Importancia del proceso de exploración y ocupación del territorio venezolano

Estándar 24. Comenta el ámbito territorial y características de cada sistema de
repoblación, así como sus causas y consecuencias.
Como podemos ver en el mapa la amplitud del fenómeno repoblador, tanto en su extensión espacial como en su duración temporal, provocó distintas formas de ocupación y reparto de la propiedad, dependiendo del espacio y del momento en el que se efectuó, y tendrá importantes consecuencias sociales y económicas en los reinos cristianos peninsulares. 
Fueron cuatro los principales modelos de repoblación: presura o aprisio, repoblación concejil,  repoblación de las Órdenes, y los repartimientos.
Se denomina repoblación al proceso de ocupación del territorio abandonado o conquistado a los musulmanes por los reinos cristianos y su puesta en explotación por población proveniente del norte peninsular y, en menor medida, de Europa.
La presura o aprissio fue un tipo de repoblación privada, llevada a cabo por comunidades aldeanas, clérigos o nobles. Este tipo de repoblación se basa en la tradición germánica que atribuía al rey todas las tierras yermas o baldías. Según esto, el rey autoriza a particulares a establecerse en un determinado territorio, qué pasa a ser propiedad del ocupante por el mero hecho de roturarlo y cultivarlo. Los repobladores de esta zona se agrupaban en «Comunidades de Aldea», forma de organización de la sociedad rural, en las que la propiedad era individual, aunque existían unas zonas de «tierras comunales” para la explotación comunitaria. 
Entre los siglos VIII y X se repobló con este sistema hasta la zona del Duero con población procedente del norte peninsular y mozárabes huidos de Al-Ándalus.
Como consecuencia se originó la existencia de una masa de campesinos libres y pequeños propietarios, que frenaron el desarrollo del sistema feudal en el norte peninsular. En las tierras del Condado de Castilla perduraron los pequeños propietarios libres porque los condes los necesitaban para la defensa de la frontera y para sus ambiciones independentistas.
El sistema de repoblación concejil es de carácter oficial, dirigido por los reyes. El territorio ocupado se divide en concejos o municipios formados por una villa o ciudad amurallada y el territorio circundante (ALFOZ). El rey otorga Fueros o Cartas Pueblas, documentos en los que se reconocen ciertas libertades y privilegios a los habitantes de estos alfoces: propiedad individual, inviolabilidad de la vivienda y otra serie de derechos y obligaciones. Con el reconocimiento de los fueros se pretende atraer la llegada de población a las peligrosas zonas fronterizas.
Se aplicó entre los siglos XI y XII a las tierras situadas entre el Duero y los Montes de Toledo con población diversa: reos condenados que deben permanecer en las tierras al menos un año, gente de la Rioja y norte de Burgos.
Para potenciar este sistema repoblador en las zonas fronterizas se sitúan los Concejos de frontera, de vital importancia frente al enemigo, sus pobladores debían defender las tierras y para ello se hace necesarioposeer, un caballo.
Se constituye así una sociedad de medianos propietarios libres, con abundancia de tierras comunales. Sin embargo, el avance hacia el sur, a partir de la toma de Toledo, provoca el inicio del proceso de señorialización, ya que la participación de la nobleza en la defensa del territorio es premiada por los reyes con propiedades, lo que supone el paso de los campesinos a dependencia señorial.
Para defender las fronteras los reyes encomiendan esta labor a las Órdenes Militares (Calatrava, Santiago, Alcántara), a cuyos miembros conceden grandes extensiones de tierra, donde ellos construyen castillos y asientan a campesinos como repobladores, otorgándoles ciertos derechos, pero reservándose los derechos señoriales.
Se produce entre finales del Siglo XII y principios del Siglo XIII, repoblando las tierras de La Mancha y de Extremadura, con gentes de tierra de Campos principalmente.
La consecuencia más visible de este sistema es la formación de grandes propiedades de carácter señorial, trabajadas por un numeroso campesinado dependiente, con menos libertad que en la zona de la Meseta. Esto acentúa el proceso de señorialización en la submeseta sur.
Los repartimientos es un tipo de repoblación llevado a cabo en el sur peninsular, en el valle del Guadalquivir y en el levante de las islas Baleares durante el Siglo XIII.
Para estimular la emigración hacia el sur, los reyes tras la ocupación de una ciudad con sus territorios circundantes reparten los bienes y tierras conquistadas. Los oficiales reales hacían inventario de los bienes, los dividían en lotes (donadíos) de distintos tamaños y los repartían en función del rango e importancia de la persona que los recibía.
La repoblación en esta zona se hizo con población de Castilla y de León, extranjeros y judíos. La población musulmana podrá permanecer en la zona, pero, tras la revuelta de 1264, serán expulsados y esto favorece el proceso de señorialización.
Como consecuencia el tipo de propiedad mayoritario será el latifundio, base del régimen señorialdesarrollado en esta zona a partir del S. XIII. En la frontera con el reino de Granada se establecen las Órdenes Militares, para defenderse de los musulmanes. Estepa, Medina-Sidonia, Osuna y Morón, serán encomendadas a estas instituciones.

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