Insurrección de los españoles contra el Imperio napoleónico

PROBLEMA POLÍTICO-IDEOLÓGICO: en torno a Carlos se habían agrupado los absolutistas más radicales, preocupados por la moderación de Fernando VII en los últimos años de su reinado y que la regente María Cristina había continuado. Bajo el lema de «Dios, Patria, Rey y Fueros» defendían:

  • La monarquía absoluta de origen divino.

  • Posiciones ultracatólicas: los carlistas defendían la preeminencia de la Iglesia católica y la vuelta de la Inquisición. 

  • Defensa de la foralidad: los fueros eran leyes propias que poseían algunos territorios (Navarra y el País Vasco) y que el afán uniformizador de los liberales ponían en peligro. Los territorios forales se veían beneficiados por tener su propio gobierno, jueces, su propio sistema fiscal con menos impuestos y por no estar sometidos a quintas.

  • Rechazo frontal al liberalismo económico: rechazo a la libertad de comercio e industria y a la propiedad privada libre y moderna, así como a las desamortizaciones.

2 La Guerra de los Matiners (madrugadores, en catalán), Segunda Guerra Carlista o Campaña Montemolinista fue un conflicto bélico que tuvo lugar fundamentalmente en Cataluña entre Septiembre de 1846 y Mayo de 1849, debido al fracaso de los intentos de casar a Isabel II con el pretendiente carlista, Carlos Luis de Borbón (Carlos VI en la nomenclatura carlista, hijo de Carlos María Isidro), que había sido pretendido por distintos sectores moderados y del carlismo. Sin embargo, Isabel II terminó casándose con su primo Francisco de Asís de Borbón.

El conflicto, cuestionado por muchos historiadores como tal guerra, fue fundamentalmente un levantamiento popular en distintos puntos de Cataluña. Las partidas de Matiners combatieron conjuntamente con partidas de ideología republicana, en lo que vino en llamarse coalición carló
Progresista. A lo largo de la guerra se distribuyeron 42.000 soldados en Cataluña para combatir a la guerrilla carlista, derrotada totalmente en 1849.

3 Aprovechando la enorme conflictividad de la España del Sexenio y la debilidad de la nueva monarquía de Amadeo de Saboyá, se produce una nueva rebelión militar carlista en 1872, dando comienzo a la III Guerra Carlista, que se prolongaría hasta 1876. El movimiento se extendíó por amplias zonas rurales del norte de España (especialmente por el País Vasco, Navarra, Aragón y Cataluña) y se llegó a crear un gobierno paralelo (el pretendiente, Carlos VII, instala en Estella su corte)
.

El movimiento no logró enraizar en otras zonas del país y tras el fin del Sexenio fue sofocado, teniendo como principal consecuencia la pérdida de los fueros vasco
Navarros. En 1876, se logró definitivamente la pacificación del país cuando se sofocaron los últimos focos de resistencia carlista en el País Vasco. Desde entonces, el carlismo perderá buena parte de su fuerza y se dividirá en dos grupos: por un lado, los más integristas y radicales, conocidos como neocatólicos y seguidores de Cándido Nocedal; por otro, los partidarios de integrarse en el sistema de la Restauración, conocidos como tradicionalistas.


Debemos considerar el doble carácter del conflicto: se trató a la vez de una guerra de liberación y de una Guerra Civil que contó con los siguientes bandos contendientes:

Bando Napoleónico: Tropas y autoridades francesas y españoles partidarios del reformismo napoleónico (afrancesados).       

Bando Español: Partidarios de la vuelta de Fernando VII y del fin de la ocupación francesa. Sus carácterísticas son las siguientes:

  • No era un bando homogéneo desde el punto de vista ideológico (estaba integrado por liberales y absolutistas).

  • Las tropas de este bando tenían un marcado carácter popular (guerrillas).

  • Contó con la participación de los ejércitos inglés y portugués (al frente de los cuales estaba el británico duque de Wellington).

Los territorios ocupados por los sublevados antifranceses sustituyeron a las antiguas autoridades e instituciones por nuevos órganos de poder: juntas locales, juntas supremas provinciales y la Junta Suprema Central. Se trata de nuevos organismos de gobierno que asumen el poder político y que dirigen la guerra contra los franceses. En 1810, la Junta Suprema Central trasladó sus poderes a un Consejo de Regencia que se establecíó en Cádiz


2. DIVISIÓN DE PODERES (aunque el Rey conserva importantes atribuciones). Los tres poderes del Estado se separan y controlan mutuamente para evitar abusos de poder:

  • PODER LEGISLATIVO: en manos de unas CORTES UNICAMERALES. El Rey conserva, sin embargo, importantes atribuciones legislativas: posee iniciativa de proponer leyes a las Cortes y un veto legislativo suspensivo transitorio durante dos años; después quedaría obligado a aceptar la Ley aprobada en Cortes.

  • PODER EJECUTIVO: en manos del REY, pero con importantes limitaciones, para impedir el retorno al absolutismo:

Nombra a los ministros, pero éstos deben ser refrendados (aceptados) por las Cortes (“principio de doble confianza”).

Sus órdenes deben ir validadas por la firma del Ministro correspondiente, quien sería responsable de su gestión ante la cámara legislativa.

No puede disolver las Cortes.

  • PODER JUDICIAL: queda depositado en los TRIBUNALES DE JUSTICIA, de tal forma que el Rey y los señores feudales pierden la potestad de administrar justicia como sucediera en el Antiguo Régimen.

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