Qué implicación tiene la aceptación del sur sufragio universal para la burguesía

5.2.1. Las Cortes de Cádiz


La Junta Central dirigíó la marcha de la guerra y el gobierno del país. Se establecíó en Cádiz, única gran ciudad española, a partir de 1811, libre de los franceses. Después de preparar una convocatoria a Cortes, la Junta traspasó, Enero de 1810, sus poderes a un Consejo de Regencia. Para los absolutistas, las Cortes debían convocarse por el sistema estamental y con el único objetivo de obtener los recursos necesarios para la guerra. Los jovellanistas consideraban las Cortes como institución fundamental en el equilibrio entre el Rey y el Reino (la Nacíón). Su modelo se basaba en las Cortes tradicionales estamentales, pero, apelando a Montesquieu y al derecho natural, defendían la actualización de ese equilibrio de poderes y de las leyes fundamentales que lo sustentaban, la Constitución Histórica, con el objetivo de regenerar el país. La Constitución Histórica debía ser reformada para su aplicación a los nuevos tiempos, con un contenido equidistante tanto del concepto de soberanía nacional como del de soberanía absoluta del rey.
Para los liberales, la convocatoria a Cortes debía ser a la Nacíón y la función de las Cortes sería iniciar un proceso constituyente nuevo que transformará la España del Antiguo Régimen en una de carácter liberal.
Las Cortes fueron convocadas por la Junta Central por el sistema estamental. Pero por la guerra, la única convocatoria que se cumplíó totalmente fue la del Tercer Estado. Esto permitirá que la labor legislativa de las Cortes se orientara hacia el liberalismo, la ideología de una minoría aún en el país. Las Cortes se reúnen el 23-24 de Septiembre de 1810. La mayoría de los diputados deciden que las reuniones fueran en una sola cámara, no por estamentos, y que los diputados eran representantes de la Nacíón, la única soberana. Además, las Cortes se definen como poder constituyente. Fue una revolución jurídica y política que tomará cuerpo con la Constitución. Las Cortes serán el auténtico poder. Renovarán el Consejo de Regencia, que estaba dominado por absolutistas, con miembros proclives al liberalismo y a la labor constitucional de las Cortes.

5.2.2. La Constitución de 1812


Las Cortes promulgaron el 19 de Marzo de 1812 la Constitución, liquidando las instituciones del Antiguo Régimen. El sistema político diseñado, apoyado en la soberanía nacional, se definía como un régimen de monarquía parlamentaria, sustentado en cuatro elementos principales: división de poderes, limitación del poder real, unicameralidad y en el sufragio universal indirecto.


 Los derechos individuales se recogen a lo largo del texto constitucional. La Nacíón debía proteger la libertad civil, la propiedad. Se contemplan la igualdad jurídica; la inviolabilidad del domicilio y la libertad de imprenta. Se establecen garantías penales y procesales (habeas corpus, protección frente a la detención arbitraria, prohibición del tormento). Se considera que la religión católica es la única de la nacíón española y se prohíbe el ejercicio de cualquier otra. Se establece un Estado confesional y no se reconoce la libertad religiosa.Aunque la Inquisición será abolida por un decreto de las Cortes. En lo que respecta a la división de poderes se establecía lo siguiente:
-El rey, cuya persona es sagrada e inviolable, no sujeta a responsabilidad, tiene el poder ejecutivo: dirige el Gobierno y la Administración y sanciona las leyes. Poseía un veto suspensivo sobre las leyes por dos años, tras ellos, debía sancionar la ley si las Cortes lo estimasen. El poder ejecutivo se completaba con siete secretarios de Despacho (ministros), que necesariamente refrendan las órdenes del rey, y son responsables penalmente de sus actos de gobierno.
-Las Cortes se reservaban el poder legislativo. Entre los periodos de sesiones funcionaría una diputación permanente de Cortes, como garantía de continuidad.
-El poder judicial reside en unos tribunales de justicia independientes de los otros poderes. El poder legislativo era el predominante dentro de ese embrionario régimen parlamentario Se establece un sistema electoral de sufragio universal indirecto, para varones mayores de 25 años. Es indirecto por ser un sistema de sucesivas elecciones de parroquia, de partido y de provincia. Los ayuntamientos estarían compuestos por alcaldes y regidores (concejales) elegidos todos los años por sufragio universal indirecto. Con respecto a la Hacienda pública, debido a la igualdad jurídica, la igualdad ante el impuesto sería universal y proporcional a la riqueza "sin privilegio alguno". Se plantea la contribución directa (única) como principal fuente de ingresos del Estado. La elaboración del presupuesto (ingresos y gastos del Estado) correspondería al secretario del Despacho de Hacienda, pero su aprobación residía en las Cortes (un control más del legislativo sobre el ejecutivo). Se establecía un ejército permanente, con servicio militar obligatorio, para la defensa exterior, y la Milicia Nacional, una milicia ciudadana, para la defensa interior de la nacíón y de la Constitución. La educación era concebida como bien público y de la que era responsable el Estado.


5.3.1. La vuelta al absolutismo La primera etapa absolutista entre 1814 y 1820


Fernando VII a su regreso, en la primavera de 1814, con el apoyo de algunos generales restablecíó el absolutismo. La acción contrarrevolucionaria fue defendida por los diputados absolutistas, firmantes del Manifiesto de los Persas. A principios de Mayo de 1814, Fernando VII declaró ilegales las Cortes de Cádiz y anuló toda su obra legisladora. El rey contaba con la nobleza y el clero y con el apoyo popular a su persona como rey legítimo, por el que habían luchado durante la Guerra de la Independencia. La Iglesia restablecíó la Inquisición que ejercíó el control ideológico y del país. La Europa del Congreso de Viena y de la Santa Alianza respaldaba el absolutismo de Fernando VII. Los liberales pasan a la clandestinidad, creando sociedades secretas, integradas por sectores civiles (burgueses) y militares. Estas sociedades, para acabar con el absolutismo, recurrieron a la conspiración civil-militar, el pronunciamiento militar. Todos los pronunciamientos anteriores a 1820 fracasaron. En 1814, pesaban sobre España gravísimos problemas, las destrucciones de la guerra, la inminente independencia de América. El problema de la Deuda se agravó. Los gobiernos absolutistas, eran incapaces de hacer frente a la situación. Entre los ministros absolutistas de Fernando VII, había dos tendencias: 1) Los ultras o reaccionarios, no serán partidaris de ninguna reforma. 2)Los absolutistas reformistas plantean la necesidad de reformas técnicas,pero sin cuestionar el poder absoluto del rey.

5.3.3. La Década Absolutista (1823-1833)


Fernando VII restablecíó el absolutismo y el Antiguo Régimen, y desató una durísima y sangrienta represión contra los liberales. La policía política sustituyó en su la labor represiva a la Inquisición que el jefe militar francés impidió restaurar. Pero, hasta Fernando VII, se dio cuenta de que eran necesarias algunas reformas técnicas. De 1823 a 1833, predominaron los gobiernos reformistas que tuvieron la oposición de los liberales exaltados (que organizaron pronunciamientos fracasados); y de los realistas ultras,que se identificaron con Carlos María Isidro, hermano del rey y su heredero por la falta de descendencia de Fernando VII.Pero los más impacientes protagonizaron revueltas con partidas de voluntarios realistas. En 1830, nacíó la princesa Isabel, hija de Fernando VII. El rey aprobó la Pragmática Sanción que derogaba la Ley Sálica, permitiendo reinar a las mujeres. Excluyendo de la sucesión al trono al ultra absolutista Carlos María Isidro, hermano del rey. En Septiembre de 1833 moría el rey, y su viuda, María Cristina de Borbón,se establecía como regente de su hija la reina Isabel II. Los grupos absolutistas no reconocieron a Isabel y se sublevaron contra el gobierno de María Cristina, proclamando rey a Carlos María Isidro (como Carlos V), iniciándose la Primera Guerra Carlista.


5.3.4. La Emancipación de la América Española. Causas y etapas


Se podrían establecer tres tipos de causas de la emancipación de la América española: 1) Causas Ideológicas(difusión de las ideas liberales). 2) Causas sociales (los criollos se sentían discriminados frente a los peninsulares). 3) Causas económicas. Gran Bretaña, décadas antes de la independencia, era la auténtica metrópoli económica de la América hispana a través del contrabando. Debido a la invasión napoleónica, tanto en la Península como en las colonias se crearon juntas que no reconocen como rey a José Bonaparte. En principio no se plantea la independencia. Pero a partir de 1810, cuando la Junta Suprema Central es sustituida por un Consejo de Regencia en España, se dan declaraciones de independencia en ciertos cabildos americanos (Caracas, Buenos Aires, Bogotá). En 1814, con la vuelta de Fernando VII, expediciones militares españolas mandadas desde los virreinatos de Nueva España y Perú, que se habían mantenido fieles, recuperaron casi todas las zonas independentistas. Sólo Buenos Aires se mantuvo independiente. Desde 1817, los independentistas de Río de la Plata mandarán expediciones para liberar las zonas ocupadas por España. En Nueva Granada (Colombia), se constituye un nuevo foco independentista. Los líderes más importantes de la Independencia fueron Simón Bolívar (Nueva Granada) y José de San Martín (Río de la Plata). Los ejércitos organizados desde Nueva Granada y Río de la Plata ocuparon zonas del virreinato del Perú. Desde España se intenta mandar tropas en 1820, pero éstas se pronuncian en la Península a favor de la Constitución de 1812, inaugurando el Trienio Liberal. Esto provocó que sectores realistas, fieles a Fernando VII, rompieran con las nuevas autoridades liberales españolas. Como ocurríó en México, donde sus élites sociales, criollas y peninsulares, no eran independentistas, pero ante la nueva situación política liberal española decidieron proclamar la independencia. La última zona bajo control de los españoles fue Bolivia, y se perderá definitivamente en 1825 tras la batalla de Ayacucho (1824). El gran Imperio español desaparecíó y se redujo a Cuba, Puerto Rico y Filipinas.


6.1.3. El reinado efectivo de Isabel II (1843-1868)


A-Los elementos constitutivos del sistema político durante la época de Isabel II



-La Corona disfrutaba de amplios poderes. Sobre Isabel II influían las camarillas de palacio.

-Los partidos políticos

El partido moderado, apoyado por las clases altas (terratenientes, alta nobleza y alta burguésía), defendía la propiedad y el orden social, la soberanía compartida (Cortes y Corona), un sufragio muy censitario, la limitación de derechos y la influencia de la Iglesia. El partido progresista, formado por la mediana burguésía y sectores de la burguésía industrial, defendía la plena soberanía nacional, el predominio de las Cortes, limitando los poderes de la Corona, ayuntamientos elegidos, la ampliación de derechos, el sufragio censatario, pero aumentando el cuerpo electoral y la Milicia Nacional. La Uníón Liberal (1858) fue una escisión de los moderados, que atrajo a los progresistas más conservadores. El Partido Demócrata (1849), separado del progresismo, defendía el sufragio universal y la ampliación de las libertades.

-El ejército

Por la Guerra de la Independencia existía una oficialidad proveniente de sectores medios, proclives al liberalismo. Las guerras carlistas lo convirtieron en garantía del trono de Isabel II. Durante su reinado, la intervención militar, mediante pronunciamientos, fue constante. Los jefes de los partidos eran altos cargos militares. Pero no era un sistema político militar, el ejército era el ejecutor de una conspiración civil. Prueba de la debilidad del sistema de partidos. 

B-Los moderados en el poder. La Constitución de 1845. La Década Moderada (1844-1854)

Tras la proclamación de Isabel II, los moderados se hicieron con el poder. Al frente del gobierno se sitúo el general Narváez. El régimen se asentó sobre el predominio de la burguésía terrateniente, nacida de la fusión de los antiguos señores y de los grandes propietarios rurales surgidos de la desamortización. Se consolidó un nuevo orden social (liberalismo doctrinario), que protegiese las conquistas de la revolución liberal contra el carlismo y, al mismo tiempo, contra el peligro revolucionario de las clases populares, limitando las libertades en defensa del orden y la propiedad. La Constitución de 1845 recoge las ideas del moderantismo: soberanía compartida (Rey y Cortes); se amplían los poderes de la Corona (poder ejecutivo): nombra a los ministros, disuelve las Cortes, derecho de veto absoluto sobre las leyes. Disminuyen las atribuciones de las Cortes bicamerales (legislativo). La Cámara baja era elegida por un sufragio muy censitario y el Senado era nombrado por la reina. Se mantienen los derechos de la Constitución de 1837, pero leyes posteriores los restringieron. Se establece la confesionalidad católica y se suspende la Milicia Nacional. El liberalismo moderado construyó la estructura de Estado liberal, bajo los principios de centralismo y de la uniformidad. Las principales reformas fueron:1)se firmó un Concordato con la Santa Sede, para mejorar las relaciones con la Iglesia, perjudicada por la desamortización y abolición del diezmo,


2) la reforma fiscal de Mon y Santillán establecíó la contribución directa, pero seguían primando los impuestos indirectos (los consumos); 3) la aprobación del Código Penal; 4) se reorganizó la Administración (Ley de Funcionarios de Bravo Murillo); 5) en la Administración provincial y local, se reforzó la estructura centralista del Estado basada en los Gobiernos Civiles y Militares y en los alcaldes nombrados por el Estado, sólo País Vasco y Navarra conservaron sus fueros; 6) La Ley Moyano de Instrucción Pública (aprobada en 1857), colocó la enseñanza local y provincial bajo el control de los alcaldes y gobernadores dependiendo del Ministerio de Fomento; 6) se creó la Guardia Civil (1844) para mantener el orden social, sobre todo, en el campo.

C-El Bienio Progresista (1854-1856)

En los años finales de la Década Moderada, los gobiernos moderados (con un partido muy dividido), se caracterizaron por su corrupción y su escaso respeto al orden constitucional. En 1854, se produjo el pronunciamiento en Vicálvaro del general O´Donnell (futuro líder de la Uníón Liberal), militar moderado, crítico con la acción de gobierno. Un sector de los moderados (los puritanos) y los progresistas elaboraron el Manifiesto de Manzanares (redactado por Cánovas), demandando el cumplimiento de la Constitución y la reforma de la Ley Electoral. En apoyo de estas demandas, se produjeron levantamientos populares. Isabel II llamó a formar gobierno al progresista general Espartero y nombró a O´Donnell ministro de la guerra.Los partidarios de la coalición de gobierno (puritanos y progresistas), en las elecciones a Cortes Constituyentes, consiguieron una amplia mayoría. La Constitución de 1837, en sentido estricto y formal, no se volvíó a poner en vigor, pero, en la práctica, fue el referente constitucional durante este periodo, en espera de la entrada en vigor de la Constitución de 1856 (la “Non Nata”) que fue elaborada por las Cortes, pero nunca entró en vigor. Se emprendíó reformas económicas (ley desamortizadora de Madoz (1855); Ley de Ferrocarriles que reguló la construcción de la red ferroviaria). Pero las medidas del Bienio no mejoraron las condiciones de vida de las clases populares, lo que generó un clima de grave conflictividad social. En 1856, se produjeron motines populares. La situación provocó una crisis en el gobierno: Espartero dimitíó y la Reina confió el gobierno a O´DonnelI, que reprimíó duramente las protestas.

D-La crisis del moderantismo (1856-1868)

O´Donnell restauró el régimen moderado, restableciendo plenamente la Constitución de 1845. En Octubre de 1856, el partido moderado volvíó al poder (gobierno Narváez). De 1858 a 1863, gobernó la Uníón Liberal, fundada en 1858,con O´Donnell como jefe de gobierno. Una etapa de estabilidad política y de intervenciones militares exteriores buscando prestigio  Entre 1863 y 1868, el gobierno estuvo, la mayor parte de las veces, en manos de los moderados. Se gobernó de forma autoritaria, al margen de las Cortes, ejerciendo una fuerte represión, en un contexto de crisis económica. El sistema isabelino entró en una profunda crisis que culminó con la Revolución de 1868 y el fin del sistema.

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