Insurrección de los españoles contra el Imperio napoleónico

LAS CORTES DE CÁDIZ. LA CONSTITUCIÓN DE 1812

INTRODUCCIÓN

Finales del XVIII y principios del XIX es una de las etapas más difíciles de España, que estará afectada por guerras contra: revolucionarios franceses, ingleses y portugueses; los ejércitos de Napoleón en la Guerra de la Independencia (1808-1814); y contra los independentistas hispanoamericanos.

En la Guerra de la Independencia, las Cortes de Cádiz (1810-1814) redactaron y aprobaron la primera Constitución, la de 1812.

DESARROLLO

La ejecución de Luis XVI (Enero de 1793) rompíó la alianza con Francia y llevó a España a participar en la Guerra de la Convencíón (1793-1795). Por la rápida derrota, se firma la Paz de Basilea (1795) por la que España pierde la isla de Sto. Domingo y Godoy (el hombre de confianza de los reyes, sobretodo de la reina María Luisa) recibe el título de Príncipe de la Paz. En 1796 se firma el Tratado de San Ildefonso y se vuelve a la alianza con Francia y contra Inglaterra. Las consecuencias fueron la victoria sobre Portugal (aliada de Inglaterra) en la guerra de las Naranjas (1801), y la catástrofe naval de la armada Franco-española contra Inglaterra en Trafalgar (1805). En 1806 Napoleón decretó el bloqueo continental contra Inglaterra como Portugal que no acepta, lo sirve como pretexto para invadirlo.

En 1807 Godoy firma el Tratado de Fontainebleau, por el que España autoriza la entrada de los franceses para invadir Portugal, pronto se ve la intención francesa de invadir España. La oposición a Godoy, representada por el príncipe Fernando e integrada por importantes figuras de la nobleza y el clero dieron lugar al Motín de Aranjuez (entre el 17 y el 19 de Marzo 1808), que supuso la abdicación de Carlos IV en su hijo y la caída de Godoy. Napoleón aprovechó la situación y consiguió que ambos reyes abdicaran es él (Abdicaciones de Bayona, 5 de Mayo de 1808) y convocó unas Cortes en Bayona para aprobar el Estatuto de Bayona que abolía privilegios, reconocía las igualdades ante la ley, los impuestos y el acceso a los cargos públicos y José I (hermano de Napoleón) fue reconocido como rey.

El 2 de Mayo se inicia una insurrección en Madrid reprimida por las tropas del general francés Murat y los levantamientos antifranceses se extienden.

Así se inicia la Guerra de la Independencia, que es el fin del Antiguo Régimen y el inicio de la revolución burguesa en España. Las abdicaciones de Bayona y la insurrección contra José I significan un “vacío de poder” que trae la quiebra de la monarquía absoluta. Para hacer frente a Francia crean las juntas provinciales, que asumen la soberanía. En Septiembre de 1080 se coordinan y crean la Junta Suprema Central, que coordina la lucha y dirige el país en nombre del rey. Florida blanca y Jovellanos son algunos miembros.

En cuanto a las fases del conflicto, las tropas españolas consiguieron triunfos en 1808 (Bruc y Bailén). Se enfrentaron la guerrilla española ayudada del ejército británico contra el ejército francés apoyados por los afrancesados. Con el inicio de la campaña napoleónica para invadir Rusia la guerra cambió de sentido. Durante 1812 y 1813 los hispano-ingleses cosecharon victorias (Arapilez y San Marcial). Tras la catástrofe en Rusia (1813), Napoleón devuelve la corona a Fernando VII con el tratado de Valençay (Diciembre 1813).

El avance francés obligo a la Junta Suprema Central a trasladarse a Cádiz y crear ahí las Cortes de Cádiz, por ser una ciudad de fácil defensa y sin ocupación francesa. Los desastrosos reinado de Carló IV y gobierno de Godoy justificaban la necesidad de introducir reformas y suprimir abusos manteniendo la autoridad del rey. El proceso de convocación de las Cortes lo inició la Junta Suprema Central y a mediados de 1810 pasa el poder a un consejo de regencia encargado de convocar elecciones en Junio de 1810.

Se constituyó una Cámara que contaba con la representación de los territorios americanos, como diputado predominaban clases medias con formación intelectual y no había representación de las masas populares ni de las mujeres. El numero fue aumentando hasta llegar a los 300 y los que pudieron asistieron a la Solemne Apertura de las Cortes el 24 de Septiembre de 1810.

Había dos tendencias, los liberales, partidarios de reformas revolucionarias, y los absolutistas, que defendían el Antiguo Régimen y la monarquía absoluta.

Entre las principales reformas están: la abolición de los señoríos jurisdiccionales; la eliminación de los mayorazgos, ahora susceptibles de incorporarse al mercado; la abolición de los gremios, daba libertad de producción, venta y contratación; la desamortización de propios y baldíos, para disminuir la deuda pública; y la derogación de los privilegios de la Mesta, autorizando a cercar las tierras. La inquisición fue abolida por reprimir el pensamiento y el desarrollo de la ciencia y se aprobó la libertad de imprenta en 1810. También hubo una nueva división territorial para conseguir la unidad y la centralización política y administrativa.

La constitución del 19 de Marzo de 1812 (“La Pepa”) fue la primera constitución liberal del país y uno de los grandes textos liberales de la historia. Las figuras más destacadas para su elaboración son Diego Muñoz Torrero y Pérez De Castro. Es de gran extensión, con 10 títulos y 384 artículos.

El art. 3 afirma la soberanía nacional, como forma de gobierno se establece la monarquía constitucional donde el monarca queda limitado por la constitución.

En los artículos 15,16 y 17 se establece la libertad de poderes. El poder legislativo reside en las “Cortes del Rey” aunque el rey tiene poder como el de promulgar y vetar las leyes. El poder ejecutivo reside en el Rey, pero con limitaciones: deben ser firmadas por el ministro correspondiente, no puede disolver las Cortes y tiene veto suspensivo transitorio durante dos años. El poder judicial es competencia de los tribunales y se establecen los principios básicos de un Estado de Derecho.

El art. 12 establece en cuanto a la religión que, el catolicismo es la única confesión religiosa permitida.

El art. 27 establece que las Cortes contienen la representación nacional, que son unicamerales y están elegidas por los ciudadanos mediante un sufragio universal de los varones mayores de edad que tributen una determinada cantidad.

La constitución establecíó un ejército permanente y la Milicia Nacional con doble objetivo: reforzar al ejército y servir de cuerpo de defensa del Estado liberal. También contiene una amplia serie de declaración de derechos del ciudadano como la igualdad de los españoles ante la ley entre otras. Dicha constitución apenas pudo aplicarse por la guerra de la independencia y la vuelta de Fernando VII que la anuló junto con la obra de las Cortes de Cádiz en 1814. Supone un influjo en América del Sur, Italia y Portugal.

CONCLUSIÓN

La obra de las Cortes de Cádiz es el arranque del estado liberal en España que se consolida durante el S.XIX. Significó la aparición de liberales y absolutistas que se enfrentan durante los reinados de Fernando VII e Isabel II.

La Constitución de 1812 es un ejemplo de constitución liberal (inspirada en la francesa de 1791) y es fundamental en España. Permanece en recuerdo de los españoles, pero fueron otros textos inspirados en ella los que hicieron avanzar la sociedad.

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