España en Crisis: De Carlos IV a la Constitución de 1812

A finales del siglo XVIII, la **España absolutista** de **Carlos IV** está sumergida en una crisis política e ideológica, a causa de las noticias que llegan desde Francia sobre la **Revolución** y el **Liberalismo**, además de una crisis de subsistencias en el ámbito económico de carácter estructural, así como en un profundo déficit.

España se convierte en un país frágil y **Carlos IV** era políticamente muy débil, ya que prestaba poca atención a sus obligaciones. A su lado tenía a **Godoy**, su valido real. En 1807, Francia y España firman el **Tratado de Fontainebleau**, por el cual España permitía a **Napoleón** pasar por el territorio español para ocupar Portugal, ya que Portugal negociaba una alianza con los ingleses. También establecía el reparto de Portugal, que se dividiría en tres partes, de las cuales la parte sur pasaría al poder de Godoy. Pero aquel tratado derivó en una ocupación: Francia también conquistó parte de España.

Después, el 18 de marzo de 1808, ocurre el **Motín de Aranjuez**. En Aranjuez, hay una rebelión contra el rey Carlos y su ministro Godoy; el propio hijo de Carlos, Fernando, quería derrocarlos. Tras el motín de Aranjuez, Napoleón retiene a Carlos IV y a su hijo en Bayona y les obliga a abdicar el trono en Napoleón, quien a su vez le cede el trono a su hermano **José Bonaparte**.

Esto provoca un levantamiento popular, entendido como una reacción contra la invasión francesa. Se trata de un levantamiento nacional en defensa de los valores de la nación y, por lo tanto, de la monarquía absoluta. Así pues, no es revolucionaria. Aunque **José I** cuenta con los **afrancesados** e intenta ser autónomo de Napoleón, teniendo una política ilustrada, a partir de ahí cunde la guerra por todo el país y el pueblo se rebela.

En la primera fase de la guerra, Francia tenía dos objetivos: mantener un corredor abierto entre Madrid y la frontera por el que circularía su ejército y llegar lo antes posible a Cádiz. Debido a la reacción del pueblo contra los franceses, el intento de conquistar España fue fallido, como se refleja en la **Batalla de Bailén**.

En la segunda fase, Napoleón reaccionó enviando a España su ejército, recupera Madrid, reinstala a José I y toma casi toda la península, excepto Cádiz. A pesar de ello, el control francés es casi absoluto, haciendo que la junta suprema tenga que refugiarse en Sevilla.

En la tercera fase, Napoleón se encuentra en conflicto con los ejércitos centroeuropeos y es derrotado en la **Batalla de las Naciones**. Mientras tanto, España lograba atacar al ejército francés mediante las **guerrillas**, que poco a poco iban desgastando al ejército francés. Napoleón decide retirar parte de sus tropas de España para enviarlas a Rusia. Esto provoca que España e Inglaterra tomen fuerzas y obligan a Francia a volver a su país. El ejército inglés ocupa una parte del territorio francés y obliga a Napoleón a negociar el fin de la guerra. En 1813 se firma el **Tratado de Valençay**: España se compromete a no invadir al sur de Francia a cambio de la liberación de **Fernando VII** y se devuelven las plazas y territorios ocupados durante la guerra.

Aprovechando las circunstancias de guerra, las cortes se auto constituyen como paso elemental y tienen la capacidad de ejercer los aspectos esenciales de la soberanía nacional, como es legislar. Para construir un nuevo modelo de Estado, primero hay que acabar con todas las estructuras del antiguo estado y, como ejemplo de esta idea en España, se dieron los **decretos de abolición del antiguo régimen**, que fueron los siguientes:

Con ellos se logra acabar con el sistema cerrado del antiguo régimen. Se estableció la **libertad de imprenta**, que daba el derecho de pensar y escribir lo que cada uno quisiera, es decir, la libertad de expresión. Se derogan los gremios y comienza el libre comercio. Desaparece el control sobre la tierra, la agricultura y la ganadería. Se acaba con la servidumbre y se da libertad al individuo. Se abole el pensamiento único: Dios se convierte en una opción de fe y deja de ser una verdad universal.

Se promulga así la **Constitución**, conocida como **La Pepa**. Cuando hablamos de la Constitución, nos referimos a un marco jurídico que parte de la **voluntad popular (Soberanía Nacional)** y que organiza y establece los derechos y deberes, así como las obligaciones del Estado. No puede haber un marco jurídico superior a la Constitución.

Con ella entran en vigor los siguientes principios liberales:

  • Es un único Estado que responde a una única nación. Todos somos iguales ante la ley, nos regimos por un mismo sistema jurídico. Esto supone la abolición de los fueros; El conjunto de privilegios que en un momento dado se convierten en derecho porque una autoridad superior así lo ha decidido. Deducimos que los fueros no tienen lugar si estamos apostando por un Estado unitario.

  • El poder de decidir está en la nación aunque es una soberanía compartida, el rey también tiene poder.

  • Sufragio universal masculino. La mujer no tiene derecho a votar.

  • Se crea una cámara única, lo que sería el congreso de los diputados en la que recae el poder legislativo.

  • España es un estado confesional se adhiere a la religión apostólica. La Iglesia sigue teniendo presencia en ese estado.

  • Reconocimiento de las propiedades de los privilegios.


Todo lo que había ocurrido en ausencia del rey desde el punto de vista del absolutismo, era ilegal. Cuando al fin Fernando VII fue liberado y volvió a España, restauró el absolutismo, derogó la Constitución de 1812 y persiguió con saña a los liberales y afrancesados.

Surge la lucha entre dos modelos de organizar el Estado y con ella, tres etapas: cuando llega el rey reinstaura el absolutismo, después de 6 años llega el liberalismo (se podría considerar una segunda etapa) y del liberalismo, después de 3 años, vuelve el absolutismo. En este proceso de cambios, el absolutismo se va debilitando y con ello la monarquía absoluta, la sociedad estamental y la economía de subsistencias. En cambio, el liberalismo toma más presencia, empezamos a conocer las bases vistas en la Constitución.

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