Tradiciones que trajeron los españoles a América

TARTESSOS


: El reino de Tartesos o Tartessos es el primer estado de la Península Ibérica y fue una civilización surgida durante la primera Edad del Hierro o periodo protohistórico (1200-500 a.C.) en el sur de la península ibérica, posiblemente como fruto del contacto entre indígenas y fenicios. El centro del mundo tartésico se encontraba en torno a la desembocadura del río Guadalquivir, aunque su expansión llegó hasta el río Guadiana (Badajoz). Textos clásicos griegos se refieren a un país rico y próspero situado más allá de las “columnas de Hércules’’, denominado Tartessos, gobernado por el rey Argantonio. La arqueología nos muestra que este legendario reino parece corresponder con una cultura indígena importante localizada en el sudoeste peninsular) anterior a la llegada de los fenicios que adquiere su mayor desarrollo al entrar en contacto con los colonizadores mediterráneos. Su forma política era la monarquía con una sociedad muy jerarquizada, una economía basada en la agroganadería, la extracción y explotación de minerales (cobre, plata, oro…) y contactos comerciales con fenicios, griegos y pueblos de la Meseta. Sus ritos, objetos y tecnología denotan clara influencia oriental, utilizan el torno para fabricar cerámica, conocen el estaño (traído de las islas Casitérides), el hierro y la púrpura, mejoran la construcción de viviendas y adoptan creencias y prácticas funerarias orientales. Entre los objetos pertenecientes a esta cultura destacan los de una orfebrería muy fina presente en los “tesoros” del Carambolo (Sevilla) y Aliseda (Cáceres). A partir del S. VI comienza su decadencia cayendo bajo el dominio cartaginés. Se considera a los Turdetanos como los continuadores directos de la cultura Tartésica.

ROMANIZACIÓN:

Se conoce por romanización (218 A. De-476 d. De C.) al proceso de integración y aculturación de los pueblos prerromanos en los modelos económicos, sociales, político-administrativos, culturales y religiosos de Roma. Se trata, pues, de la asimilación, voluntaria o forzada, de la cultura y forma de vida romanas (incorporaron la lengua latina, el Derecho, la organización socioeconómica, la organización administrativa, las creencias y las costumbres de la civilización romana) por parte de los pueblos prerromanos peninsulares. El proceso de romanización de Hispania tuvo dos fases: la conquista militar y la integración de los pueblos hispanos en el Imperio romano. Se llevó fundamentalmente a cabo a través de los siguientes elementos:
La conquista militar. El comienzo de la conquista fue consecuencia de la Segunda Guerra Púnica (S. III a.C.) y afectó principalmente al área mediterránea de la Península incluyó dos largas y crueles guerras: las guerras lusitanas y las guerras celtibéricas, con el largo sitio a la ciudad arévaca de Numancia, que sería destruida –
La organización administrativa y del territorio se realizó según el modelo romano. Los romanos dividieron la península en provincias dirigidas por un procónsul o propretor. Las provincias se dividían en conventos jurídicos para la administración de justicia y la recaudación de impuestos –

Ciudades:

La civilización romana fue esencialmente urbana. Hispania vio crecer el número y el tamaño de sus ciudades. Emérita Augusta, Caésar Augusta (Zaragoza), Híspalis (Sevilla), etc. Muchas de ellas fueron de nueva creación y otras como León nacen a partir de campamentos militares. Las ciudades romanas eran centros económicos y políticos que organizaban, además, su entorno rural. Muchas de ellas tuvieron un gran desarrollo monumental, con acueductos, teatros, anfiteatros, circos, foros, termas, templos, etc. Eran empleadas como elemento romanizador al coincidir romanos y prerromanos, a la par que servían de elemento propagandístico. Los romanos crearon una excelente red viaria basada en las calzadas. Su finalidad era organizar el territorio, asegurar su control militar y administrativo, y unir las distintas ciudades – EI papel del ejército. El ejército fue uno de los más importantes vehículos de difusión de la civilización romana, ya que incluyeron en sus ejércitos a peninsulares lo que aumenta el sentimiento de pertenencia a Roma y les permite participar en las conquistas romanas. La concesión de la ciudadanía romana a los indígenas. 


Lengua: El latín se impuso como lengua oficial. Fue fundamental para la difusión de la cultura, creencias, el comercio, etc. Su imposición supuso la desaparición de las lenguas autóctonas a excepción del euskera, pero a futuro supuso la aparición de las lenguas romances –

Ley:

La aplicación del Derecho Romano para regular tanto las relaciones privadas como las instituciones públicas y su funcionamiento. Todos los habitantes de Hispania se regían por las mismas leyes, lo que favorece que todos se sintieran del mismo pueblo. Sigue siendo la base del derecho actual –
Llegada de ciudadanos romanos a la Península que aportan modas, forma de vestir, tecnología, costumbres, etc. Ayudando así a la implantación del marco cultural romano –
La difusión de la organización social romana: Implantación de una sociedad jerarquizada y esclavista dividida en patricios, plebeyos y esclavos –

Economía:

el dominio romano supuso la ruptura de la economía de subsistencia indígena. Roma explotó las riquezas minerales de Hispania, y desarrolló en ella una agricultura de alta producción (se mejoraron las técnicas de cultivo), orientada al comercio, y organizada en latifundios o grandes propiedades, en los que se cultivaba trigo, olivos, viñas. Por todo ello, Hispania terminó por ser una de las provincias más romanizadas del Imperio.

Felipe.EX:

Control sobre Francia, tras la victoria española en San Quintín (1557), se firma la Paz de Cateau-Cambresis 1559, cuyos acuerdos permanecerán vigentes durante un siglo. Esta victoria, junto con el matrimonio con Isabel de Valois, convierte a Felipe II en el árbitro de la política francesa lo que se demuestra cuando logra forzar al monarca francés, Enrique de Borbón, a convertirse al catolicismo (Tratado de Vervins

) –


Choquecontra el Imperio turco-otomano en el Mediterráneo: El poderío de los turcos era cada vez mayor y volvieron a la acción en el Mediterráneo conquistando Túnez y Chipre y atacando Malta. Esta amenaza provocó la reacción cristiana con la formación de la Liga Santa entre Venecia, el papado y Felipe II. Esta alianza tuvo un éxito con la victoria aplastante sobre los musulmanes en Lepanto (1571) aunque no supuso el fin de la piratería


La cuestiónde los Países Bajos: Los Países Bajos no aceptaban el dominio de un rey extranjero profundamente católico en unos territorios cuya parte norte (Holanda) ha aceptado unánimemente el calvinismo. Fracasada la dura represión (Duque de Alba), los Países Bajos liderados por Guillermo de Orange quedan divididos en dos zonas: Las Provincias Unidas del Norte que abrazan el protestantismo y se independizarán tras 80 años de conflicto y las provincias católicas del sur que se mantuvieron fieles a Felipe. Los costes del conflicto provocaron bancarrotas –
Incorporación de Portugal (1580): Felipe II hereda el reino de Portugal a la muerte del rey portugués enarbolando sus derechos dinásticos (su madre pertenecía a la familia real portuguesa). En 1581 las Cortes de Tomar reconocen soberano a Felipe II –

Enfrentamiento hispano-británico:

Isabel I en su política expansionista por el Atlántico había apoyado a los piratas, y también lo había hecho con los calvinistas en Países Bajos. Para castigarla, en 1588 Felipe II decidíó preparar la invasión de Inglaterra con una Gran Armada (Armada Invencible) pero, finalmente, ésta fracasó estrepitosamente y acabó destrozada por las tormentas. Los ingleses trataron de devolver la jugada con la ContraArmada inglesa que también fracasa. Felipe II mantuvo, con grandes dificultades, la supremacía de España, pero ahora el Imperio pasaba a la defensiva pues los conflictos perduraban. 


DECRETOS: La Guerra de Sucesión española de principios del Siglo XVIII (1700), que enfrenta a Borbones y Austrias por el trono español y que se salda con la victoria de Felipe V de Borbón, también supone dos formas distintas de entender la monarquía: la centralista (Castilla) frente a la pactista (Aragón). Con Felipe V en el trono llegó el absolutismo monárquico francés, en detrimento de la diversidad política austriaca. Ahora la monarquía será origen divino, caracterizada por la concentración de poderes en el rey que los ejerce de manera ilimitada, pero para ello deberá poner fin a las particularidades de cada reino en beneficio de una castellanización de sus instituciones. Se denomina Decretos de Nueva Planta a una serie de normas promulgadas por Felipe V entre 1707 y 1716 triunfador en la Guerra de Sucesión y primer monarca de la dinastía borbónica en España que, en represalia al apoyo prestado al archiduque Carlos de Austria en la Guerra de Sucesión, suprimían los fueros e instituciones particulares de Valencia y Aragón (1707), Mallorca (1715) y el Principado de Cataluña (1716), es decir, de los territorios de la Corona de Aragón. No se aplicaron en Navarra y País Vasco, que conservaron sus fueros por su lealtad durante la guerra. La reorganización político-administrativa del nuevo Estado fue obra de los tres primeros borbones: Felipe V (1700-1724), Fernando VI (1746-1759) y Carlos III (1759- 1788), cada uno de los cuales contribuyó de alguna forma al establecimiento de una monarquía fuerte, centralista y unificada (absolutismo).

Estos decretos, establecían

La abolición de los fueros y las Cortes de cada reino. En lo sucesivo sería Cortesúnicas (salvo Navarra), las Cortes Generales del Reino, en Castilla, sin podervinculante, solo para ratificar decisiones de la monarquía o para jurar al herederode la Corona y a las que acudían representantes de todos los reinos.
Se suprimen las instituciones forales aragonesas como las Diputaciones, el JusticiaMayor, los concejos municipales, su sistema fiscal propio y la moneda. Se castellanizan ambos reinos, los castellanos participan en instituciones aragoneses,y la lengua castellana se usará como lengua jurídica..
Se aplicó el derecho castellano para todos los súbditos, con la consiguiente anulación de usos y costumbres y de derechos particulares..
Muchos de los antiguos Consejos fueron suprimidos, sólo se mantuvieron con las atribuciones muy reducidas, el de Indias y el de Castilla que mantuvo rango de máximo órgano político, con funciones de Consejo de Estado (redactaba las leyes yactuaba como Tribunal Supremo de Justicia).
En sustitución de esos consejos se crean las Secretarías de Despacho. A su frenteestaban los secretarios (el más claro precedente de los modernos ministros), quedespachaban directamente con el rey).Vi. La división territorial se modernizó, se crearon tres entidades: Al frente de cada uno de estos territorios se nombró a uncapitán general, con competencias militares y civiles. Tenían el mandosobre las tropas y actuaban como presidentes de las Audiencias –
En cuanto a las provincias, al frente de las mismas estaban los intendentes, funcionarios encargados de las cuestiones económicas y civiles –
En el ámbito local, en los ayuntamientos aparece la figura de los corregidores, nombrados y controlados por la corona, con funciones de cobro de impuestos en manos de la oligarquía. –
Se reforma el ejército, desaparecen los tercios y se crea un “ejército nacional” permanente. Se implanta el “servicio de armas” (obligación de participar en la formación del ejército) –
Se implanta un nuevo impuesto general para todo el país (excepto el País Vasco y Navarra por su apoyo en la Guerra de Sucesión) –
La nueva monarquía impulsó también desde muy pronto la educación, el establecimiento de instituciones académicas y la creación de reales fábricas.
En suma, con los decretos de Nueva Planta España pasa a ser un Estado unitario, centralista y absolutista, dejando atrás la concepción pactista-federal de los siglos anteriores. Todo el territorio de la monarquía se regiría a partir de ahora por las mismas leyes e instituciones. El rey no tendría sus atribuciones limitadas por los derechos particulares de los territorios, aunque se mantuvieron los fueros y las instituciones de Navarra y el País Vasco. 


COMERCIO América:


Por lo que respecta a América, en el Siglo XVIII con la nueva dinastía, se instauró una explotación económica de tipo colonial; esto es, América se convierte en exportadora de materias primas (y no sólo metales preciosos) como tabaco, cacao, azúcar, etc., e importadora de productos manufacturados peninsulares. Para ello se adoptaron diferentes medidas:
En un primer momento, se imitaron las prácticas de ingleses y holandeses, y se crearon compañías comerciales privilegiadas y monopolísticas a las que se les cedía, a cambio de pagar una cantidad al Estado, el monopolio sobre ciertas rutas, territorios o ciertos productos. Así se fueron organizando varias Compañías Comerciales (Compañía Guipuzcoana de Caracas, C. De la Habana, etc.). El sistema de las Compañías tropezó con la competencia del comercio británico, la piratería y el contrabando –
Más adelante, se adoptaron medidas liberalizadoras. El comercio con América estaba controlado a partir de un solo puerto, Sevilla, y dominaba el sistema de flotas que limitaba el comercio. Felipe V realizó algunas reformas como el traslado de la Casa de la Contratación de Indias de Sevilla a Cádiz (1717), con un puerto de mayor capacidad que el limitado puerto fluvial hispalense. Además, en 1735 se suprimíó el tradicional sistema de flotas y galeones y fue sustituido por el más ágil sistema de registros –
Como estas medidas resultaron insuficientes, para satisfacer la demanda americana se apostó por poner fin al monopolio gaditano con América, autorizándose desde 1765 el comercio con América a varios puertos españoles, liberalización ratificada en 1778 con el Decreto de libre comercio con América –
Sin embargo, la producción manufacturera o industrial española siguió siendo escasa para cubrir la demanda del extenso mercado americano, por los que las manufacturas extranjeras siguieron predominando en las exportaciones a América. Carlos IV promulgó el Decreto de Barcos Neutrales de 1797, por el que se abríó el comercio americano a otros países de Europa.
Las medidas liberalizadoras contribuyeron a la prosperidad de otras zonas peninsulares. Cádiz, continuó siendo el gran puerto español del s. XVIII, albergando una burguésía mercantil rica y cosmopolita. Sus negocios eran esencialmente de reexportación: allí llegaban mercancías de toda Europa que eran embarcadas hacia América.

UTRETCH:

La Guerra de Sucesión española 1702-1714 (principios del Siglo XVIII) (BorbonesAustrias) se saldó con el triunfo de los partidarios de la dinastía borbónica pero también con la pérdida de los territorios europeos que todavía les quedaban a los españoles tras la firma de los Tratados de Utrecht (1713) y Rastatt (1714). Las disposiciones del Tratado de Utrecht (1714) supusieron el reconocimiento de Felipe V como rey de España y de las Indias, aunque a cambio renunciaba a la posible sucesión al trono francés y a todos los territorios que habían conformado el Imperio hispánico en Europa. Estos tratados de paz supusieron el fin de la hegemonía española en Europa con unas pérdidas territoriales enormes, cediendo multitud de territorios, a saber:
A Austria, Imperio austriaco (Milán, Nápoles, Cerdeña y Flandes) –
 A Saboyá, que se convierte en reino, le cede Sicilia (que intercambió con Austria en 1720 por Cerdeña) –
A Gran Bretaña (Gibraltar y Menorca), junto a privilegios comerciales con América, convirtiéndose el Reino Unido en la principal potencia marítima del mundo. A esto último contribuyeron las cláusulas económicas del tratado, en las que se establecen las concesiones comerciales realizadas por España en América: el “navío de permiso” y el “asiento de negros”. Por el primero, Gran Bretaña era autorizada a enviar un barco anual, con un flete de 500 toneladas, para comerciar con las colonias españolas en América; por el segundo, España entregaba a Gran Bretaña el monopolio del comercio de esclavos negros. Gran Bretaña también obtuvo importantes ganancias territoriales en Canadá a costa de Francia –
Independencia de los Países Bajos españoles (Flandes, el resto se habían independizado en 1648). . A su vez, Holanda obtiene el derecho de barrera, consistente en mantener tropas en plazas fronterizas con Fr

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