentralizados: Los poderes se distribuyen en varios niveles territoriales.
- Según la jefatura del Estado:
- Monarquía: El Rey es el jefe del Estado.
- República: El presidente de la República es el jefe del Estado.
- Según el sistema de gobierno:
- Presidencialista: El poder ejecutivo (gobierno) recae en el jefe del Estado.
- Parlamentario: El poder ejecutivo recae en un presidente del Gobierno (distinto del jefe del Estado).
Regímenes No Democráticos
Son aquellos en los que no se permite la existencia de partidos políticos diferentes al que ostenta el poder. En estos regímenes, no se respetan los derechos fundamentales de los ciudadanos, no existe la igualdad de todas las personas ante la ley ni tampoco hay separación de poderes.
Podemos distinguir cuatro grupos principales de regímenes no democráticos:
- Regímenes Teocráticos: Son regímenes políticos cuyas leyes se basan en la religión y cuyas autoridades gobernantes son religiosas. Ejemplos: Irán, Arabia Saudí.
- Regímenes Comunistas: Son Estados en los que gobierna un único partido. Ejemplos: Corea del Norte, China.
- Monarquías Absolutas: Un rey gobierna de forma dictatorial, acumulando todos los poderes.
- Dictaduras Militares o Presidencialistas: El poder está controlado por una élite socioeconómica apoyada por los militares. En este sistema, las libertades están muy restringidas.
Organización Política en España
España posee un sistema político democrático, configurado como una monarquía parlamentaria (o constitucional).
La Constitución Española
La actual Constitución fue aprobada inicialmente por las Cortes Españolas y, posteriormente, el 6 de diciembre de 1978, ratificada por todos los españoles en referéndum. Esta Constitución define a España como un Estado Social (garantizando derechos socioeconómicos), Democrático (asegurando derechos políticos) y de Derecho (donde los gobernantes están sujetos a la ley). La Constitución declara que la soberanía reside en el pueblo (soberanía nacional), lo que garantiza los derechos fundamentales y la igualdad ante la ley. Además, establece la separación de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. España es una monarquía parlamentaria en la que el Rey ostenta la jefatura del Estado, pero no ejerce el gobierno. La Constitución reconoce el derecho a la autonomía de las regiones y nacionalidades históricas que conforman España, articulándose en 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas.
Instituciones del Estado Español
- Cortes Generales: (Poder Legislativo). Su misión es redactar y aprobar las leyes, los presupuestos del Estado y controlar la acción del Gobierno.
- Gobierno: (Poder Ejecutivo). Lo forman el presidente y los ministros. Aplican las leyes, dirigen la política interior y exterior, la defensa y la Administración del Estado.
- Poder Judicial: Compuesto por jueces y magistrados. El Tribunal Supremo es el más importante. Además, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene como finalidad garantizar la independencia de la función judicial.
La Organización Territorial y Administrativa de España
España se organiza territorial y administrativamente en tres niveles: municipios, provincias y comunidades autónomas.
Administración Local: El Municipio
El municipio es la unidad básica de la organización territorial. Su gobierno está a cargo del Ayuntamiento, compuesto por el alcalde y los concejales. Los ayuntamientos son los responsables de suministrar los servicios más cercanos a los ciudadanos, como alumbrado, limpieza, y la gestión de instalaciones públicas como bibliotecas y polideportivos.
Administración Provincial: Las Diputaciones
España se organiza en 50 provincias, cada una con su propio órgano de gobierno: la Diputación Provincial.
La Diputación Provincial no existe en las comunidades autónomas uniprovinciales ni en los territorios insulares, donde sus funciones son asumidas por otras instituciones.
Administración Autonómica: Comunidades y Ciudades Autónomas
España está organizada en 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla).
Cada una de las comunidades tiene su propio Estatuto de Autonomía, en el que se fijan sus instituciones, competencias y financiación.
Las principales instituciones autonómicas son:
- Parlamento Autonómico: Es elegido cada cuatro años por sufragio universal, elabora las leyes autonómicas y elige al presidente de la Junta.
- Consejo de Gobierno: Cumple las funciones ejecutivas y administrativas, y está integrado por el presidente, los vicepresidentes y los consejeros.
- Tribunal Superior de Justicia: Es el órgano jurídico de mayor entidad dentro de su jurisdicción territorial autonómica.
El Gobierno del Estado nombra a un Delegado del Gobierno en cada comunidad autónoma, quien dirige y coordina la Administración estatal en dicho territorio.
La Unión Europea: Origen, Estructura y Políticas
La Unión Europea (UE) es una organización internacional conformada por 27 países, cuyo objetivo principal es la integración económica y política de sus miembros.
Origen y Evolución de la Unión Europea
En los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial, algunos líderes europeos se plantearon unir esfuerzos para fomentar el desarrollo económico y contrarrestar la influencia de la Unión Soviética.
Precedentes de la CEE
Benelux: En 1948, entró en vigor el acuerdo entre Bélgica, Países Bajos (Holanda) y Luxemburgo, por el que se creó la unión aduanera del Benelux.
En 1951, se fundó la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), compuesta por Francia, Alemania, Italia y los países del Benelux.
En 1957, los países miembros de la CECA crearon la Comunidad Económica Europea (CEE) mediante los Tratados de Roma.
- La creación de un Mercado Común Europeo que permitiera la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.
- La convergencia económica y social para lograr un nivel de desarrollo similar entre los Estados miembros.
- La creación de instituciones de gobierno, como la Comisión y el Consejo de la CEE.
- La cooperación en el sector nuclear, que se tradujo en la creación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM).
En 1992, se firmó el Tratado de Maastricht, también conocido como Tratado de la Unión Europea (TUE), que estableció:
- La creación de la Unión Europea (UE) y de la ciudadanía europea.
- La creación de una moneda común, el euro.
- El establecimiento de políticas comunes en seguridad, exterior, asuntos policiales y judiciales.
- El derecho de los ciudadanos de la UE a votar y a presentarse como candidatos en elecciones municipales y al Parlamento Europeo en cualquiera de los países miembros.
Instituciones de la Unión Europea
- Consejo Europeo: Define las orientaciones políticas generales de la UE. Está compuesto por los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros.
- Comisión Europea: (Poder Ejecutivo). Es el «gobierno» de la UE. Sus funciones incluyen proponer leyes, gestionar las políticas de la UE y elaborar el presupuesto. Está compuesta por la presidenta y los comisarios.
- Consejo de la Unión Europea: (Poder Legislativo). Comparte funciones legislativas con el Parlamento Europeo y supervisa el presupuesto. Está compuesto por los ministros de los países miembros, según el ámbito temático.
- Parlamento Europeo: Es la única institución de la UE elegida directamente por los ciudadanos. Tiene funciones legislativas, de control democrático y presupuestarias, aunque no en todos los asuntos.
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): Vigila que se cumpla el derecho comunitario o las leyes de la UE.
- Tribunal de Cuentas Europeo: Vigila la correcta aplicación de los presupuestos de la UE.
El organismo más importante en el ámbito monetario de la UE es el Banco Central Europeo (BCE), que se encarga de la política monetaria de la eurozona.
Políticas de la Unión Europea
- Construcción y mejora de infraestructuras.
- Programas medioambientales y de sostenibilidad.
- Programas educativos y de investigación.
- Programas de fomento del empleo y cohesión social.
- Programas de desarrollo agrario (Política Agrícola Común – PAC).
- Programas de desarrollo pesquero (Política Pesquera Común – PPC).
Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE)
Para financiar estas políticas, la UE cuenta con diversos fondos, entre los que destacan:
- Fondo Social Europeo (FSE): Apoya el empleo y la inclusión social.
- Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): Invierte en el desarrollo regional y la cohesión económica.
- Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER): Financia el desarrollo rural.
- Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP): Apoya los sectores pesquero y acuícola.
Objetivos de la Estrategia Europea 2030
- Reducir el abandono escolar temprano y mejorar la educación.
- Aumentar las tasas de empleo.
- Disminuir la pobreza y la exclusión social.
- Invertir en Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i).
- Reducir la emisión de gases de efecto invernadero.
- Fomentar las energías renovables y la eficiencia energética.
La Comunidad Autónoma de Andalucía: Estatutos e Instituciones
Estatutos de Autonomía de Andalucía
Primer Estatuto de Autonomía (1981)
Tras la aprobación de la Constitución Española, comenzó a elaborarse el Estatuto de Autonomía de Andalucía, que fue votado y aprobado en referéndum.
Nuevo Estatuto de Autonomía (2007)
El 19 de marzo de 2007, fue aprobado un nuevo Estatuto de Autonomía, previamente ratificado en referéndum.
El nuevo Estatuto reconoce a Andalucía como nacionalidad histórica y amplía el número de artículos. Define sus símbolos, instituciones de gobierno, poderes y diversos servicios, destacando los siguientes derechos sociales:
- Protección contra la violencia de género.
- Gratuidad de los libros de texto en la enseñanza obligatoria.
- El derecho a una renta básica.
- El principio de paridad en los órganos de representación.
Instituciones de la Junta de Andalucía
La Junta de Andalucía organiza el autogobierno de la comunidad autónoma. Está compuesta por:
- Parlamento de Andalucía: Es elegido cada cuatro años por sufragio universal, elabora las leyes autonómicas y elige al presidente de la Junta.
- Presidente de la Junta de Andalucía: Es el máximo representante de la comunidad autónoma y dirige el Consejo de Gobierno.
- Consejo de Gobierno: Es el órgano ejecutivo de la comunidad, integrado por el presidente de la Junta y sus consejeros.
Diputaciones Provinciales en Andalucía
Su finalidad es representar a cada provincia y prestar apoyo y servicios a aquellos municipios que, debido a su escaso tamaño, no pueden asumirlos por sí mismos. Los diputados provinciales son elegidos por los concejales de los municipios que integran cada provincia.